Uruguay/ maldito invierno: personas en "situación de calle" y medidas punitivas [Pablo Piquinela Averbug]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Mar Jul 26 14:00:13 UYT 2016


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Correspondencia de Prensa

26 de julio 2016

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Uruguay

Maldito invierno 

Pablo Piquinela Averbug

La Diaria, Montevideo, 26-7-2016

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Desde hace algunos años, y desde el fuerte invierno de 2011, cuando hubo
seis muertes por hipotermia, las personas en situación de calle son foco de
atención durante esta estación. La discusión cobra visibilidad pública
cuando las temperaturas se acercan al cero, y, a pesar de ello, hay personas
que se niegan a ir a refugios durante la noche.

Cuando son entrevistadas, las autoridades del Ministerio de Desarrollo
Social (Mides) insisten en que en los refugios se trabaja todo el año. El
fin de su intervención es asegurar la vida de estas personas al mínimo
imprescindible para la supervivencia, lo cual se vuelve un desafío mayor
durante los inviernos. El hecho es que no siempre se logra tener éxito en la
misión de convencer a quienes están en la calle para que acepten ser
trasladados a un refugio. 

En los artículos periodísticos y en los móviles en vivo aparecen testimonios
de vecinos y de personas en situación de calle. (1) Los “vecinos”,
legitimados en su anonimato como ciudadanos que representan el sentido común
de los habitantes del barrio -siempre de la franja costera o centro de la
ciudad, y adulto o adulto mayor, por otra parte-, brindan declaraciones
acerca de la invasión de los espacios públicos, los fuertes olores y la
inseguridad a la que se expone el barrio. 

Esto, junto a la intención de castigar los daños causados a los espacios y
bienes públicos, llevó a que con el impulso del oficialismo el Parlamento
aprobara, en 2013, la Ley 19.120 de Faltas y Conservación de Espacios
Públicos. Para las personas en situación de calle se prevé la internación
compulsiva cuando están ocupando espacios públicos y no aceptan ir a los
refugios. Pese a que el Ejecutivo la había enviado con un artículo que
penaba la “mendicidad abusiva” y el permanecer alcoholizado en la vía
pública, el Parlamento la “suavizó” y aprobó por unanimidad. 

Con esta ley se retomaron antiguas nociones contempladas ya en nuestra
legislación con la Ley 10.071 de Vagancia, Mendicidad y Estados Afines, de
1941. En su redacción, esta ley no se enfocaba en reprimir a quienes
cometían delitos sino a los individuos “peligrosos” sin delito. En ese
entonces aparecían en el informe de la Comisión de Constitución, que la
envió a las cámaras, argumentos que señalaban que con estas reglamentaciones
se evitaría la degeneración y, a la vez, se extendería la acción tutelar del
Estado para “recuperar individuos potencialmente útiles”. A pesar de estar
en desuso, la jueza de Maldonado Adriana Graziuso, que ahora forma parte del
gabinete del intendente Enrique Antía, volvió a aplicarla para expulsar de
Punta del Este a quienes no pudieran “justificar su presencia en el lugar”.
Durante la argumentación de la ley de 2013 en la cámara se retomaron varias
de estas nociones, haciendo especial hincapié en dar un ejemplo a quienes
descuidaban los espacios públicos, perjudicando así la convivencia. En la
discusión en el Senado, Francisco Gallinal aseguró que “la señal que
queremos enviar al país es de endurecimiento de la cáscara y de tener una
actitud mucho más firme en el combate a la delincuencia y en la represión de
las faltas, de manera de amedrentar a quien, cometiendo faltas, se encamina
hacia el cometimiento de delitos, y siempre vamos a otorgar nuestro voto
cuando se actúe en ese sentido”. 

Con la aprobación de esta ley, las intervenciones del Mides sobre las
personas que se niegan a abandonar su lugar en la calle quedaron ligadas a
la acción policial compulsiva. Este continuo tiene por objetivo señalarle a
la persona que debe hacerse cargo de su propia vida. Por un lado, desde los
refugios se les propone que intenten gestionar sus propias vidas: sus
hábitos de higiene, de trabajo; incluso tienen por objetivo que construyan
un proyecto de vida. Por otro lado, la iniciativa legislativa pretende una
forma de control sancionador que los lleve a gobernarse a sí mismos, pero a
través de la punición, haciéndolos salir de los espacios públicos. 

Esto ha sido fuertemente cuestionado por las autoridades del Mides. Su
directora de Protección Integral, Mayra Aldama, afirmó que no tiene sentido
el reiterado traslado, a través de la Policía, de quienes se niegan a ir a
los refugios. Esto fue reforzado por la ministra Marina Arismendi, quien
declaró: “La ley, así como está planteada, no funciona”, además de afirmar
que el trabajo lleva tiempo y debe hacerse desde la cercanía y el
acompañamiento. 

Lo cierto es que estamos atravesando un nuevo invierno y la discusión
retorna. De hecho, de acuerdo a los números primarios del último conteo del
Mides se duplicaron las personas en situación de calle desde 2011. Los
medios de comunicación vuelven a simplificar el problema, y quienes son
legitimados como “vecinos” vuelven a quejarse por la falta de limpieza de
algunos espacios, a la vez que el Ministerio del Interior introduce la
noción de “convivencia” para pensar el problema. Es momento de repensar el
registro de las intervenciones para las autoridades y técnicos, de sacar
menos fotos que procuren denuncias y de colaborar con el Estado para
proteger a estas personas. Y quizás, para la Policía, de tomar distancia, de
modo tal que -aunque sea en esto, en que los números hablan por sí solos-
renunciemos a las inoperantes respuestas punitivas. 

Nota de Correspondencia de Prensa 

1) Las personas que sobreviven en “situación de calle”, clasificadas como
“indigentes” por las instituciones oficiales, se estiman en más de 1.500
solamente en Montevideo, la mayoría tiene menos de 35 años de edad. 

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