Brasil/ La contrarreforma laboral en 12 puntos [Camila Maciel]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Mie Nov 20 23:29:44 UYT 2019


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Correspondencia de Prensa

20 de noviembre 2019

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Brasil

 

La reforma laboral en 12 puntos

 

Según DIEESE, el programa de Bolsonaro no resuelve el desempleo que afecta a
12,5 millones de brasileños

 

Camila Maciel

Brasil de Fato, 18-11-2019

https://www.brasildefato.com.br/

 

El programa Libreta Verde Amarilla, cuyo nombre alude al cambio de color del
documento, tradicionalmente azul, que tienen en Brasil todas las personas
con trabajo en relación de dependencia y con beneficios de ley fue propuesto
la semana pasada por Jair Bolsonaro por medio de la Medida Provisional 905.
Según señala nota técnica del Departamento Intersindical de Estadística y
Estudios Socioeconómicos (DIEESE), a pesar de su objetivo anunciado, el
nuevo programa no generará empleos en Brasil. Por el contrario, la medida
“tiene potencial para aumentar el desempleo y la precarización”, evalúa la
entidad. La crisis en el mercado de trabajo afecta a 12,5 millones de
personas.

 

Para el DIEESE, el paquete para generación de empleos es decepcionante. “No
debe crear empleos en la cantidad y calidad necesarias y, al contrario,
puede promover la rotatividad, con el costo adicional de reducir derechos y
tener efectos negativos para la salud y seguridad de los trabajadores y
trabajadoras”, alerta.

 

Los cambios establecidos por MP son, en la práctica, una nueva reforma
laboral. Entre las alteraciones, está prevista la modalidad de contrato de
trabajo precario; el aumento de la jornada de trabajo, lo que puede resultar
en más desempleo; el relajamiento de los mecanismos de fiscalización y
castigo a las infracciones; el debilitamiento de acciones de salud y
seguridad; y la reducción de la acción sindical. El gobierno ignora además
el diálogo con la sociedad para imponer cambios en la regulación del
trabajo.

 

“Beneficia a los empresarios con una gran exoneración en un escenario de
crisis fiscal, imponiendo a los trabajadores desempleados el costo de esa
‘beca-patrón’”, critica el DIEESE.

 

El análisis de la entidad indica que el nuevo contrato diluye el derecho a
la gratificación por vacaciones, al décimo tercer salario y al Fondo de
Garantía por Tiempo de Servicio (FGTS), un fondo de ahorro de los
trabajadores, incorporándolos al pago mensual.

 

No fue previsto tampoco que los cambios pueden aumentar la rotatividad de la
mano de obra con el cambio de trabajadores con contratos por plazo
indeterminado por jóvenes contratados con la nueva libreta verde amarilla.
Se estableció apenas un límite máximo de 20% en contratos verde amarillos
sobre el promedio de empleos existentes entre enero y octubre de 2019.

 

Precarización

 

En 2017 una amplia reforma laboral fue festejada por sectores empresariales
y conservadores con la expectativa de creación de 6 millones de empleos.
“Pasados dos años de la implantación de las medidas, no se generaron los
empleos y el mercado de trabajo continúa deteriorándose, con crecientes
informalidad y precarización de las condiciones de trabajo, problemas que se
agravaron en función justamente de la reforma”, apunta la nota técnica.

 

En la evaluación del DIEESE, la Libreta Verde Amarilla no presenta
soluciones para ese problema. “Incluso en las proyecciones oficiales, no es
capaz de generar empleos en la cantidad necesaria para revertir la crisis en
el mercado de trabajo, incluso a costa de la supresión de derechos de los
trabajadores”, señala. La promesa es la creación de 4 millones de nuevos
puestos de trabajo.

 

La MP no presenta todavía medidas para otros grupos poblacionales que
también son más vulnerables en el mercado de trabajo, como aquellos con más
de 55 años, que quedaron por fuera de la propuesta final.

 

El DIEESE levantó 12 puntos de la nueva reforma laboral:

 

1. Exonera a las empresas, pero impone a los desempleados el pago de la
contribución a la seguridad social para aquellos que accedan al seguro de
desempleo.

