Uruguay/ Cárcel SA: la economía política del delito y la industrial del control penal [Daniel R Zubillaga Puchot]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Jue Nov 2 15:18:14 UYT 2017


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Correspondencia de Prensa

2 de noviembre 2017

Boletín Informativo

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Uruguay

Cárcel SA 

Sobre la privatización carcelaria en Uruguay, en vísperas de la inauguración
del proyecto de participación público-privada Unidad de Personas Privadas de
Libertad Nº 1 Punta de Rieles. (1)

Daniel R Zubillaga Puchot *

La Diaria, 2-10-2017

https://ladiaria.com.uy/

Entre 1860 y 1862, Karl Marx escribió un breve –pero contundente– artículo
que hoy, a tantos años de su publicación, nos deja perplejos por su vigencia
y precisión. En Concepción apologética de la productividad de todas las
profesiones, publicado póstumamente en Teorías de la plusvalía (hoy editado
como Elogio del crimen), Marx expuso una de las primeras reflexiones sobre
la economía política del delito y la industria del control penal: “El
delincuente no produce solamente delitos: produce, además, el derecho penal
y, con ello, al mismo tiempo, al profesor encargado de sustentar cursos
sobre esta materia y, además, el inevitable compendio en que este mismo
profesor lanza al mercado sus lecciones como una ‘mercancía’ [...] El
delincuente produce, asimismo, toda la policía y la administración de
justicia penal: esbirros, jueces, verdugos, jurados, etcétera [...]”. (2)

En la actualidad –y luego de grandes estudios sobre la relación teleológica
entre sistema penal y modo de producción capitalista, como La industria del
control del delito, de Nils Christe, o Cárcel y fábrica, de Pavarini y
Melossi– es un hecho notorio que el delito, la (in)seguridad y la privación
de libertad se han transformado en importantes fuentes de empleo y lucro
económico. A título de ejemplo, en Estados Unidos, el país con la mayor tasa
de prisionización del planeta (25% de la población carcelaria mundial), hay
2.300.000 personas efectivamente privadas de su libertad, a las que se suman
2.000.000 de personas sometidas a regímenes de libertad vigilada (parole y
probation). Por otro lado, según datos expuestos por el juez argentino
Eugenio Zaffaroni, el sistema penitenciario estadounidense emplea a más de
diez millones de personas. Contrapuestas ambas cifras, la conclusión es
obvia: el sistema penal emplea a más gente que la que encierra.

Gran parte de las cárceles estadounidenses son gestionadas por empresas
privadas. Algunas de ellas, como Corrections Corporation of America (CCA) y
The GEO Group, Inc., generan ganancias por tres billones de dólares anuales,
según datos del 2014 de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles
(ACLU, por su sigla en inglés). Estas corporaciones –naturalmente–
demuestran una férrea oposición a cualquier propuesta descriminalizadora
(particularmente, a aquellas que pretenden una reducción en la intervención
punitiva en materia de drogas e inmigración), en su afán de garantizar un
flujo constante y creciente de su principal mercancía: los presos.

Pero la privatización del sistema carcelario en Estados Unidos es un
fenómeno de reciente acontecimiento. En la década de 1980, el gobierno
federal y varios estados resolvieron que las cárceles privadas eran la
solución al grave problema del hacinamiento y la superpoblación. El efecto
fue radicalmente el opuesto: entre 1990 y 2009, la cantidad de presos
aumentó 1.600%, haciendo de la cárcel privada una de las principales causas
del mass incarceration.

Actualmente, el sistema penitenciario uruguayo se expone a una situación
análoga. A la fecha, nuestras cárceles albergan a casi 12.000 personas, y la
población carcelaria aumenta a un ritmo de 700 reclusos por año, lo que
ubica a Uruguay en el trigésimo puesto de los países con más presos del
mundo. (3) A esto se suma el gran número de personas privadas de libertad de
forma preventiva (presos sin condena), que asciende a 80% según los datos
manejados por la Fiscalía General de la Nación, y las deplorables e indignas
condiciones de reclusión a las que se somete a los internos. (4)

Para paliar esta realidad, el gobierno decidió inaugurar la modalidad de
Participación Público-Privada (Ley 18.786) con el objetivo de emprender la
realización de un megacomplejo carcelario lindero a la actual Unidad Nº 6,
en Punta de Rieles, apto para encerrar a casi 2.000 personas, y cuya
construcción culminará en diciembre de este año. Con tal fin, el Estado se
asoció a las empresas Teyma-Abengoa, Inabensa-Abengoa y Goddard Cattering,
que se mancomunaron bajo el Consorcio Unidad Punta de Rieles SA. Las dos
primeras forman parte de un mismo grupo económico multinacional de origen
español, especializado en infraestructura (Abengoa), que temblequea
económicamente en el mundo: en 2016, solicitó un preconcurso en España por
deudas equivalentes a 8.900 millones de euros, en Brasil alcanzó un pasivo
de 700 millones de euros, y se encuentra, desde 2016, en un plan de
desinversión global. La crisis económica de Abengoa llevó a que en diciembre
de 2015 se tuviera que realizar una conferencia de prensa en la que
Presidencia de la República ratificó su “plena y absoluta confianza” en
Teyma-Uruguay, la principal contratista del Estado uruguayo.

En resumen, estas empresas serán las encargadas de gestionar la
infraestructura, equipos y sistemas de seguridad, alimentación, lavandería,
limpieza y control de plagas durante 27 años y medio; mientras que el Estado
uruguayo se encargará de la seguridad y de la (ilusoria) política de
rehabilitación que, como es archisabido, encierra una gran contradicción,
pues es imposible preparar para la libertad encerrando a una persona.

