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<DIV align=center><STRONG><FONT size=4><EM>boletín solidario de información -
edición internacional</EM><BR><FONT color=#800000 size=5><U>Correspondencia de
Prensa</U><BR>Agenda Radical - Colectivo Militante</FONT><BR><U>14 de mayo
2009</U><BR>suscripciones y redacción: </FONT></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><FONT
size=4>germain5@chasque.net</FONT></STRONG></A><BR></DIV>
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<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Perú</FONT></STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG>Estado de Emergencia contra
indígenas <BR></STRONG></DIV></FONT>
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<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2><STRONG><FONT size=3>Bartolomé
Clavero *</FONT></STRONG> </FONT><BR></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial size=2><STRONG>ALAI</STRONG></FONT></DIV>
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<DIV align=justify><A
href="http://alainet.org/"><STRONG>http://alainet.org/</STRONG></A></DIV>
<DIV align=justify><BR><BR>El pasado miércoles seis de mayo el Consejo Directivo
Nacional de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana
(AIDESEP) hizo público un pronunciamiento denunciando que el Gobierno ha
emprendido la política de “agredir sin miramientos”. La respuesta gubernamental
ha venido a confirmar el motivo de la denuncia. El viernes ocho se acuerda, el
sábado nueve se publica y el domingo diez entra en vigor un Decreto Supremo de
la Presidencia del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Defensa,
la Ministra del Interior, la Ministra de Justicia y el Ministro de Energía y
Minas, decretando el Estado de Emergencia en diversos distritos de los
Departamento de Cusco, Ucayali, Loreto y Amazonas, las zonas indígenas donde se
desarrolla una fuerte movilización desde hace un mes.</FONT></DIV></DIV><FONT
face=Arial size=2>
<DIV align=justify><BR>El decreto de declaración de tal estado de excepción
explica en un enfático preámbulo que las actividades de las empresas extractoras
que operan en los territorios indígenas del caso son de “interés público” al
tiempo que guarda el más clamoroso silencio sobre los derechos de los pueblos
que los habitan desde tiempos anteriores a la presencia no sólo de las empresas,
sino también del Estado peruano mismo. El pronunciamiento de la AIDESEP se
refiere a esto segundo: “En nuestros territorios no hemos consentido la
presencia de empresa alguna, por no haber sido consultados de conformidad con lo
que disponen las normas internacionales como el Convenio 169-OIT y la
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
del mundo”. No sólo se trata de una presencia humana, sino también del derecho
que le corresponde a ser consultada conforme al ordenamiento internacional de
los derechos humanos.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En concreto, la movilización indígena, movilización que
viene desarrollándose en las últimas semanas y que la declaración del estado de
excepción intenta doblegar, reclama la derogación de nueve decretos extremamente
lesivos para indígenas que se aprobaron sin consulta bajo la cobertura forzada
de las facultades extraordinarias conferidas por el Congreso al Gobierno para
“facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados
Unidos”. El primero quedó habilitado durante buena parte del año pasado para
promulgar decretos con pleno valor de ley sin control ninguno del Congreso, lo
que se aprovechó para dictar unos cuantos contra los derechos de los pueblos
indígenas, unos derechos que el propio Gobierno está comprometido
internacionalmente a reconocer y garantizar.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En realidad eran once los decretos especialmente lesivos
para indígenas, pero la movilización de hace diez meses ya condujo a la
derogación de los dos peores. Para dirimir el problema de los restantes, a
continuación se organizó en el Congreso una Comisión Multipartidaria Encargada
de Estudiar y Recomendar la Solución a la Problemática de los Pueblos Indígenas.
En diciembre pasado emitió su Informe sobre los Decretos Legislativos vinculados
a los Pueblos Indígenas promulgados por el Poder Ejecutivo en virtud de la
habilitación dicha. Su recomendación fue la de que se tomara seriamente en
consideración la derogación de todo ese manojo de decretos “por ser contrarios
al orden constitucional referido a las comunidades campesinas y nativas, así
como al derecho a la identidad étnica y cultural, y a la aplicación e
interpretación de tratados”, como principalmente el mencionado Convenio 169, el
Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y
Tribales en Países Independientes. </DIV>
<DIV align=justify><BR>Frente a la misma posición favorable a acordar la
legislación con la Constitución y el derecho internacional, posición que ha
venido ganando terreno en el seno del Congreso, el Gobierno ha impedido hasta
hoy que se proceda a dicho reajuste del ordenamiento peruano. La AIDESEP ha
propuesto la formación de una Mesa de Diálogo entre partes a la que el Gobierno
ha respondido con el Estado de Emergencia o, mejor dicho, con las agresiones
“sin miramientos” que se comenzaron a acometer sin la cobertura de dicha
declaración de excepción y así atropellando la Constitución no sólo en cuanto al
reconocimiento de derechos indígenas, sino también respecto a las garantías de
las libertades más elementales. La declaración de emergencia se vale de la
Constitución, que es todavía la fujimurista, para permitir el atropello de todo
derecho de personas, comunidades y pueblos indígenas en las zonas que se
especifican.</DIV>
<DIV align=justify><BR>El decreto de declaración de la excepción activa la
previsión del inciso primero del artículo 137 de la Constitución, conforme al
cual, para el “caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe
o de graves circunstancias que afectan la vida de la Nación”, “dando cuenta al
Congreso” y sin necesidad de su consentimiento, “puede restringirse o
suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la
libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la
libertad de reunión y de tránsito en el territorio” durante el término máximo de
sesenta días, prorrogables mediante nuevo decreto, sin más cautela sustancial
que la de que “en ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie”. El Gobierno
no se contenta además con restringir, sino que suspende en su totalidad tales
derechos para “la ejecución de acciones inmediatas” de un carácter encima
militar. Imagínese lo que puede hacerse con todo esto frente a indígenas bajo la
presión de las empresas extractoras.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Alberto Pizango, presidente de la AIDESEP, ha
descalificado la medida como “una clara provocación y una alta agresión por
parte de las empresas transnacionales que obedece el Gobierno peruano”. No es un
juicio de intenciones. El decreto de excepción es transparente. Todo su
preámbulo se dedica a exaltar el interés público de las empresas extractivas que
están topando con una fuerte resistencia indígena en nombre, en cambio, de los
derechos. Así de claro se plantea el conflicto por parte del propio Gobierno:
intereses contra derechos.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG><U>Nota</U></STRONG></DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>Para antecedentes, pueden verse las entradas “Nación Camba,
Pueblos Indígenas y Derecho Internacional en el Perú” (5/I/2009) y “Enredo
normativo y derechos indígenas en el Perú” (4/III/2009).<BR></DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>* Bartolomé Clavero es Miembro del Foro Permanente de
Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas (<A
href="http://clavero.derechosindigenas.org">http://clavero.derechosindigenas.org</A>)
</DIV>
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<HR>
</DIV>
<DIV align=center><STRONG><FONT size=3><FONT color=#800000
size=4>Correspondencia de Prensa</FONT><BR>boletin solidario de información -
edición internacional<BR></FONT></STRONG><A
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size=3>germain5@chasque.net</FONT></STRONG></A><BR><STRONG><FONT size=3><FONT
color=#800000 size=4>Agenda Radical - Colectivo
Militante</FONT><BR></FONT></STRONG><A
href="mailto:Agendaradical@egrupos.net"><STRONG><FONT
size=3>Agendaradical@egrupos.net</FONT></STRONG></A><BR><STRONG><FONT
size=3>Gaboto 1305 - Teléf: (5982) 4003298 - Montevideo -
Uruguay</FONT></STRONG><BR></DIV>
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