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name="Compose message area"><FONT size=2 face=Arial>
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<HR>
</DIV>
<DIV align=center><STRONG><FONT size=4><U>boletín solidario de
información</U><BR><FONT color=#800000 size=5>Correspondencia de
Prensa<BR></FONT><U>12 de abril 2013</U><BR><FONT color=#800000 size=5>Colectivo
Militante - Agenda Radical</FONT><BR>Montevideo - Uruguay<BR>redacción y
suscripciones: <A
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href="mailto:germain5@chasque.net">germain5@chasque.net</A></FONT></STRONG><A
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size=4></FONT></STRONG></A></DIV>
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<HR>
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<DIV align=justify><STRONG><FONT size=3>Brasil</FONT></STRONG></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT face=Arial><STRONG></STRONG></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=2 face=Arial><STRONG><FONT size=3>La nueva Guardia
Pretoriana de Dilma Rousseff</FONT></STRONG> <BR></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT size=2 face=Arial></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=2 face=Arial></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=2 face=Arial><STRONG>João Rafael
Diniz *<BR>Correio da Cidadania<BR></STRONG><A
title="http://www.correiocidadania.com.br/ CTRL + clic para seguir el vínculo"
href="http://www.correiocidadania.com.br/"><STRONG
title="http://www.correiocidadania.com.br/ CTRL + clic para seguir el vínculo">http://www.correiocidadania.com.br/</STRONG></A></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT size=2 face=Arial><STRONG>Traducción de Correspondencia
de Prensa</STRONG></FONT></DIV><FONT size=2 face=Arial>
<DIV align=justify><BR><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2
face=Arial></FONT></FONT> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2
face=Arial>Instituida</FONT> <FONT size=2 face=Arial>por César Augusto, primero
de los grandes emperadores de Roma, la Guardia Pretoriana fue un cuerpo militar
especial, diferenciado de las legiones romanas ordinarias, que sirvió a los
intereses personales de los emperadores y a la seguridad de sus familias. Estaba
formada por hombres con experiencia, reclutados entre los legionarios del
ejército romano, que demostrasen mayor habilidad e inteligencia en el campo de
batalla. En su largo período de existencia (más de tres siglos), la Guardia se
movilizó para garantizar la estabilidad interna de los diversos emperadores,
reprimiendo sublevaciones populares y realizando incursiones asesinas en
nombre de la gobernabilidad del imperio. </FONT></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri></FONT> </DIV>
<DIV align=justify>Pasó casi desapercibido, sin embargo, hace algunas semanas,
que la presidencia de la República publicó en el Diario Oficial el decreto
Nº 7.957/2013, que, entre otros, alteró el decreto de creación de la Fuerza
Nacional de Seguridad Pública. A partir de allí, el Ejecutivo pasó a contar con
su propia fuerza policial, que puede ser enviada y "aplicada" en cualquier
región del país a su gusto y voluntad. </DIV>
<DIV align=justify><BR><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>En un
primer análisis,</FONT> <FONT size=2 face=Arial>llamó la efensa civilatención de
algunos periodistas y profesionales de la causa ambiental la creación de la
"Compañía de Operaciones Ambientales de la Fuerza Nacional de Seguridad
Pública". Esa nueva división operativa de la Fuerza Nacional tendrá por
atribuciones: apoyar acciones de fiscalización ambiental, actuar en la
prevención a crímenes ambientales, ejecutar tareas de defensa civil, auxiliar en
la investigación de crímenes ambientales y, finalmente, "prestar auxilio a la
realización de relevamientos y laudos técnicos sobre impactos ambientales
negativos". </FONT></FONT></DIV><FONT size=3 face=Calibri></FONT>
<DIV align=justify><BR><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>No es
necesario recordar que una de las noticias más importantes</FONT> <FONT size=2
face=Arial>de la semana, pasada fue el envío de tropas militares de la Fuerza
Nacional de Seguridad Pública a los municipios de </FONT></FONT>
Itaituba y Jacareacanga, en el sudeste del estado de Pará. El objetivo de
la incursión militar, solicitada por el ministro de Minas y Energía, Edison
Lobão, es exactamente "apoyar" (léase: garantizar por la fuerza) el trabajo de
80 técnicos contratados por la Eletronorte para
los relevamientos de campo necesarios a la elaboración del Estudio de
Impacto Ambiental de los proyectos de excavación del río Tapajós, para
fines de aprovechamiento hídrico (construcción de hidroeléctricas, por lo menos
siete de ellas). </DIV>
<DIV align=justify><BR><STRONG>Inconstitucionalidad</STRONG><BR> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>La
creación</FONT> <FONT size=2 face=Arial>de esa compañía especial, seguida de la
operación de guerra que invadió tierras, inclusive áreas de caza de las aldeas
indígenas del pueblo </FONT></FONT>Munduruavación ku, acabó por oscurecer
