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<DIV align=center><STRONG><FONT size=4><FONT color=#800000><FONT
size=5><EM><U>correspondencia de prensa - boletín
solidario</U></EM></FONT> <BR><FONT color=#ff0000 size=6>Agenda
Radical</FONT><BR>Edición internacional del Colectivo Militante<BR><U>30 de
marzo 2008</U><BR>Redacción y suscripciones:</FONT> </FONT></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><FONT
size=4>germain5@chasque.net</FONT></STRONG></A><BR></DIV>
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<HR>
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<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Estados
Unidos</FONT></STRONG></FONT></DIV>
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<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2><STRONG><FONT size=3>Enemigo del
Imperio<BR><BR>Jean-Claude Paye *</FONT></STRONG></FONT></DIV>
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<DIV align=justify><STRONG><FONT face=Arial
size=2>Corriente(a)lterna<BR></FONT></STRONG><A
href="http://www.espacioalternativo.org/"><STRONG><FONT face=Arial
size=2>http://www.espacioalternativo.org/</FONT></STRONG></A></DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT face=Arial></FONT></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT face=Arial size=2></FONT></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2>La última ley antiterrorista
estadounidense, la “Military Commissions Act” de 2006, al introducir la noción
de guerra dentro del derecho nacional, provoca un giro en la organización
jurídica y política del mundo occidental. Pone fin a una forma de Estado que
había conseguido “instaurar la paz en el interior y excluir la hostilidad en el
exterior del derecho”. Es el acto constituyente de una nueva forma de Estado que
inscribe la guerra como relación política entre las autoridades constituidas y
sus poblaciones.</FONT></DIV>
<DIV><FONT face=Arial size=2><STRONG></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify></FONT><FONT face=Arial size=2>A través de la lucha contra el
terrorismo, la noción de guerra se introduce en el derecho penal. La inserción
de la hostilidad en el orden jurídico interior se ha efectuado primero mediante
actos administrativos relativos a los extranjeros y justificados en nombre del
estado de urgencia. La Military Commissions Act inscribe ahora esa noción de
guerra dentro de la ley y de forma permanente. Al mismo tiempo, modifica su
campo de aplicación y su contenido. Permite al Presidente de EEUU definir como
enemigos a sus propios ciudadanos y a sus adversarios
políticos.<BR><BR><STRONG>Estado de guerra</STRONG><BR><BR>Para el poder
ejecutivo de EEUU la lucha contra el terrorismo es una guerra y no una simple
operación de policía. Gracias a esa lectura ha establecido un conjunto de
medidas liberticidas, justificadas en nombre del estado de urgencia. Esa
situación autoriza la supresión del Habeas Corpus de los extranjeros sospechosos
de terrorismo y la puesta en pie de una vigilancia permanente del conjunto de
las poblaciones. <BR><BR>La referencia a un estado de guerra ha permitido al
gobierno tratar a los “terroristas” extranjeros como enemigos y así
encarcelarlos administrativamente, sin acusación y sin juicio, hasta el final
del conflicto. Como se trata de una guerra permanente e indefinida, la detención
de esas personas es indeterminada. Esos “enemigos combatientes” no pueden
tampoco beneficiarse de las protecciones reconocidas a los presos de guerra. El
enemigo pierde su estatus y se convierte en un criminal, pero no goza de las
garantías judiciales previstas en materia penal. Por consiguiente, el
extranjero, llamado “enemigo combatiente ilegal” por el poder ejecutivo, está
completamente sometido al arbitrio de este último. <BR><BR>El punto de vista
gubernamental, que considera que los atentados del 11 de septiembre son un acto
de guerra y no sólamente un crimen, se apoya en una resolución del Congreso del
18 de septiembre de 2001, “the Authorisation for Use of Military Force”, que da
poderes especiales al ejecutivo. La lectura que hace la Administración de ese
texto es la de un Estado que está en guerra, no contra otras naciones, sino
