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<BODY bgColor=#ffffff background=""><FONT face=Arial size=2>
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<HR>
</DIV>
<DIV align=center><FONT size=4><STRONG><U><FONT size=5>boletín informativo - red
solidaria de revistas</FONT></U><BR><FONT color=#800000
size=6><EM>Correspondencia de Prensa</EM></FONT><BR>Año IV - 4 de febrero
2007 - Redacción: </STRONG></FONT><A href="mailto:germain5@chasque.net"><FONT
size=4><STRONG>germain5@chasque.net</STRONG></FONT></A></DIV>
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<HR>
</DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Corte Penal
Internacional</FONT></STRONG></DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3></FONT></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Justicia selectiva sólo para "Estados
fracasados"<BR></DIV></FONT></STRONG></FONT>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>¿Necesitamos realmente una Corte
Penal Internacional? <BR><BR>Diana Johnstone *<BR></DIV></STRONG></FONT>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>CounterPunch</STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><A
href="http://www.counterpunch.org/"><STRONG>http://www.counterpunch.org/</STRONG></A></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>Traducido del inglés para Rebelión
por Germán Leyens</STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><A
href="http://www.rebelion.org/"><STRONG>http://www.rebelion.org/</STRONG></A></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2><BR><BR>Año tras año, la gente en los
países árabes presencia impotente la continua destrucción de Iraq y Palestina
por USA e Israel. Ve familias liquidadas por las bombas en Afganistán, Iraq y
Líbano. Ve a árabes torturados y humillados en Abu Ghraib y en Guantánamo. Ve a
Israel realizando regularmente asesinatos “selectivos” en los Territorios
Ocupados (salpicando de muerte el área alrededor del objetivo seleccionado)
mientras amplía sus asentamientos ilegales en tierras que pertenecen a los
palestinos. Probablemente nadie tiene una causa más importante para ansiar un
sistema equitativo de justicia internacional. ¿Pero dónde lo van a
buscar?</FONT></DIV><FONT face=Arial size=2>
<DIV align=justify><BR>Bueno, ¿y qué pasa con la Corte Penal Internacional
(CPI)? Se supone que la CPI castigue a los perpetradores de crímenes de guerra y
de crímenes contra la humanidad. Ha estado en operación desde julio de 2002,
pero pocas veces recibe tanta atención como el que recibió durante un simposio a
mediados de enero en la Academia de Estudios Graduados en la capital libia,
Trípoli. Subyacente en la discusión de dos días sobre la “ambición, la realidad
y las perspectivas futuras” de la CPI, estaba la pregunta: “¿es la CPI un
pequeño paso inicial hacia la justicia internacional?” ¿O es sólo un elemento
más del “poder blando” occidental, impuesto a los países pequeños?</DIV>
<DIV align=justify><BR>Aunque el líder libio, Moammer Gadhafi ha expresado el
segundo punto de vista, pensándolo bien, la mayoría de los expertos y académicos
legales, - de Libia y otros países árabes, pero también de Europa, China y
Sudamérica – tendieron a inclinarse por el primero. Aunque nadie negó los
evidentes defectos de la CPI, abogados y juristas piensan que es “mejor que
nada” y señalan que los sistemas legales democráticos se han desarrollado a
partir de relaciones institucionalizadas de poder hacia una mayor
justicia.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Selectividad</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>Mientras tanto, se abría un nuevo frente bélico. Urgida
por USA, Etiopía invadió Somalia, para restaurar el desorden. Aviones de guerra
de USA bombardearon a miembros en fuga del Consejo de Cortes Islámicas que sólo
hace poco logró terminar con las luchas de clanes que habían desolado a
Mogadishu durante unos quince años. El recién instalado presidente respaldado
por USA, Abdulli Yusuf Ahmed, de 73 años, anunció que no habría “conversaciones”
con los islamistas derrotados, que debían ser aniquilados mientras huían.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Sucede que entre los crímenes de guerra enumerados en el
Estatuto de Roma que rige a la CPI está el siguiente (Artículo 8.2.b.xii):
“Declarar que no se dará cuartel.” Es exactamente lo que hacían los
conquistadores etíopes respaldados por USA. Pero no era probable que la CPI
encarara este último estallido de conducta criminal internacional.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Por cierto, después de cuatro años y medio de existencia,
la CPI ha detenido a sólo un sospechoso: Thomas Lubanga Dyilo, jefe de una
milicia rebelde en el impenetrable bosque Ituri en la parte oriental de la
República Democrática de Congo (ex Zaire). Es retenido según el Artículo 8
(crímenes de guerra) sección 2.e.vii, acusado de reclutar niños bajo la edad de
15 años para combatir en su milicia.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Es ciertamente mala conducta, pero considerando todo lo
que sucede en el mundo de hoy, cuesta decir que se cuente entre “los crímenes
más serios de preocupación para la comunidad internacional en su conjunto.”
