<!DOCTYPE HTML PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4.0 Transitional//EN">
<HTML><HEAD>
<META http-equiv=Content-Type content="text/html; charset=iso-8859-1">
<META content="MSHTML 6.00.6002.18226" name=GENERATOR>
<STYLE></STYLE>
</HEAD>
<BODY bgColor=#ffffff background=""><FONT face=Arial size=2>
<DIV align=justify>
<HR>
</DIV>
<DIV align=center><STRONG><FONT size=4><U>boletín solidario de
información<BR></U><FONT color=#800000 size=5>Correspondencia de Prensa</FONT>
<BR><U>30 de abril 2010</U><BR><FONT color=#800000 size=5>Colectivo Militante -
Agenda Radical</FONT><BR>Gaboto 1305 - Montevideo - Uruguay<BR>redacción y
suscripciones: </FONT></STRONG><A
href="mailto:germain5@chasque.net"><STRONG><FONT
size=4>germain5@chasque.net</FONT></STRONG></A></DIV>
<DIV align=justify>
<HR>
</DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Debates</FONT></STRONG></DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3></FONT></STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Hacia la Declaración Universal de los
Derechos de la Naturaleza<BR></DIV></FONT></STRONG></FONT>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG><FONT
size=2></FONT></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG><FONT size=2>Alberto Acosta
<BR>Alai<BR></FONT></STRONG><A href="http://alainet.org/"><STRONG><FONT
size=2>http://alainet.org/</FONT></STRONG></A></FONT></DIV><FONT face=Arial
size=2>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>La compleja construcción de un proyecto de vida
en común</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>Toda Constitución sintetiza un momento histórico. En toda
Constitución se cristalizan procesos sociales acumulados. Y en toda Constitución
se plasma una determinada forma de entender la vida. Una Constitución, sin
embargo, no hace a una sociedad. Es la sociedad la que elabora la Constitución y
la adopta casi como una hoja de ruta. Una Constitución, más allá de su indudable
trascendencia jurídica, es ante todo un proyecto político de vida en común, que
debe ser puesto en vigencia con el concurso activo de la sociedad.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Desde esta perspectiva, la Constitución ecuatoriana
-construida colectivamente en los años 2007 y 2008-, fiel a las demandas
acumuladas en la sociedad, consecuente con las expectativas creadas, responsable
con los retos globales, se proyecta como medio e incluso como un fin para dar
paso a cambios estructurales. En su contenido afloran múltiples definiciones
para impulsar transformaciones de fondo, a partir de propuestas construidas a lo
largo de muchas décadas de resistencias y de luchas sociales. Transformaciones,
muchas veces, imposibles de aceptar (e inclusive de entender) por parte de los
constitucionalistas tradicionales y de quienes a la postre ven como sus
privilegios están en peligro. Una de esas “novedades” se plasma en los Derechos
de la Naturaleza.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>La Naturaleza en el centro del
debate</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>La acumulación material -mecanicista e interminable de
bienes-, apoltronada en “el utilitarismo antropocéntrico sobre la Naturaleza”-
al decir del uruguayo Eduardo Gudynas-, no tiene futuro. Los límites de los
estilos de vida sustentados en esta visión ideológica del progreso son cada vez
más notables y preocupantes. No se puede seguir asumiendo a la Naturaleza como
un factor de producción para el crecimiento económico o como un simple objeto de
las políticas de desarrollo.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Esto nos conduce a aceptar que la Naturaleza, en tanto
término conceptualizado por los seres humanos, debe ser reinterpretada y
revisada íntegramente. Para empezar la humanidad no está fuera de la Naturaleza.