contra organizaciones que no están ligadas a un gobierno extranjero o contra
individuos. Esta interpretación redefine la noción de guerra. Le da un carácter
asimétrico, el de una “lucha a muerte” entre la superpotencia mundial y personas
definidas como enemigos. Ese nuevo concepto se libera de la existencia de toda
amenaza real contra la nación estadounidense. Es un mero producto de la
subjetividad del poder: el estado de guerra existe por su simple enunciación. En
nombre de la lucha “del bien contra el mal”, el Estado norteamericano niega el
carácter político de su acción y, confundiendo enemigo con criminal, fusiona
soberanía externa e interna. <BR><BR>Yendo más allá de los poderes otorgados por
la autorización abstracta del Congreso, el Presidente promulga un acto
administrativo, la Military Order del 13 de noviembre de 2001, que permite el
juicio de los extranjeros sospechosos de terrorismo por tribunales militares
especiales. Los términos “enemigo combatiente” o “combatiente ilegal” no forman
parte del texto mismo del acto jurídico del ejecutivo sino de la lectura que es
hecha por la administración. Votando la “Military Commissions Act” el 28 y el 29
de septiembre de 2006, la Cámara y el Senado han extendido ampliamente el campo
de aplicación de la incriminación de enemigo combatiente ya que, ahora, los
extranjeros que residan en EEUU, al igual que los ciudadanos estadounidenses,
pueden ser calificados como tales. La incorporación de “enemigo combatiente
ilegal” a la ley tiene como consecuencia que esa noción no se inscribe ya dentro
del estado de urgencia sino de forma permanente. La excepción se convierte en
norma. <BR><BR>El derecho penal adquiere un carácter constituyente. Las Cámaras
han legalizado un nuevo orden jurídico y político que fusiona acto de guerra y
función de policía y que da a la administración el poder de transformar en
enemigo a todo ciudadano estadounidense o a todo miembro de una nación
extranjera con la cual EEUU no está en guerra. <BR><BR>Así, el gobierno modifica
la relación entre lo interior y lo exterior. Los ciudadanos de EEUU pueden
convertirse en enemigos y ser colocados fuera de la nación estadounidense. Al
poder calificar como “enemigo combatiente” a todo habitante del planeta y hacer
de éste un “combatiente ilegal”, o sea, un criminal, EEUU se atribuye una
función de policía que ejerce a escala mundial. Los otros estados, a través de
los diferentes acuerdos de extradición firmados con EEUU, no ponen en cuestión
ese derecho que se atribuye EEUU y le otorgan una parte de su soberanía,
Aceptando entregar a sus nacionales, así llamados, a las autoridades de EEUU,
les reconocen un poder jurisdiccional imperial.<BR><BR><STRONG>El extranjero
enemigo combatiente</STRONG><BR><BR>La primera utilización de las nociones de
enemigo combatiente o de combatiente ilegal, en el marco de la lucha contra el
terrorismo, se encuentra en la lectura hecha por la administración de la
Executive Order del 13 de noviembre de 2001 /2, que autoriza juzgar a
extranjeros por violación de las leyes de la guerra por tribunales militares.
<BR><BR>Esa primera definición crea un delito de pertenencia, pero limitado a Al
Qaeda. La sospecha de que una persona sea miembro de la organización
incriminada, sin que haya cometido un delito material, autoriza su detención
administrativa indefinida o permite juzgarla por una comisión militar. Lo mismo
ocurre si el Ministro de Justicia sospecha que una persona “esté implicada en
acciones, haya intentado o tenga la intención de cometer actos que han producido
efectos desfavorables en la política extranjera o el sistema político y
económico de EEUU”. Esto permite justificar cualquier detención.<BR><BR>El
gobierno ha utilizado de manera extensiva la posibilidad de calificar a
extranjeros como enemigos combatientes ilegales. Fue utilizada no sólo para los
miembros de Al Qaeada, como prevé la Executive order de 2001, sino también para
todos los presos capturados durante la guerra de Afganistán. Según la
interpretación dada por el antiguo consejero de la Casa Blanca, Alberto
Gonzales, el no respeto de la Convención de Ginebra estará justificado por el
hecho de que Afganistán es un “failed State” /3 (Estado fallido o fracasado).