(Artículo 5, definiendo los crímenes dentro de la jurisdicción de la corte). Un
juez francés que trabaja como investigador para la oficina del procurador de la
CPI, Bernard Lavigne, reconoció que ya que es claramente incapaz de encarar
todos los crímenes del mundo, la Corte es necesariamente selectiva. Defendió la
selección de este sospechoso solitario por la necesidad de comenzar con un caso
inatacable que la Fiscalía esté segura de ganar.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En ello, sin embargo, se halla uno de los vicios más
sutiles e insidiosos de la CPI. Aunque el Estatuto defiende formalmente la
“presunción de inocencia,” todos los detalles apuntan a una Corte cuya tarea no
se propone separar a los inocentes de los culpables, sino castigar a los
(presuntos) culpables. Políticamente, la creación de la CPI corresponde a las
exigencias de que se “terminara con la impunidad” de varias ONG, que recibieron
mucha resonancia gracias a Bosnia y especialmente Ruanda, y las víctimas pueden
ser fácilmente identificadas antes del proceso – convirtiéndose éste más en una
demostración de la preocupación de la comunidad internacional por la justicia
que en la búsqueda de justicia y verdad, que puede ser elusiva o seriamente
disputada.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Como los tribunales ad hoc para Yugoslavia y Ruanda, la
CPI, a pesar de su nombre, no fue establecida esencialmente para encarar
conflictos internacionales, sino más bien para administrar justicia
“internacional” a conflictos internos, en países demasiado débiles para resistir
a su autoridad.</DIV>
<DIV align=justify><BR>La impotencia total de la CPI para encarar los crímenes
más peligrosos, auténticamente “de preocupación para la comunidad internacional
en su conjunto,” aquellos que indignan a la opinión pública no sólo en Occidente
sino en todas partes del mundo, aquellos que amenazan seriamente a la paz
mundial, se debe sobre todo a que:</DIV>
<DIV align=justify><BR>° No se cubre el crimen de agresión;<BR>° USA y sus
ciudadanos son inmunes al enjuiciamiento, especialmente porque USA no ha
ratificado el Estatuto de la CPI, y segundo, porque USA utiliza su influencia
económica y política sin precedentes para presionar a países para que firmen
Acuerdos Bilaterales de Inmunidad (BIAs, por sus siglas en inglés) que eximen a
los USamericanos de enjuiciamiento. Ciento dos países han firmado BIAs con
USA.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Agresión eximida</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>El Artículo 6 del Estatuto de Roma limita la jurisdicción
de la Corte a:</DIV>
<DIV align=justify><BR>a) El crimen de genocidio;<BR>b) Crímenes contra la
humanidad;<BR>c) Crímenes de guerra;<BR>d) El crimen de agresión.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Sin embargo, especifica a continuación que la Corte
“ejercerá jurisdicción sobre el crimen de agresión una vez que se haya adoptado
una provisión [...] que defina el crimen y establezca las condiciones bajo las
cuales la Corte ejercerá la jurisdicción respecto a este crimen.” En breve, el
crimen de agresión ha sido eximido por el momento de la jurisdicción de la
Corte.</DIV>
<DIV align=justify><BR>La razón formal es que la “agresión” no está “definida.”