La visión dominante, incluso al definir la Naturaleza sin considerar a la
humanidad como parte integral de la misma, ha abierto la puerta para dominarla y
manipularla. Se le ha transformado en recursos o en “capital natural” a ser
explotados. Cuando, en realidad, la Naturaleza puede existir sin seres
humanos…</DIV>
<DIV align=justify><BR>En este punto hay que rescatar las dimensiones de la
sustentabilidad. Esta exige una nueva ética para organizar la vida misma. Un
paso clave, los objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes de
funcionamiento de los sistemas naturales, sin perder de vista el respeto a la
dignidad humana y la mejoría de la calidad de vida de las personas.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Un proceso histórico de ampliación de los
derechos</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>A lo largo de la historia, cada ampliación de los
derechos fue anteriormente impensable. La emancipación de los esclavos o la
extensión de los derechos civiles a los afroamericanos, a las mujeres y a los
niños fueron una vez rechazadas por los grupos dominantes por ser consideradas
como un absurdo. Para la abolición de la esclavitud se requería que se reconozca
“el derecho de tener derechos”, lo que exigía un esfuerzo político para cambiar
aquellas leyes que negaban esos derechos. Para liberar a la Naturaleza de esta
condición de sujeto sin derechos o de simple objeto de propiedad, es entonces
necesario un esfuerzo político que reconozca que la Naturaleza es sujeto de
derechos. Este aspecto es fundamental si aceptamos que todos los seres vivos
tienen el mismo derecho ontológico a la vida.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Esta lucha de liberación es, ante todo, un esfuerzo
político que empieza por reconocer que el sistema capitalista destruye sus
propias condiciones biofísicas de existencia. Dotarle de Derechos a la
Naturaleza significa, entonces, alentar políticamente su paso de objeto a
sujeto, como parte de un proceso centenario de ampliación de los sujetos del
derecho. Si se le aseguran derechos a la Naturaleza se consolida el “derecho a
la existencia” de los propios seres humanos, como anotaba en 1988 el jurista
suizo Jörg Leimbacher.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Del actual antropocentrismo debemos transitar, al decir
de Gudynas, al biocentrismo. Esto implica organizar la economía preservando la
integridad de los procesos naturales, garantizando los flujos de energía y de
materiales en la biosfera, sin dejar de preservar la biodiversidad.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Estos planteamientos ubican con claridad por donde
debería marchar la construcción de una nueva forma de organización de la
sociedad. Pero, no será fácil. Sobre todo en la medida que éstas afectan los
privilegios de los círculos de poder nacionales y transnacionales, estos harán
lo imposible para tratar de detener este proceso. Esta reacción,
lamentablemente, también se nutre de algunas acciones y decisiones del gobierno
de Rafael Correa, quien alentó con entusiasmo el proceso constituyente y la
aprobación popular de la Constitución de Montecristi, pero que con algunas de
las leyes aprobadas posteriormente, por ejemplo la Ley de Minería o la Ley de
Soberanía Alimentaria, sin dar paso a la conformación del Estado plurinacional,
en una suerte de contrarevolución legal, atenta contra varios de los principios
constitucionales.<BR></DIV>
<DIV align=justify><STRONG>Una declaración pionera a nivel
mundial</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>Al reconocer a la Naturaleza como sujeto de derechos, en
la búsqueda de ese necesario equilibrio entre la Naturaleza y las necesidades y
derechos de los seres humanos, enmarcados en el principio del Buen Vivir, se
supera la clásica versión jurídica. Y para conseguirlo nada mejor que
diferenciar los Derechos Humanos de los Derechos de la Naturaleza, tal como lo
plantea Gudynas.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En los Derechos Humanos el centro está puesto en la
persona. Se trata de una visión antropocéntrica. En los derechos políticos y
sociales, es decir de primera y segunda generación, el Estado le reconoce a la
ciudadanía esos derechos, como parte de una visión individualista e
individualizadora. En los derechos económicos, culturales y ambientales,
conocidos como derechos de tercera generación, se incluye el derecho a que los
seres humanos gocen de condiciones sociales equitativas y de un medioambiente
sano y no contaminado. Se procura evitar la pobreza y el deterioro
ambiental.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Los derechos de primera generación se enmarcan en la
visión clásica de la justicia: imparcialidad ante la ley, garantías ciudadanas,
etc. Para cristalizar los derechos económicos y sociales se da paso a la
justicia re-distributiva o justicia social, orientada a resolver la pobreza. Los
derechos de tercera generación configuran, además, la justicia ambiental, que
atiende sobre todo demandas de grupos pobres y marginados en defensa de la
calidad de sus condiciones de vida afectada por destrozos ambientales. En estos
casos, cuando hay daños ambientales, los seres humanos pueden ser indemnizados,
reparados y/o compensados.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En los Derechos de la Naturaleza el centro está puesto en