<BR><BR>La extensión del campo de aplicación de esa noción ha continuado en el
marco de los Tribunales de Revisión del Estatuto de combatiente /4, creados en
2004 con el fin de juzgar a los presos de Guantánamo. Se convierte en enemigo
combatiente todo extranjero, capturado en el marco de la lucha antiterrorista,
en cualquier parte del mundo. <BR><BR>Un juicio del Tribunal Supremo del 28 de
junio de 2004, Rasul v. Bush /5, realiza una primera racionalización de ese
derecho completamente creado por el poder ejecutivo. Su sentencia precisa que
los combatientes ilegales extranjeros tienen el derecho de recurrir ante una
jurisdicción civil frente al hecho de que esa acusación sea aplicable. Pero, al
no denunciar su carácter inconstitucional, implica un reconocimiento de esa
incriminación administrativa y la incluye en la jurisprudencia. <BR><BR>En
cuanto a la posibilidad para un extranjero de cuestionar la base factual de la
detención ante una jurisdicción civil, ésta fue prácticamente eliminada por la
Detainee Traitment Act de 2005 /6. Esta ley quita toda competencia a los
tribunales federales para examinar la situación de los detenidos en Guantánamo y
la sustituye por un mecanismo exclusivo de revisión de las decisiones tomadas
por los Tribunales de Revisión del estatuto de Combatiente.<BR><BR><STRONG>El
estadounidense enemigo combatiente</STRONG><BR><BR>Violando la Military Order,
que él mismo ha promulgado, el poder ejecutivo ha utilizado inmediatamente la
noción de enemigo combatiente para calificar también como tales a ciudadanos
estadounidenses. Así, la detención, sin cargos, durante tres años de Yaser Esam
Hamdi, capturado en Afganistán en 2001, fue justificada por el hecho de que
había sido definido por la administración como “illegal ennemy combatant”. El
ministerio de Justicia precisó que la situación de Hamdi no era diferente de la
de un extranjero, ya que había sido capturado en el campo de batalla. Sin
embargo, en junio de 2002, la administración ha utilizado también ese término
con el fin de justificar la detención administrativa indefinida de otro
estadounidense, José Padilla, capturado en suelo de su propio país, y negarle
cualquier protección prevista por el Código Penal estadounidense o por las
Convenciones de Ginebra. <BR><BR>El poder que se ha atribuido el ejecutivo de
transformar a sus propios ciudadanos en enemigos será integrado dentro del orden
jurídico por una Opinión del Tribunal Supremo del 28 de junio de 2004, Hamdi v.
Rumsfeld. En lugar de afirmar que todo ciudadano debe gozar de las garantías
ofrecidas por la Constitución, el Tribunal estipula que no existe ningún
obstáculo para calificar a un ciudadano estadounidense como enemigo. Ese
tribunal se refiere a uno de sus anteriores juicios; el caso Ex Parte Quirin /7.
Este se refería a los saboteadores al servicio de Alemania, capturados en suelo
estadounidense durante la Segunda Guerra Mundial. Uno de los presos tenía la
nacionalidad estadounidense. El Tribunal establecía que determinados actos, por
su propia naturaleza, en este caso violaciones de las leyes de la guerra, no
pueden ser sometidos a jurisdicciones civiles y deben ser llevados a
jurisdicciones militares. <BR><BR>De esta forma, el Tribunal modificaba
radicalmente otro de sus juicios anteriores, el caso Ex Parte Milligan /8 de
1866, relativo a un civil del norte acusado de “conspiración” y de “violación de
las leyes de la guerra” en beneficio del ejército del sur. El Tribunal precisó
entonces que la utilización de jurisdicciones militares estaba exclusivamente
reservada a los soldados y a los ciudadanos, militares o civiles, de un Estado
enemigo. El Tribunal añadía que ese caso debía ser juzgado por traición ante un
jurado en un tribunal civil y no militar. <BR><BR>En su juicio de 2004, el
Tribunal Supremo confirma el profundo cambio de jurisprudencia provocado por el
juicio Ex Parte Quirin y autoriza al gobierno a calificar como enemigo a uno de
sus ciudadanos. Sin embargo, la Opinion Hamdi v. Rumsfeld implica un
desplazamiento del campo de aplicación de esa acusación, del terreno de una
guerra real al de la lucha permanente e indefinida contra el terrorismo. Ese
juicio de 2004, que autoriza a los presos de Guantánamo a llevar su caso ante