Se trata de un argumento engañoso ya que la agresión ha sido definida de modo
bastante claro por la Resolución 3314 de 1974 de la Asamblea General de la ONU,
que declaró que: “la agresión consiste en "el uso de la fuerza armada por un
Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia
política de otro Estado,” y enumera siete ejemplos específicos que
incluyen:</DIV>
<DIV align=justify><BR>a) la invasión o el ataque por las fuerzas armadas de un
Estado, del territorio de otro Estado, o toda ocupación militar, aun temporal,
que resulte de dicha invasión o ataque, o toda anexión, mediante el uso de la
fuerza, del territorio de otro Estado o de parte de él;</DIV>
<DIV align=justify>b) El bombardeo, por las fuerzas armadas de un Estado, del
territorio de otro Estado, o el empleo de cualesquiera armas por un Estado
contra el territorio de otro Estado; </DIV>
<DIV align=justify>c) El bloqueo de los puertos o de las costas por las fuerzas
armadas de otro Estado; </DIV>
<DIV align=justify>d) El ataque por las fuerzas armadas de un Estado contra las
fuerzas armadas terrestres, navales o aéreas de otro Estado, o contra su flota
mercante o aérea; <BR>e) La utilización de fuerzas armadas de un Estado, que se
encuentran en el territorio de otro Estado con el acuerdo del Estado receptor,
en violación de las condiciones establecidas en el acuerdo, o toda prolongación
de su presencia en dicho territorio después de terminado el acuerdo; <BR>f) La
acción de un Estado que permite que su territorio, que ha puesto a disposición
de otro Estado, sea utilizado por ese otro Estado para perpetrar un acto de
agresión contra un tercer Estado; <BR>g) El envío por un Estado, o en su nombre,
de bandas armadas, grupos irregulares o mercenarios que lleven a cabo actos de
fuerza armada contra otro Estado, de tal gravedad, que sean equiparables a los
actos antes enumerados, o su sustancial participación en dichos actos". </DIV>
<DIV align=justify><BR>La resolución también declaró que: “"Ninguna
consideración, cualquiera sea su índole, política, económica, militar o de otro
carácter, podrá servir de justificación a una agresión. La guerra de agresión es
un crimen contra la paz internacional. La agresión origina responsabilidad
internacional. Ninguna adquisición territorial o ventaja especial resultante de
una agresión es lícita ni será reconocida como tal.”</DIV>
<DIV align=justify><BR>La verdadera razón por la que la agresión sigue estando
fuera de la jurisdicción de la CPI es que USA, que jugó un papel importante en
la elaboración del Estatuto, antes de negarse a ratificarlo, se opuso
obstinadamente a su inclusión. No es difícil ver el motivo...</DIV>
<DIV align=justify><BR>Esto sucedió contra la opinión unánime de casi todo el
mundo, que recuerda que el Tribunal de Nuremberg condenó a los dirigentes nazis
sobre todo por el crimen de agresión, como el “crimen internacional supremo” que
“contiene en sí todo el mal acumulado del conjunto.”</DIV>
<DIV align=justify><BR>Puede señalarse que ejemplos de “agresión”, que son
evidentemente objetivos, son mucho más fáciles de identificar que casos de
“genocidio,” cuya definición se basa en suposiciones de intención.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Los defensores de la CPI subrayan que la “agresión” puede
ser definida, y por lo tanto cae bajo la jurisdicción activa de la Corte, en la
Conferencia de Revisión que debería realizarse en 2009 para considerar
enmiendas. A pesar de ello, una enmienda entra en vigencia sólo un año después
de la ratificación por siete octavos de los Estados Parte del Estatuto, y se
aplica sólo a Estados Parte (los que de modo tristemente notorio no incluyen a
USA). Y si USA cambiara de actitud y decidiera ratificar el Estatuto, todavía
puede declarar que por un período de siete años no acepta la jurisdicción de la
Corte para sus nacionales (Artículo 124). Todo esto significa que la fecha más
temprana concebible (y muy improbable) en la que los crímenes de USA, incluyendo
la agresión, podrían ser llevados bajo la jurisdicción de la CPI sería 2017.
Incluso entonces, apenas existe alguna posibilidad de que algún ciudadano
USamericano, o cualquiera persona que actúe por cuenta de USA, terminen en el
banquillo de los acusados en la CPI.</DIV>
<DIV align=justify><BR>° Para empezar, la CPI debe transferir la jurisdicción a
todo Estado que se muestre “dispuesto y capaz” de juzgar el caso en sus propios
tribunales.<BR>° Además, el Artículo 16 permite que el Consejo de Seguridad
suspenda cualquier investigación o enjuiciamiento de la CPI por un período de 12
meses. La suspensión puede ser renovada indefinidamente. En nuestros días, el
Consejo de Seguridad es visto generalmente en todo el mundo como un instrumento
de la política de USA.<BR>° Los BIAs conservarían su validez.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Y, a propósito, el empleo de gases tóxicos cuenta como un
crimen de guerra, pero no el uso de armas nucleares.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En breve, la CPI es establecida según dobles raseros para
que encare sólo los casos de poca monta.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Una corte para “Estados