 

2. En vez de promover empleos, facilita el despido de trabajadores y puede
estimular la informalidad (sin beneficios de ley). La propuesta debilita
mecanismos de registro, fiscalización y castigo y determina la reducción de
costos de los despidos.

 

3. Aumenta la jornada de trabajo en el sector bancario para todos los
trabajadores, excepto para los que trabajan en la función de caja. Con
relación a ese sector, también libera la apertura de las agencias bancarias
y el trabajo los sábados. El aumento de la jornada de trabajo para bancarios
tiene potencial de ampliar el desempleo: por cada dos trabajadores con
jornadas de 44 horas semanales, uno podrá ser despedido.

 

4. Amplía la desregulación de la jornada de trabajo establecida en la
reforma laboral de 2017 con la liberación del trabajo los domingos y
feriados, sin pagar el  doble, pago apenas si el trabajador no descansa un
día a lo largo de la semana.

 

5. Promueve la negociación individual y la fragmentación de las normas por
medio de Acuerdos Colectivos de Trabajo (ACT).

 

6. Retira a los sindicatos de las negociaciones de utilidades (Participación
en los Lucros y Resultados - PLR) y amplia el número máximo de cuotas, de
dos a cuatro, a lo largo del año, en camino de transformar la PLR en una
cuota variable cada vez mayor del salario.

 

7. Dificulta la fiscalización del trabajo, inclusive en situaciones de
riesgo inminente. También retira de los sindicatos la autoridad para
clausurar locales de trabajo con riesgo inminente.

 

8. Establece el Consejo del Programa de Habilitación y Rehabilitación Física
y Profesional, Prevención y Reducción de Accidentes del Trabajo, sin
participación de las representaciones de los trabajadores y de las
trabajadoras y ni siquiera del Ministerio de Salud, en el contexto de la
reciente flexibilización de las Normas Reglamentarias (NR) de Salud y de
Seguridad del Trabajo promovida por el gobierno.

 

9. Crea un fondo que será administrado por ese consejo. Las fuentes de ese
fondo serán las condenas de acciones civiles públicas laborales y los
valores recaudados en las condenas por daños morales colectivos conforme
constan en los Términos de Ajuste de Conducta (TAC). El Programa de
Habilitación y Rehabilitación Física y Profesional, Prevención y Reducción
de Accidentes del Trabajo se restringe al ambiente del trabajo, dejando por
fuera las demás situaciones como trabajo esclavo, trabajo infantil, fraudes
en las relaciones de trabajo, entre otros.

 

10. Altera la regla para concesión de ayudas por accidentes, incluyendo en
el texto “conforme situaciones discriminadas en el reglamento”, que serán
definidas por medio de una lista a ser elaborada por la Secretaría Especial
de Previdencia y Trabajo del Ministerio de Economía (Sept/ME). Cambia el
valor de la ayuda por enfermedad de 50% del salario-beneficio (con la
reforma, la media de todas las contribuciones) a 50% del beneficio de
jubilación por invalidez.

 

11. Establece multas que varían de R$ 1 mil (239 dólares) a R$ 50 mil
(11.925 dólares) por infracciones que afecten a los trabajadores de forma
colectiva (ajustado por tamaño de la empresa) y multas entre R$ 1 mil (239
dólares) y R$ 10 mil (2.385 dólares) para situaciones en que el hecho
generador de la infracción esté relacionado con un trabajador específico. La
gravedad de la infracción será definida posteriormente, lo que puede
debilitar la capacidad de castigar a las empresas que cometan infracciones
laborales.

 

12. Deroga 86 ítems de la Consolidación de las Leyes de Trabajo (CLT), entre
los cuales derechos y medidas de protección al trabajo, como el artículo
160, que establece que “Ningún establecimiento podrá comenzar sus
actividades sin previa inspección y aprobación de las respectivas
instalaciones por la autoridad regional competente en materia de seguridad y
medicina del trabajo”.

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