una jurisdicción civil, fue saludado por las organizaciones de defensa de las
libertades individuales como un retorno al Estado de derecho. Pero, en realidad,
implica un reconocimiento de esas acusaciones ilegales y ofrece al gobierno la
posibilidad de apelar al Congreso para construirse un nuevo orden legal a su
medida.<BR><BR><STRONG>Enemigo del gobierno</STRONG><BR><BR>Ësa es la vía que va
a seguir el poder ejecutivo. El 17 de octubre de 2006 el Presidente Bush firmó
la “Military Commissions Act" /9. Esa ley es continuación de un nuevo juicio del
Tribunal Supremo con fecha 29 de junio de 2006 /10 que declaraba ilegales las
comisiones militares, estableciendo que sus estructuras y procedimientos violan
los derechos de la defensa, contenidos en el Código Militar de EEUU y en la
Convención de Ginebra de 1949. Sin embargo, el Tribunal Supremo no ha modificado
el estatuto de esos prisioneros y ha permitido a la administración poner en pie
otros medios para juzgar a esos detenidos. <BR><BR>Ese texto inscribe, por
primera vez, la noción de enemigo combatiente ilegal dentro de la ley y extende
el campo de aplicación de la acusación. Mientras que la Military Order de
noviembre de 2001 se refería únicamente a los extranjeros capturados fuera de
EEUU, la “Military Commissions Act” autorizar definir como “enemigo combatiente
ilegal” a todo estadounidense o a todo extranjero que viva en EEUU. Calificando
como enemigos a personas que no han abandonado nunca el suelo estadounidense y
que no han frecuentado ningún campo de batalla, la acusación afecta a personas
que no han estado comprometidas en acciones realizadas en el exterior de EEUU,
sino a individuos, entre ellos los estadounidenses, que se oponen en territorio
nacional a la política del gobierno. <BR><BR>Así, la ley da a esa discriminación
un carácter directamente político al considerar como enemigos combatientes
ilegales a personas “implicadas en o que apoyan hostilidades hacia EEUU”. Esa
definición existía ya en la Executive Order de 2001, pero el contexto reducía su
alcance a los extranjeros capturados en el campo de batalla afgano. En la
“Military Commissions Act” ese elemento se aplica a todas partes del mundo,
incluido EEUU, en un contexto que no tiene ya nada que ver con una implicación
militar sino en el de, libre de toda delimitación territorial, de la lucha
antiterrorista mundial. En ese contexto tan abstracto, esa definición puede
aplicarse a movimientos sociales o a acciones de desobediencia civil, en
realidad, a toda acción que cuestione la política del gobierno estadounidense o
de potencias aliadas. <BR><BR>Si, a la luz de la jurisprudencia del juicio Ex
Parte Quirin, se considera que es la naturaleza misma de sus actos la que hace
de la persona un enemigo combatiente, cabe por tanto concluir que, en el
contexto de la “Military Commissions Act”, es el carácter político de éstos el
que define a su autor como un enemigo. <BR><BR>Una persona puede también ser
calificada como combatiente ilegal por un Tribunal de Revisión del Estatuto de
Combatiente o por cualquier otro tribunal establecido bajo la autoridad del
Presidente o del Secretario de la Defensa. Alguien es enemigo combatiente no
porque sea sospechoso de haber cometido un acto o de tener la intención de
cometerlo sino únicamente porque es considerado como tal por el poder ejecutivo.
Una lectura rápida podría dejar suponer que sólo los extranjeros podrían verse
afectados por ese procedimiento, ya que los Tribunales de Revisión del Estatuto
de Comabtiente sólo se refieren a los no estadounidenses. Sin embargo, el texto
prevé la posibilidad de extender esa definición por parte de eventuales nuevos
tribunales administrativos y nada prohibe que éstos últimos afecten a los
nacionales.<BR><BR><STRONG>Legalización de las comisiones
militares</STRONG><BR><BR>La “Military Commissions Act” legaliza las comisiones
militares, esos tribunales militares especiales creados por la Executive Order
de 2001. Estaban destinados a juzgar a los extranjeros capturados en Afganistán,
contra los cuales no había el menor inicio de prueba que hubiera permitido
llevarlos ante una jurisdicción civil. Esa ley extiende la competencia de esos
tribunales a todos los extranjeros, incluidos los residentes en EEUU.