la Naturaleza. Esta vale por sí misma, independientemente de la utilidad o usos
del ser humano, que forma parte de la Naturaleza. Esto es lo que representa una
visión biocéntrica. Estos derechos no defienden una Naturaleza intocada, que nos
lleve, por ejemplo, a dejar de tener cultivos, pesca o ganadería. Estos derechos
defienden mantener los sistemas de vida, los conjuntos de vida. Su atención se
fija en los ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. Se puede
comer carne, pescado y granos, por ejemplo, mientras me asegure que quedan
ecosistemas funcionando con sus especies nativas.</DIV>
<DIV align=justify><BR>A los Derechos de la Naturaleza se los llama derechos
ecológicos para diferenciarlos de los derechos ambientales de la opción
anterior. En la nueva Constitución ecuatoriana -no así en la boliviana- estos
derechos aparecen en forma explícita como Derechos de la Naturaleza, así como
derechos para proteger las especies amenazadas y las áreas naturales o restaurar
las áreas degradadas. También es trascendente la incorporación del término Pacha
Mama, como sinónimo de Naturaleza, en tanto reconocimiento de interculturalidad
y plurinacionalidad.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En este campo, la justicia ecológica pretende asegurar la
persistencia y sobrevivencia de las especies y sus ecosistemas, como redes de
vida. Esta justicia es independiente de la justicia ambiental. No es de su
incumbencia la indemnización a los humanos por el daño ambiental. Se expresa en
la restauración de los ecosistemas afectados. En realidad se deben aplicar
simultáneamente las dos justicias: la ambiental para las personas, y la
ecológica para la Naturaleza.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Siguiendo con las reflexiones de Gudynas, los Derechos de
la Naturaleza necesitan y a la vez originan otro tipo de definición de
ciudadanía, que se construye en lo social pero también en lo ambiental. Estas
ciudadanías son plurales, ya que dependen de las historias y de los ambientes,
acogen criterios de justicia ecológica que superan la visión tradicional de
justicia. [1]</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>La proyección de los Derechos de la
Naturaleza</STRONG> </DIV>
<DIV align=justify><BR>De los Derechos de la Naturaleza, asumidos en la
Constitución ecuatoriana, se derivan decisiones trascendentales. Uno clave tiene
que ver con procesos de desmercantilización de la Naturaleza, como han sido la
privatización del agua, así como de sus sistemas de distribución y
abastecimiento. Igualmente se exige la eliminación de criterios mercantiles para
utilizar los servicios ambientales. La restauración integral de los ecosistemas
degradados es otro de los pasos revolucionarios adoptados.</DIV>
<DIV align=justify><BR>La soberanía alimentaria se transforma en eje conductor
de las políticas agrarias e incluso de recuperación del verdadero patrimonio
nacional: su biodiversidad. Incluso se reclama la necesidad de conseguir la
soberanía energética, sin poner en riesgo la soberanía alimentaria o el
equilibrio ecológico.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Si aceptamos que es necesaria una nueva ética para
reorganizar la vida en el planeta, resulta indispensable agregar a la justicia
social y la justicia ambiental, la justicia ecológica. En otras palabras, los
Derechos Humanos se complementan con los Derechos de la Naturaleza, y
viceversa.</DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>De los Andes al mundo</STRONG></DIV>
<DIV align=justify><BR>El mandato de los Derechos de la Naturaleza nos invita a
pensar y realizar una integración regional de nuevo cuño. Y desde esta
perspectiva, desde Nuestra América habrá que levantar la tesis de una pronta
Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, compromiso que podrá
encontrar un espaldarazo en el marco de la Conferencia Mundial de los Pueblos
sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, convocada por el
presidente Evo Morales.</DIV>
<DIV align=justify><BR>Nuestra responsabilidad es grande y compleja. Al tiempo
que condenamos los sistemas y las prácticas depredadoras forjadas en el
capitalismo metropolitano, debemos condenar por igual y superar las diversas
formas de extractivismo que consolidan la sumisión de nuestros países en el
mercado mundial, en tanto productores y exportadores de materias primas. Este
extractivismo, para nada superado en nuestros países, seguirá hundiendo en la
miseria a los pueblos y agravando los problemas ambientales.</DIV>
<DIV align=justify><BR>En suma, está en juego el Buen Vivir (sumak kausay o suma
qamaña), relacionado estrechamente con los Derechos de la Naturaleza. Estos
derechos, sumados a los Derechos Humanos, nos conminan a construir
democráticamente sociedades sustentables. Y esas sociedades se lograrán a partir
de ciudadanías plurales pensadas también desde lo ambiental, en las que el ser
humano y las diversas colectividades de seres humanos coexistan en armonía con
la Naturaleza.</DIV>
<DIV align=justify><BR>5 de abril del 2010<BR></DIV>
<DIV align=justify><STRONG><U>Notas</U></STRONG><BR></DIV>
<DIV align=justify>[1] Gudynas denomina a estas ciudadanías como
“meta-ciudadanias ecológicas”.<BR>
<HR>
</FONT></DIV></BODY></HTML>