otra pequeña alteración efectuada por la presidencia en el acto de creación de
la Fuerza Nacional (decreto 5.289/2004), más precisamente sobre la
legitimidad para solicitar el auxilio de esa tropa. </DIV><FONT size=3
face=Calibri></FONT>
<DIV align=justify><BR>El art. 4º del decreto original tenía la siguiente
redacción: <BR> <BR>"Art. 4º - La Fuerza Nacional de Seguridad Pública
podrá ser empleada en cualquier parte del territorio nacional, mediante
solicitud expresa del respectivo gobernador de estado o del Distrito
Federal."<BR> <BR>Después de la alteración, entra en vigor así:</DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>"Art. 4º - La Fuerza Nacional de Seguridad Pública podrá ser
empleada en cualquier parte del territorio nacional, mediante la solicitud
expresa del respectivo gobernador de estado, del Distrito Federal o del ministro
de Estado."</DIV><FONT size=3 face=Calibri></FONT>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri></FONT><FONT size=3
face=Calibri></FONT><BR><FONT face=Calibri><FONT face=Arial>La inclusión</FONT>
<FONT face=Arial>de esas cinco palabras mágicas al final del artículo 4º acabó
por subvertir por completo la razón de ser del decreto y, de paso, burló las
determinaciones de la Constitución Federal sobre la repartición de
responsabilidades entre los entes de la Federación (municipios, estados y
Unión), lo que puede ser considerado inclusive como la quiebra del pacto
federativo. A partir de ahora, cualquier ministro de Estado (todos subordinados
a la presidencia) puede solicitar al Ministerio de Justicia el empleo de la
Fuerza Nacional de Seguridad Pública en cualquier parte del país, para defender
los intereses del gobierno federal, sin la necesidad de alguna autorización
judicial, ni siquiera del acuerdo del gobierno estadual en cuestión.
</FONT></FONT></DIV>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri></FONT> </DIV>
<DIV align=justify>Para entender mejor la gravedad de la situación, es
preciso tener en mente que la Fuerza Nacional de Seguridad Pública no es una
policía, sino un "programa de cooperación federativa" (art. 1º del
decreto), al cual pueden adherir libremente los gobiernos estaduales, y cuyo
objetivo es la "preservación del orden público y de la incolumidad de las
personas y del patrimonio" en situaciones excepcionales en que las policías
militares de los estados necesiten, y pidan, el apoyo de tropas venidas de otros
estados. Esto porque la Constitución Federal determina que la responsabilidad
por la "policía ostensiva y la preservación del orden público" es de las
policías militares de los estados, subordinadas a los respectivos gobernadores.
(art. 144, §§ 4º y 5º). La Unión tiene dos responsabilidades: intervención
federal en el estado (art. 34) o decreto de estado de defensa (art.
136), ambas situaciones excepcionales de garantía de la seguridad e integridad
nacionales, en que serán accionadas las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina,
Aeronáutica). </DIV>
<DIV align=justify><BR><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>La
clave para comprender el cambio es que, hasta el mes pasado, era preciso la
"solicitud expresa del respectivo gobernador de estado o del Distrito Federal"
para motivar el envío de la Fuerza Nacional de Seguridad Pública a cualquier
parte del país, pues se trata esencialmente de un programa de cooperación
federativa entre los estados y la Unión. </FONT></FONT></DIV>
<DIV align=justify><BR><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>Ya
no.</FONT> <FONT size=2 face=Arial>La reciente alteración
del </FONT></FONT> art. 4º del decreto 5.289/2004, transformó a la
Fuerza Nacional de Seguridad Pública en una nueva Guardia Pretoriana de la
presidenta Dilma Rousseff. </DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify>Se retiró de las manos de los estados la responsabilidad por
la policía ostensiva y preservación del orden público en los lugares, para que
sean los ministros quienes entiendan cuando sea más conveniente la actuación de
una fuerza controlada por el Gobierno Federal. Ese contingente de represión
podrá ser usado contra las poblaciones afectadas por las diversas obras de
interés del gobierno, que luchan por el derecho a ser escuchadas sobre los
impactos de esos proyectos en su propias vidas y en el derecho a una vida digna,
tal cual viene ocurriendo con los ribereños e indígenas del río Tapajós. </DIV>
<DIV align=justify> </DIV>
<DIV align=justify><FONT size=3 face=Calibri><FONT size=2 face=Arial>No por
casualidad,</FONT> <FONT size=2 face=Arial>esa profunda alteración en el
carácter de la Fuerza Nacional fue llevada a cabo sin mayores alardes, en el
cuerpo de un decreto que trataba de otros asuntos. La inconstitucionalidad del
acto es evidente, viola una serie de reglas y principios constitucionales,
además de atentar contra el propio pacto federativo, uno de los pocos pilares de
la joven república brasilera. </FONT></FONT><BR> <BR>* João Rafael
Diniz es abogado y miembro del grupo Tortura Nunca Mais - Sao Paulo.</DIV>
<DIV align=justify>
<HR>
</DIV>
<DIV align=justify><BR></DIV></FONT></BODY></HTML>