Uruguay/ el discreto encanto de la fisiocracia [Gabriel Oyhantçabal]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Dom Oct 18 14:18:32 UYT 2015


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Correspondencia de Prensa

boletín informativo – 18 de octubre 2015

germain5 en chasque.net

A l’encontre – La Breche

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Uruguay

El discreto encanto de la fisiocracia 

Volvió al ruedo la polémica en torno a la presión tributaria sobre el sector
agropecuario de la mano de la ley de presupuesto, como resultado del acuerdo
entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de Intendentes para derogar la
exoneración del 18 por ciento en la contribución inmobiliaria rural.

Gabriel Oyhantçabal *

Brecha, Montevideo, 16-10-2015

http://brecha.com.uy/

“Toda ciencia sería superflua si la forma de manifestación y la esencia de
las cosas coincidiesen directamente.” Karl Marx, El capital, libro III.

En las últimas semanas volvió al ruedo la polémica en torno a la presión
tributaria sobre el sector agropecuario, de la mano del artículo 628 de la
ley de presupuesto (2015-2019), como resultado del acuerdo entre el Poder
Ejecutivo y el Congreso de Intendentes para derogar la exoneración del 18
por ciento en la contribución inmobiliaria rural (Cir), cuyos fondos se
destinarían a caminería rural. El mentado artículo deroga el 448 de la ley
de presupuesto (17.296) de Jorge Batlle, que fuera parte de las medidas que
en plena crisis económica redujeron la carga tributaria sobre el agro. Lo
interesante es que las intendencias no dejaron de recibir ese monto, que fue
compensado con partidas provenientes de Rentas Generales que, en tiempos del
último Batlle, provinieron de los impuestos al consumo (Iva y Cofis). Además
de la reducción en las tasas efectivas de la Cir, para paliar la crisis
también se eliminó el impuesto al patrimonio rural (restablecido con un
nuevo formato en 2013) y se eliminaron los aportes patronales (restablecidos
con la reforma tributaria de 2007).

Como era de esperar, la propuesta rápidamente levantó polvareda y, uno tras
otro, diversos actores sociales y políticos se pronunciaron sobre el tema.
En primera fila estuvo la Asociación Rural del Uruguay, que en su ponderado
discurso de la Expo Prado puso el grito en el cielo y le exigió al gobierno
que cumpla su promesa de no introducir nuevos impuestos. Luego fue el turno
del Herrerismo, que, cual reflejo pavloviano, cerró filas con el
empresariado rural dejando en offside a los intendentes blancos y al
larrañaguismo, que veían en los nuevos fondos el oxígeno necesario para
hacer obra pública. Finalmente le tocó al Frente Amplio, que dividió
posiciones entre el Frente Liber Seregni (Fls), que señaló lo inapropiado de
gravar el ingreso de los terratenientes al tiempo que Danilo Astori se
desentendía de la propuesta, y el resto de los sectores, que al final
lograron que, al menos en Diputados, el artículo sobreviviera.

¿Qué es y cuánto representa? 

La Cir es uno de los seis tributos directos1 que gravan al agro y su
recaudación va al erario de las intendencias departamentales. Grava con una
tasa de 1,25 por ciento (menos 18 por ciento) el valor catastral de la
tierra, un monto fijado administrativamente que explica su importante
desfase con el precio de mercado: en la actualidad unas siete veces por
debajo.

No se trata de un tributo irrelevante. Entre 1996 y 2014 representó entre el
22,5 y el 38 por ciento de la presión tributaria total sobre el agro, no
obstante lo cual su peso proporcional ha tendido a caer, al punto que en
2014 llegó a su escalón más bajo (22,5 por ciento). Esto en un escenario
donde desde 2005 la presión tributaria sobre el agro oscila entre 6,5 y 7,5
por ciento de su Pbi sectorial.

Utilizando las cifras de recaudación de 2014 se puede ejemplificar la
magnitud absoluta y relativa que tendría la aprobación del artículo 628. Ese
año por concepto de Cir el Estado recaudó 71,3 millones de dólares. Sin la
exoneración del 18 por ciento se hubieran recaudado 87 millones de dólares,
es decir, 15,7 millones más. Este monto hubiera elevado la recaudación total
proveniente del agro un 4,9 por ciento, pasando de 318 a 333,7 millones de
dólares, incrementando así la presión tributaria de 7,1 por ciento a 7,45
por ciento.

Al igual que sucedió en los debates en torno al malogrado impuesto a la
concentración de inmuebles rurales (Icir) aprobado en 2011 y derogado en
2013, al impuesto al patrimonio rural (Ipat) aprobado en 2013, y al impuesto
de Enseñanza Primaria restablecido para padrones rurales en julio de este
año, y que se estima recaudará en el entorno de 20 millones de dólares, la
primera y casi única reacción de los representantes sociales y políticos de
la burguesía rural fue el rechazo frontal a las iniciativas tributarias, con
el argumento de que el gobierno estaba “matando la gallina de los huevos de
oro”. Para variar, faltaron a la cita consideraciones sobre magnitudes
absolutas y relativas de los tributos agropecuarios, sobre beneficios
obtenidos en tiempos de crisis y sobre precios y ganancias extraordinarias.