fracasados”</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>Por cierto, es difícil ver cómo la CPI puede encarar a
cualquiera que no sea un Estado extremadamente débil o “fracasado.” Según el
Artículo 17, un caso no es admisible a menos que el Estado en cuestión sea
verdaderamente “renuente o incapaz” de investigarlo o encausarlo. La propia
Corte puede determinar si el Estado en cuestión es “renuente o incapaz.”</DIV>
<DIV align=justify><BR>Aquí, la escena se vuelve muy tenebrosa. La República
Democrática de Congo cooperó al pasar el caso de Thomas Lubanga Dyilo a la CPI
porque se trataba de un rebelde contra el Estado, y ese Estado atribulado tenía
motivos para querer estar en la buena con la CPI. Pero ¿qué pasa si un Estado se
niega, o se muestra “renuente o incapaz” de enjuiciar un caso? ¿Qué pasa
entonces? La CPI no posee una fuerza policial propia. ¿Apelará al Consejo de
Seguridad para que autorice el arresto – lo que quiere decir una acción militar
en el territorio del Estado “renuente”?</DIV>
<DIV align=justify><BR>El preámbulo del Estatuto de Roma subraya que “nada en
este Estatuto será considerado como una autorización para que ningún Estado
Parte intervenga en un conflicto armado o en los asuntos internos de ningún
Estado. Pero esto parece ser contradicho por las provisiones del propio Estatuto
respecto a Estados “renuentes.”<BR>En lugar de ser una Corte que mantenga la
paz, la CPI podría resultar ser – contrariamente a los deseos de sus partidarios
sinceros – un instrumento para proveer pretextos para la guerra.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>“Si no los puedes derrotar, únete a
ellos.”</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>En el simposio de Trípoli se hizo evidente que los
intelectuales árabes tienen una actitud ambivalente hacia la CPI. Por una parte,
muchos temen que la CPI pueda ser instrumentalizada para que sirva a lo que
estiman como la política USamericana-israelí de despedazar los Estados árabes y
fragmentar el Oriente Próximo según líneas étnicas o religiosas, como una forma
de “dividir para gobernar.” En una estrategia semejante, los conflictos por
territorio o recursos pueden ser presentados por los medios y las ONG
occidentales como casos unilaterales de “genocidio” que requieren una urgente
intervención internacional. La prueba la hicieron en Yugoslavia, e Iraq es el
mejor ejemplo.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Los propios juristas, profesionalmente favorables a la
construcción de una nueva institución legal, pueden olvidar los aspectos
estratégicos. Pero el énfasis mismo en la aplicación del derecho penal a
conflictos políticos tiende a reforzar la visión maniquea (típica del gobierno
de Bush y de Israel) de que los problemas del mundo se deben a “malos,”
“terroristas,” criminales que deben ser desarraigados y castigados. Este excluye
el análisis de las causas subyacentes de los conflictos.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Como otros Estados árabes, con la excepción de Jordania
(y dos antiguos territorios franceses: Djibouti y las Islas Comores), Sudán no
es Parte del Estatuto de Roma y por lo tanto no cae bajo la jurisdicción de la
CPI. Este hecho no ha impedido la creciente campaña por una intervención
internacional para detener lo que se describe como “genocidio” en Darfur.
Algunos observadores en el terreno sostienen que esta campaña se caracteriza por
la inflación ilimitada de la cantidad de víctimas, para elevar masacres a la
condición de “genocidio.” Sea cual sea la realidad, el llamado a la
“intervención,” implicando una intervención militar, no es acompañado por
ninguna explicación clara de cómo esto solucionaría los problemas subyacentes de
identidad religiosa y la reivindicación a los escasos recursos que han causado
la crisis en Darfur. La campaña bien financiada y (en gran parte) bien
intencionada para “salvar Darfur” tiende en realidad a eclipsar todo esfuerzo
por encontrar genuinas soluciones políticas y económicas mediante negociaciones
realizadas por partes familiarizadas con la historia y la cultura de la
región.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Como se puede ver en Afganistán y otros sitios, el
“rescate” armado de un país o región tiende a ser seguido por una aguda caída en
el interés que despierta, y sobre todo por el incumplimiento de la ayuda
económica y práctica prometida al comienzo.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En Trípoli, hubo quienes argumentaron que Sudán estaría
en mejores condiciones para defenderse de la inminente intervención militar si
formara Parte de la CPI. Como dijo un abogado belga, para los países pequeños el
problema es “evitar que los atrapen,” y para este fin es mejor sumarse a la CPI
que quedarse afuera de ella.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Muchos intelectuales árabes y del Tercer Mundo están
cansados de verse marginados y de “quejarse.” Unirse a la CPI sería una manera
de “unirse al mundo” y de mejorar sus propios países. Este punto de vista parece
ser particularmente frecuente entre abogadas y en las ONG de los derechos