<BR><BR>Ese sistema reduce los derechos de la defensa a una piel de zapa. El
acusado no puede optar a un abogado. Ëste es un militar designado por el poder
ejecutivo. Esos tribunales practican una inversión de la carga de la prueba, Es
el acusado quien tiene que probar su inocencia, mientras que puede ser excluido
de determinadas fases de su proceso y no tiene acceso a todo el dossier,
especialmente a las “pruebas” dirigidas contra él, si esos elementos son
clasificados secretos. <BR><BR>Las comisiones militares pueden aceptar pruebas y
confesiones arrancadas mediante malos tratos. Si bien la tortura está
formalmente prohibida, “cierto grado de coerción” es permitido y es el
Presidente el encargado de fijar el nivel de dureza de los interrogatorios. Se
aceptan también “pruebas” obtenidas a base de confesiones, conseguidas en países
que practican la tortura. <BR><BR>La ley prevé un sistema formal de revisión de
los juicios ante un tribunal civil. El Tribunal de Casación del distrito de
Columbia es la única jurisdicción superior competente, pero está únicamente
autorizado a juzgar que el procedimiento seguido es conforme a ley. No hay
verificación de la veracidad de los hechos descritos por la acusación. Como ese
tribunal ha rechazado, el 20 de febrero de 2007 /11, toda posibilidad para los
presos de Guantánamo de poder impugnar su detención ante una jurisdicción civil,
esta última posibilidad formal de un control judicial está en adelante cerrada.
<BR><BR>La ley no concede a los detenidos el derecho a un juicio rápido, incluso
ante una jurisdicción miltiar. De esta forma, perpetua la posibilidad,
reconocida por la Patriot Act, de mantener en detención administrativa
indefinida a todo extranjero sospechoso de terrorismo.<BR><BR><STRONG>Un sistema
previsto para los nacionales</STRONG><BR><BR>Sólo los enemigos combatientes
ilegales extranjeros pueden ser conducidos ante las comisiones militares. Los
estadounidenses podrán hacer valer un recurso de Habeas Corpus ante una
jurisdicción civil.<BR><BR>Sin embargo, esa ley ha sido concebida para que esos
tribunales especiales puedan aplicarse igualmente a los nacionales. Así, entre
las infracciones que pueden ser juzgadas por una comisión militar, se encuentra
la que castiga a toda persona que “en una posición de juramento de fidelidad o
de deber hacia EEUU” /12, apoya intencionadamente acciones hostiles a EEUU o a
sus aliados. ¿Quién, aparte de un ciudadano estadounidense, puede encontrarse en
una posición de lealtad hacia EEUU? <BR><BR>Para caracterizar los delitos que
pueden ser juzgados por las comisiones militares, se encuentran definiciones que
atacan directamente a las luchas sociales, como la noción de ataque a una
propiedad protegida o la relativa al saqueo, transformando ambas una ocupación
ilegal en acción terrorista. El carácter directamente político de esos delitos
es también indicativo de la intención del gobierno de presentar a
estadounidenses ante esas comisiones. <BR><BR>La legalización de las comisiones
militares sólo se inscribe formalmente dentro de la tradición judicial
desarrollada en Occidente, la de un doble sistema jurídico: Estado de derecho
restringido para los nacionales y violencia pura para los extranjeros. El fin de
la administración es generalizar, al nivel del conjunto de la población, los
procedimientos que le permiten hacerse cargo de los extranjeros, torturarlos y
mantenerlos detenidos a voluntad. <BR><BR>El proyecto “Domestic Security
Enhancement Act of 2003”, conocido con el nombre de “Patriot II”, constituye la
tentativa precedente del gobierno para alcanzar ese objetivo. Tenía como fin
quitar la nacionalidad a los estadounidenses sospechosos de terrorismo y así
tratarlos como extranjeros. La “Military Commissions Act” no permite todavía
suprimir el Habeas Corpus para toda la población, pero poder considerar a todo
estadounidense como enemigo es un buen comienzo. <BR><BR><STRONG>Enemigo del
Imperio</STRONG> <BR><BR>La dolbe inserción, en el seno del derecho
estadounidense, de lo que estaba situado fuera del orden jurídico occidental, la
violencia pura y la guerra, supone un cambio radical de éste. La “Military