Lo interesante es que el hilo rojo que une a estos cuatro tributos es que
afectan los beneficios derivados del monopolio privado (propiedad) de la
tierra: la renta del suelo. Ninguno de ellos afecta las ganancias derivadas
del adelanto de capital del cual viven los sujetos que solemos llamar
empresarios. Para ser más claros, un empresario que arrienda el campo donde
produce no paga estos impuestos (a no ser que los dueños de la tierra logren
transferir impuestos vía precio de arrendamiento), así como los productores
de pequeña escala, en su gran mayoría, tampoco abonan estos tributos.2

El secreto de la renta

Una de las formas específicas de apropiación del excedente producido
socialmente es la renta del suelo. Ésta resulta del hecho de que la tierra
es un medio de producción finito, monopolizable y heterogéneo que impone a
los capitalistas la necesidad de cederle al terrateniente una parte de la
plusvalía de que se apropian si quieren producir mercancías agrarias. Como
los capitalistas se guían por la ganancia media que obtienen por sus
capitales, no es posible que la renta de la tierra surja del retorno
promedio que obtienen de su actividad. En ese caso, abandonarían la
actividad. En este sentido, la renta de la tierra sólo puede surgir de la
plusvalía generada en otras ramas de la economía, que es transferida al
sector agropecuario a través del precio de las mercancías que venden.

Por eso la renta de la tierra es una porción de la plusvalía altamente
disputable, en particular por el Estado, ya que supone una ganancia
extraordinaria que de ser distribuida no afecta las condiciones normales de
ganancia. Esta disputa se agudiza cuando el volumen de renta se modifica.
Pensemos, si no, en las encarnizadas peleas en torno a la renta durante las
primeras siete décadas del siglo XX, o en los últimos 15 años, cuando a raíz
de la expansión del volumen de renta ligado a los altos precios de los
commodities producidos en Uruguay el gobierno intentó apropiarse de parte de
esa riqueza extraordinaria.

En un trabajo anterior (véase Brecha, 26-XII-14) con Martín Sanguinetti
identificamos que la renta del suelo pasó de 284,1 a 1.830,9 millones de
dólares entre 2000 y 2013, y que en este último año ésta se repartió de la
siguiente forma: terratenientes (sólo propietarios) 712,4 millones de
dólares (38,9 por ciento), capitalistas-propietarios 810,7 millones de
dólares (44,3 por ciento), productores directos 139,8 millones de dólares
(7,6 por ciento) y el Estado 168 millones de dólares (9,2 por ciento).3

La polémica desatada por la derogación de la exoneración en la Cir da cuenta
de que aunque las modificaciones tributarias no representen un cambio
sustancial en la presión tributaria sectorial, y de que el Estado se apropie
sólo de una porción menor de la renta total, nuestra burguesía es
especialmente celosa de la renta, al punto que como hipótesis se puede
sostener que nuestro capitalismo es particularmente rentístico, en el
sentido de que, así como los peces precisan el agua, los capitales y los
capitalistas que se reproducen en Uruguay precisan la renta para su
valorización y su consumo suntuario. Sin embargo esta realidad no se nos
manifiesta directamente, sino que la defensa de la renta aparece bajo una
forma fetichizada que remite a los postulados de la fisiocracia que allá en
el siglo XVIII, como parte de la lucha contra la otrora revolucionaria
burguesía, sostenía que el origen de todas las riquezas estaba en la tierra.
Así, cual pase mágico, hacen aparecer una ganancia extraordinaria que
deviene de la apropiación privada de medios de producción finitos y
monopolizables, en un atributo natural e incuestionable.

En tiempos de disputas presupuestales, compromisos electorales lejos de
cumplirse y desaceleración económica con caída de la masa de renta, aparece
como tarea necesaria la deconstrucción de los velos ideológicos de nuestro
capitalismo periférico, si queremos avanzar en la apropiación colectiva del
excedente social. 

* Magíster en ciencias sociales agrarias. Docente de la Universidad de la
República.

Notas

1. Los otros son el Irae, el Imeba, el impuesto al patrimonio rural, los
aportes patronales al Bps y el impuesto de Enseñanza Primaria.

2. En el caso de la Cir, los propietarios con menos de 200 hectáreas de
índice Coneat 100 no abonan por las primeras 50 hectáreas; el Ipat afecta
sólo a los grandes propietarios (con aproximadamente más de 2 mil hectáreas)
y en el caso del impuesto de Enseñanza Primaria están exonerados los
propietarios que no exceden las 300 hectáreas de índice Coneat 100.

3. La metodología utilizada para el cálculo empleó exclusivamente los datos
de precio de arrendamiento de la Diea-Mgap, aproximación limitada a la renta
en tanto pueden esconder apropiación de ganancia y salarios, además del
costo de depreciación del capital fijo incorporado a la tierra. Cálculos más
precisos requerirán considerar la apropiación de renta por otros actores,
fundamentalmente a través del tipo de cambio, y estimar la renta apropiada
por terratenientes como la diferencia entre la tasa de ganancia agraria e
industrial.

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