humanos.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Pero, como dijera un participante: “dentro o fuera, los
países pequeños son marginados.”</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>La perspectiva desde Trípoli</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>Para concluir con una nota subjetiva, las rabiosas
fantasías bushistas-blairistas sobre la amenaza del “islamo-fascismo” parecen
particularmente grotescas desde la atmósfera pacífica de Trípoli. El régimen
semi-socialista instalado hace 37 años por el coronel Moammer Kadhafi he
redistribuido ampliamente los ingresos del petróleo, educando a la población y
creando una amplia clase media gracias a un sector de servicios (en gran parte
burocrático) que emplea a cerca de un 80% de la población. Esto hace que sea una
sociedad particularmente tranquila – algunos burócratas podrán ser superfluos,
pero no carecen de vivienda, y no mendigan ni roban. El coronel Kadhafi es
excéntrico, duerme en tiendas de campaña en lugar de palacios, pero es difícil
evitar el sentimiento de que ha sido satanizado no por sus defectos sino por su
apoyo a la unidad árabe (fracasada), a los palestinos y a otras causas de
liberación – lo que era natural en un país como Libia que sufrió no hace tanto
tiempo una implacable colonización por las fuerzas de Mussolini, que sometieron
a la población local a ejecuciones sumarias, deportaciones masivas y campos de
concentración. Al mirar alrededor, uno puede concluir que la dictadura “blanda”
de Kadhafi podría ser el mejor régimen modernizador de transición que existe en
el mundo árabe.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En todo caso, el simposio de la CPI siguió su propio
curso ambivalente sin interferencia del gobierno. La impresión general fue de
una gran sed de paz, desarrollo y justicia – todo amenazado por la fanática
“guerra contra el terror” occidental. El extremismo islámico es un problema que
tiene que ser encarado en una cantidad creciente de países árabes
(aparentemente, no en Libia), pero que es evidentemente agravado por la agresión
de USA y la persecución israelí de los palestinos.<BR>Justicia y
globalización</DIV>
<DIV align=justify><BR>Doy la última palabra a extractos de la contribución de
un señor libio pensionado que ha tenido altas responsabilidades y que ahora
prefiere mantener el anonimato:</DIV>
<DIV align=justify><BR>“El sistema dominante se orienta hacia un derecho
comercial internacional considerado como la referencia suprema que domina todo
el derecho nacional y, desde luego, el derecho internacional público y privado.
La OMC ha definido en este contexto un arsenal de principios y procedimientos
que van hacia e incluyen un sistema judicial basado en la negación de los
principios elementales de separación de poderes que caracterizan a la
democracia.</DIV>
<DIV align=justify><BR>“Esto es totalmente inaceptable. Necesitamos exactamente
lo contrario. Necesitamos un derecho comercial que respete los derechos de las
naciones, de la gente y de la mano de obra, y que respete el entorno, los
derechos de las comunidades, de las mujeres, mientras asegura las condiciones
para mayor progreso en la democratización de las sociedades.</DIV>
<DIV align=justify><BR>“Tenemos que propugnar un Derecho Internacional de los
Pueblos, que debe combinar:</DIV>
<DIV align=justify><BR>° “el respeto a la soberanía nacional, que permita que la
gente escoja su futuro según sus deseos.<BR>° “el respeto a los Derechos
Humanos, no sólo los derechos políticos, sino también los derechos sociales y el
derecho al desarrollo y a la paz.<BR>° “Que ninguna solución se logre mediante
la abolición de uno de los dos términos de la ecuación. No podemos abolir la
soberanía, ni podemos abolir los derechos humanos.<BR>° “El principio del
respeto a la soberanía de las naciones debe constituir la piedra angular del
derecho internacional. Que este principio sea violado en la actualidad con tanta
brutalidad por las propias democracias es una circunstancia agravante, más que
mitigante. [...] La solemne adopción del principio de la soberanía nacional en
1945 fue lógicamente acompañada por la prohibición del recurso a la guerra.
[...] Con la militarización del proceso de globalización, que está estrechamente
asociada con la opción neoliberal y con su predilección por la supremacía del
derecho comercial internacional, se ha hecho más imperativo que nunca que se dé
prioridad a esta reflexión sobre los derechos de la gente.”<BR></DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>* Diana Johnstone es autora de “Fools' Crusade: Yugoslavia,
Nato, and Western Delusions publicado por Monthly Review Press. Para contactos,
escriba a: <A
href="mailto:dianajohnstone@compuserve.com">dianajohnstone@compuserve.com</A>
<HR>
<STRONG><FONT color=#000080 size=3><EM>La información difundida por
Correspondencia de Prensa es de fuentes propias y de otros medios, redes
alternativas, movimientos sociales y organizaciones de izquierda. Suscripciones,
Ernesto Herrera: </EM></FONT></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><FONT color=#000080
size=3><EM>germain5@chasque.net</EM></FONT></STRONG></A>
<HR>
</DIV>
<DIV align=justify><BR> </DIV></FONT></BODY></HTML>