Commissions Act” procede a una mutación en la organización del Estado. Pone fin
a la separación formal de poderes dando poderes de magistrado, de forma
permanente, al Presidente. Crea un derecho puramente subjetivo que deja en manos
del poder ejecutivo. Este último puede calificar a cualquier persona como
enemigo, decidir la detención administrativa, de por vida, para cualquier
extranjero o, si decide juzgarlo, puede nombrar a los jueces militares, al
abogado y fijar el nivel de coacción de los interrogatorios. <BR><BR>Si la
“Military Commissions Act” empuja a todos los extranjeros, sospechosos de
terrorismo, dentro de un sistema que niega su derecho a disponer de sí mismos,
eso no afecta únicamente a las personas capturadas fuera del territorio
estadounidense, al igual que a los extranjeros residentes en EEUU, sino también,
por ejemplo, a cualquier habitante de la Unión Europea. En el marco de los
acuerdos de extradición firmados en junio de 2003 /13, cualquier residente de un
Estado miembro, sospechoso de terrorismo, podría ser entregado a las autoridades
estadounidenses y ser sometido al arbitrio del poder ejecutivo. Los acuerdos
establecidos con EEUU aceptan las leyes y las disposiciones de excepción de ese
país. EEUU tiene la capacidad de imponer sus propios criterios y sus
jurisdicciones especiales destinadas a juzgar a los extranjeros. Abandonando su
propia legalidad, los países europeos aceptan someter a sus residentes a esos
procedimientos. Esas medidas insertan a los europeos dentro del sistema
estadounidense de supresión de las garantías judiciales. Revelan así una
verdadera estructura imperial a través de la cual el ejecutivo estadounidense
tiene el poder de decidir la excepción y de hacer de ella la base de un nuevo
orden jurídico mundial. <BR><BR>Mientras el derecho internacional no es ya
respetado y la guerra es presentada como una operación policial, el derecho
penal estadounidense establece una nueva definición de la hostilidad que se
aplica a nivel mundial. La primera condena pronunciada por una comisión militar,
la del “talibán australiano” David Hicks, tuvo lugar el 27 de marzo de 2007.
Revela la capacidad de que dispone el ejecutivo de EEUU de hacer legitimar por
otras naciones su poder de suprimir el Habeas Corpus de cualquier no
estadounidense. Al aceptar que ese preso de Guantánamo pueda purgar su pena en
Austalia /14, el gobierno de ese país expresa su reconocimiento de hecho de las
comisiones militares, que violan tanto el Derecho Internacional como las
Constituciones estadounidense y australiana.<BR><BR>El gobierno australiano ha
estudiado también poner a David Hicks bajo control administrativo cuando haya
purgado su pena. Esta medida no está prevista por la sentencia adoptada por la
comisión miltiar. Una persona condenada por una jurisdicción de excepción
estadounidense entra en un sistema global de “no derecho”. <BR><BR>La “Military
Commissions Act” pone formalmente fin al modelo clásico del Estado occidental, a
esa forma de organización política que realizaba una “unidad política única y
pacificada en el interior, única y soberana en el exterior, en donde hace frente
a otras unidades soberanas” /15, tal como la define Carl Schmitt en La notion de
politique. Éste último había caracterizado así al Estado europeo por su
capacidad para establecer ”la tranquilidad, la seguridad y el orden” en el
interior y repeler la guerra al exterior. <BR><BR>En ruptura con esa forma de
Estado, las reformas emprendidas en el marco de la “guerra” contra el
terrorismo, confunden funciones de guerra y de policía. Las medidas de
vigilancia general aplican a los ciudadanos procedimientos que en el pasado
tenían que ver sólo con el contraespionaje. Los civiles, por elhecho de ser
simplemente sospechosos de terrorismo por la administración, son sometidos a
medidas de privación de libertad más restrictivas que las aplicadas a los
prisioneros de guerra. <BR><BR>La “Military Commissions Act” da todo su sentido
a las reformas existentes. Inscribiendo la noción de “enemigo combatiente
ilegal” dentro de un orden jurídico reconocido de hecho por los otros Estados,
esta ley pone a las poblaciones del mundo a merced del poder ejecutivo de EEUU.
