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<DIV align=center><FONT size=4><STRONG><U><FONT size=5>boletín informativo - red
solidaria de revistas<BR></FONT></U><FONT color=#800000
size=6><EM>Correspondencia de Prensa</EM></FONT><BR>Año IV - 3 de diciembre 2006
- Redacción: </STRONG></FONT><A href="mailto:germain5@chasque.net"><FONT
size=4><STRONG>germain5@chasque.net</STRONG></FONT></A></DIV>
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<HR>
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<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Bolivia</FONT></STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>La estructura agraria se mantiene
intacta<BR></STRONG></DIV></FONT>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>Cedla: La nueva ley INRA consolida
la vía terrateniente del desarrollo capitalista en la
agricultura</STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT face=Arial size=2>La nueva Ley INRA se orienta
a consolidar la vía terrateniente de desarrollo capitalista de la agricultura,
porque en ella se respeta la gran propiedad agraria, ganadera y forestal a
título de "latifundio productivo de cualquier extensión", en tanto que se
plantea eliminar sólo el latifundio improductivo, lo que se traduce en su
restricción, pero no en su liquidación, afirma un análisis del Centro de
Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA).</FONT></STRONG></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial
size=2><STRONG>Bolpress</STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><A href="http://www.bolpress.com/"><FONT face=Arial
size=2><STRONG>http://www.bolpress.com/</STRONG></FONT></A></DIV>
<DIV align=justify><BR> </DIV><FONT face=Arial size=2>
<DIV align=justify>Para esta institución de investigación, la norma modificada
mantiene el origen abiertamente proempresarial de la Ley INRA aprobada por
Sánchez de Lozada y sus aliados (MBL-UCS) en 1996. "Este respeto a la gran
propiedad agraria tiene su explicación en la importancia que el gobierno asigna
a la gran empresa nacional y transnacional como socias en la explotación de los
recursos naturales en el nuevo ‘patrón de desarrollo' y como actores centrales
del modelo agroexportador en curso".<BR>Por las características del gobierno,
señala el CEDLA, por un lado, se ve obligado a mantener la legalidad y el poder
agrarios construidos y afianzados durante el neoliberalismo y, por otro, también
se ve obligado a dar respuestas -ciertamente limitadas- a la sed de tierras de
campesinos e indígenas, como partido que dice representar a estos sectores.
</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>La FES se funcionaliza</STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><BR>En el contenido específico de la Ley, el informe advierte
que "Si bien la nueva Ley INRA elimina el pago de impuestos como prueba
suficiente para justificar la propiedad de la tierra, eleva a rango de ley una
norma contemplada en su Reglamento, reconociendo que la FES comprende, de manera
integral, áreas efectivamente aprovechadas, de descanso, servidumbres ecológicas
legales y de proyección de crecimiento. Esta precisión de la definición de la
FES -en particular la mención a la proyección de crecimiento- se convierte en un
argumento suficiente para justificar la propiedad de grandes extensiones
de tierras ociosas". </DIV>
<DIV align=justify><BR>En la propuesta gubernamental esto se traduce en que "la
FES se funcionaliza a los requerimientos de una agricultura extensiva y
orientada al mercado externo con base en la gran empresa agrícola capitalista
extranjera y nacional que, como el caso de la soya, viene siendo
privilegiada por el Gobierno del Movimiento Al Socialismo. Para ello, la Ley
INRA eleva a rango de ley otras disposiciones que ya estaban contempladas en su
Reglamento; es decir, aquellas por la cuales el área de proyección de
crecimiento de la mediana propiedad es del 50 por ciento y de la empresa
agropecuaria del 30 por ciento. Para la empresa agrícola será calculada desde un
30 por ciento hasta un 50 por ciento. Esta proyección, en todo caso, se orienta