Para su construcción, el gran complejo carcelario requirió recursos
financieros frescos, por lo que el Banco Central del Uruguay autorizó al
consorcio a emitir obligaciones negociables en la Bolsa de Valores de
Montevideo por un mínimo de 90 millones de dólares, a una tasa de interés de
5,85% anual nominal, mediante la modalidad de financiamiento project-bond.
Las obligaciones fueron adquiridas, mayoritariamente, por República AFAP,
una administradora de fondos de ahorro previsional cuyos principales
accionistas son el Banco República, el Banco de Seguros del Estado y el
Banco de Previsión Social; o sea, el Estado uruguayo.

En este proyecto también están involucrados dos de los grandes e históricos
estudios jurídicos corporativos del país: por un lado, Guyer & Regules, que
revista como asesor legal del consorcio; mientras que Jiménez de Aréchaga,
Viana & Brause oficia de administrador del fideicomiso que garantiza el pago
de la emisión.

El negocio, en términos generales, es el siguiente: el Estado uruguayo
remunerará al consorcio abonando una cifra aproximada de 700 pesos al día
por recluso y, en caso de aumento de población carcelaria en 120% (se está
admitiendo desde un principio la posibilidad de que se supere la capacidad
de alojamiento), se incrementará el pago, ya que el Estado estaría
cumpliendo con una de las funciones que tiene asignada, la rehabilitación.

Lo interesante es que la construcción de más cárceles como política pública
sólo tiende a la intensificación de la crisis del sistema penitenciario,
fogoneando el hacinamiento y la indignidad de las condiciones de encierro.
Para el abolicionista noruego Thomas Mathiesen una vez que se construye un
presidio, este permanece, o sea, son “construcciones irreversibles” y
tienden a la masificación: “Una vez construida una nueva prisión, será
llenada hasta los topes”. (5)

De este contexto surgen con claridad los lineamientos generales de la actual
política penitenciaria nacional: ante el exponencial crecimiento de la
población carcelaria, la respuesta es “construir más cárceles”; para esto,
es esencial contar con la cooperación de un agente privado técnicamente
capaz para emprender tal empresa. Más que nunca, se consolidan el encierro
masivo y el proceso de transformación del preso en una mercancía; incluso,
en un producto financiero sujeto a la especulación de los mercados de
valores. Y, por qué no, se origina un nuevo lobby empresarial opositor a
cualquier propuesta descriminalizadora, en defensa de su interés lucrativo.

Esta solución final, sin lugar a dudas, incardina el vector de la política
penitenciaria nacional en la privatización de la privación de libertad. Las
pornográficas cifras en millones de dólares; la financiarización del sistema
penitenciario; la participación de grandes estudios jurídicos corporativos;
la poca certeza que inspira la situación económico-financiera de las
empresas que se encargarán de los aspectos primordiales de la administración
de la cárcel durante 27 años y medio; el simbólico e ilusorio rol del Estado
en la gestión de la privación de libertad, y las graves consecuencias
vaticinadas por este modelo penitenciario en la agudización de la crisis
carcelaria, son algunos de los tantos elementos probatorios que permiten
afirmar que el fenómeno de la privatización carcelaria en Uruguay –aludiendo
al giro de Marx– nos está gritando en la cara (ins Gesicht schreien). 

* Abogado, integrante del Colectivo de Pensamiento Penal y Criminológico.

Notas de Correspondencia de Prensa

1) Durante la dictadura militar (1973-1985) el penal de Punta Rieles,
ubicado en un barrio popular de Montevideo, albergó a cientos de mujeres
presas políticas. En la memoria colectiva, todavía representa un símbolo
macabro del terrorismo de Estado. 

2) Karl Marx, Elogio del crimen (Ediciones sequitur, Madrid, 2010).

3) Según el Ministerio del Interior (comandado por el tupamaro Eduardo
Bonomi y Jorge Vázquez, hermano del presidente de República), el 62% de los
presos y las presas, tiene menos de 29 años. 

4) En abril de 2011 (gobierno de José Mujica), el relator especial de
Naciones Unidas para la tortura Manfred Nowak calificó las cárceles
uruguayas “como las peores del mundo”. Poco después, un informe de la
Comisión Interamericana Derechos Humanos, denunció las condiciones inhumanas
de las prisiones al decir que se trataban de “verdaderos campos de
concentración”. Recientemente, Al Hussein, delegado del Alto Comisionado de
Naciones Unidas para los derechos humanos, luego de inspeccionar los centros
de detención de menores, los comparó con las cárceles en Libia, país que
acababa de visitar. La vicepresidenta de la República, Lucía Topolansky
(tupamara, esposa de José Mujica), le reconoció al funcionario de la ONU que
la situación de los presos “es delicada”. Debe agregarse que a partir de la
vigencia del nuevo Código Penal (aprobado en el Parlamento con los votos del
Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado y Partido Independiente),
fue eliminada la medida de excarcelación condicional para los adultos
“privados de libertad”, y que los menores y adolescentes que “cometan
delitos” serán sometidos a juicio como los mayores. De hecho, esto significa
un desconocimiento del Plebiscito realizado el 26 de octubre de 2009, donde
la mayoría del electorado (52%) rechazó la ley para bajar la edad de
imputabilidad de 18 a 16 años. 

5) Thomas Mathiesen, Diez razones para no construir más cárceles (2004).
Mathiesen, sociólogo noruego, es un destacado representante del
abolicionismo penal, sus libros fueron traducidos al sueco, danés, alemán,
italiano, español y publicados en China. 

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