La “Military Commissions Act” es un acto constituyente de una estructura
imperial que no distingue ya interior y exterior o, más bien, que da a esa
separación un carácter puramente subjetivo. El enemigo pierde todo carácter
objetivo, es un simple producto de la palabra del poder. Es el poder ejecutivo
de EEUU el que, al designar a otra persona como enemigo, le arrebata toda
protección jurídica y la coloca fuera de la nación estadounidense o fuera de la
“comunidad internacional”. <BR><BR>Es a esa estructura imperial a la que los
otros Estados entregan no sólo el poder de hacer la guerra sino también su
soberanía interna, el control de sus propios ciudadanos. Se puede aplicar así a
éstos el término utilizado por Alberto Gonzales para caracterizar a Afganistán:
“failed State(s)”.</DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify>* Sociólogo y autor de «Global War on Liberty» (de próxima
publicación en castellano), Paye participará en la Mesa redonda «El estado de la
democracia, los derechos y las libertades en la Unión Europea y el tratado de
Lisboa» que se celebrará mañana, viernes 28 de marzo de 2008, a las 19.30 horas
en el Salón de Actos del Ateneo de Madrid C/ Prado 21. En el acto, que
presenta Jaime Pastor, intervendrán también: Gerardo Pisarello (profesor derecho
constitucional en la UCB), Paloma García Picazo (profesora facultad de CC
políticas UNED) y Ricardo Gómez (Attac Madrid). <BR><BR></DIV>
<DIV align=justify><STRONG><U>Notas</U></STRONG></DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>1. Carl Schmitt, La notion de politique, p. 43, Chams
Flammarion, 1992<BR>2. Presidente G. W. Bush’s Military Order of November 13,
2001. http://www.law.uchicago.edu/ribunals/exec_order.html<BR>3.
http://www.utrechtlawreview.org/publish/articles/000003/article.pdf<BR>4.
http://www.defenselink.mil/news/Combattant_Tribunals.html<BR>5.
www.supremecourtus.gov/opinions/03-334.pdf<BR>6. Detenee Treatment Act of 2005,
December 31, 2005.<BR>7. U S Supreme Court, Ex Parte Quirin 317 U.S.
(1942)<BR>8. U S Supreme Court, Ex Parte Milligan 71 U.S. 2.<BR>9. S.3930
Military Commsissions act of 2006,
http://www.govtrack.us/data/us/bills.text/109/s/s/3930.pdf<BR>10. Supreme Court
of the United States, Hamdan v. Rumsfeld (nº 5-184),
http://www.supremecourts.gov/opinions/05pdf/05-184.pdf<BR>11. Josh White,
“Guantanamo Detainess Lose Appeal”, Washington Post, 21 de febrero de
2007<BR>12. Military Commissions Act of 2006, article 950v. (b)26<BR>13. Diario
Oficial de las Comunidades Europeas, L 181, 19/7/2003<BR>14. “Le tribunal
militaire de Guantanamo rend sa première condamnation », Le Monde, le
31/3/2007<BR>15. Carl Schmitt, La notion de politique, op. cit., p. 42</DIV>
<DIV align=justify>
<HR>
</DIV>
<DIV align=center><STRONG><FONT size=3><FONT color=#800000><FONT
size=4>Correspondencia de Prensa - Agenda Radical - Boletín
Solidario</FONT><BR>Ernesto Herrera (editor): </FONT></FONT></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><FONT
size=3>germain5@chasque.net</FONT></STRONG></A><BR><STRONG><FONT size=3><FONT
color=#800000>Edición internacional del Colectivo Militante - Por la Unidad de
los Revolucionarios<BR>Gaboto 1305 - Teléfono (5982) 4003298 - Montevideo -
Uruguay</FONT><BR></FONT></STRONG><A
href="mailto:Agendaradical@egrupos.net"><STRONG><FONT
size=3>Agendaradical@egrupos.net</FONT></STRONG></A></DIV>
<DIV align=justify>
<HR>
</DIV></FONT></BODY></HTML>