a que las medianas propiedades se conviertan en grandes propiedades. De este
modo, se consolida la gran empresa capitalista y no la "medianización" de la
misma".</DIV>
<DIV align=justify><BR>Para el CEDLA esta tendencia puede evidenciarse también
en el caso de la actividad ganadera, para la cual además de la carga animal (que
en el caso de la ganadería vacuna en la actualidad está fijada en cinco
hectáreas por cabeza), se tomarán en cuenta como áreas efectivamente
aprovechadas, las áreas silvopastoriles y las áreas con pasto cultivado. En este
caso, dice el documento, es bien conocido que la mayor parte de las haciendas
ganaderas de la zona del Chaco y del departamento del Beni se caracterizan por
practicar una ganadería extensiva, aspecto que la Ley INRA reformulada seguiría
promoviendo. </DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Expropiación y minifundio sin
solución</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>En cuanto a la figura de la expropiación de tierras
-según declaraciones del Viceministro de Tierras (La Prensa 30.07.2006)- no
tendría un carácter general de aplicación pues estaría destinada a beneficiar
solamente a cuatro pueblos indígenas para lo cual se incorporan indemnizaciones
que benefician ampliamente a los terratenientes que fueran afectados. "Las
acciones de expropiación por causas de interés social al no ser masivas, no
modificarán sustancialmente la estructura agraria de predominio de la gran
propiedad terrateniente por lo que la gran mayoría de indígenas y campesinos
pobres deberán esperar pacientemente la culminación del proceso de saneamiento,
después del cual hipotéticamente podrían acceder a tierras que sean previamente
revertidas". </DIV>
<DIV align=justify><BR>En lo que refiere a la pequeña propiedad, el CEDLA
menciona dos aspectos. La incorporación de la procedencia de expropiación de las
pequeñas propiedades que no cumplan Función Económica Social, a requerimiento de
la comunidad, y la posibilidad de titular superficies menores a la máxima
establecida para la pequeña propiedad como resultado del proceso de saneamiento.
"En síntesis, se trata de la legalización del minifundio extremo. Salvo la
expropiación de pequeñas parcelas de campesinos migrantes, no se encuentra en la
nueva Ley ninguna propuesta de solución al minifundio que es la causa de la
miseria de vastos sectores campesinos e indígenas".<BR>Otras disposiciones
</DIV>
<DIV align=justify><BR>Finalmente, el análisis de la institución señala aspectos
importantes que el gobierno del MAS no ha modificado. En primer lugar, persiste
la concepción de dotación de tierras únicamente a comunidades indígenas y
campesinas, es decir, colectivas, con lo que excluye la posibilidad de
dotaciones a campesinos pobres de manera individual, olvidando que fue a través
de esta última forma que se fortaleció la producción campesina en tierras bajas.
</DIV>
<DIV align=justify><BR>En segundo lugar, se mantiene la disposición a través de
la cual personas naturales o jurídicas extranjeras adquieren tierras de
terceros. "Como ya se ha indicado esta ha sido otra vía de fortalecimiento de
expansión de la gran empresa agrícola orientada a la exportación", indica. En
tercer lugar, se mantienen las disposiciones a través de las cuales títulos con
vicios de nulidad absoluta y con vicios de nulidad relativa puedan subsanarse
con la comprobación de cumplimiento de la Función Económica Social: en el primer
caso a través de la posibilidad de adquisición de esas tierras y en el segundo a
sola comprobación de la FES. En cuarto lugar, "se admite la legalidad otorgada a
los contratos de aparcería y arrendamiento, es decir, la presencia del
propietario terrateniente cuyo ingreso corresponde a la obtención de la renta de
la tierra".
<HR>
<STRONG><EM><FONT color=#000080 size=3>La información difundida por
Correspondencia de Prensa es de fuentes propias y de otros medios, redes
alternativas, movimientos sociales y organizaciones de izquierda. Suscripciones,
Ernesto Herrera: </FONT></EM></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><EM><FONT color=#000080
size=3>germain5@chasque.net</FONT></EM></STRONG></A>
<HR>
</FONT></DIV></BODY></HTML>