Uruguay/ Mujeres presas por delitos de drogas. Un mapa de brechas y desigualdades [Stephanie Demirdjian]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Lun Feb 17 14:10:52 UYT 2020


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Correspondencia de Prensa

17 de febrero 2020

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Uruguay

 

Mujeres privadas de libertad por delitos de drogas: un mapa de brechas y
desigualdades 

 

Una guía analiza la situación en Uruguay y brinda recomendaciones para
diseñar políticas que se ajusten a las realidades específicas de esta
población.

 

Stephanie Demirdjian 

La Diaria, 17-2-2020 

https://feminismos.ladiaria.com.uy/

 

Las cárceles, como muchas otras instituciones, están construidas desde una
perspectiva androcéntrica y heteronormativa. Lo primero implica que fueron
pensadas por y para varones. Lo segundo, que funcionan con reglas basadas en
la dicotomía varón/mujer y en los roles tradicionales asignados a cada
género. En este contexto, las mujeres privadas de libertad están en una
situación de desventaja.

 

De las 11.748 personas que hoy están privadas de libertad en Uruguay, 634
son mujeres, según datos del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR).
Esto representa apenas 5,4% del universo total, un número reducido, pero que
no amortigua el impacto de las desigualdades de género que se reproducen en
el encierro.

 

Un desglose de las cifras permite ver que más de un tercio de estas mujeres,
casi 36%, están presas por delitos vinculados con las drogas. La proporción
es considerablemente mayor al 10,5% de varones que están privados de
libertad por el mismo motivo. Y tiene sus características específicas.

 

Con la mirada puesta en la situación de esta población es que la Junta
Nacional de Drogas (JND) presentó la semana pasada Mujeres, políticas de
drogas y encarcelamiento en Uruguay, una guía que visibiliza las brechas de
género en personas encarceladas por delitos de drogas en nuestro país y
plantea recomendaciones para incorporar a las políticas públicas. El
documento es la adaptación a la realidad uruguaya de una guía regional
publicada en 2016 por la Oficina en Washington para Asuntos
Latinoamericanos, el Consorcio Internacional sobre Políticas de Drogas, la
organización De Justicia y la Comisión Interamericana de Mujeres de la
Organización de los Estados Americanos. El proceso nacional fue liderado por
la Secretaría Nacional de Drogas junto con un grupo interinstitucional
conformado por 22 instituciones y organizaciones del Estado y la sociedad
civil.

 

Hablar de la tríada mujeres-drogas-privación de libertad implica tener en
cuenta dos fenómenos: el impacto del encierro en las mujeres que están
presas por delitos de drogas y el abordaje de aquellas reclusas que, además,
tienen un consumo problemático de sustancias. En muchos casos, estos dos
aspectos son indisociables.

 

La guía busca profundizar en estos dos ejes con una perspectiva de género,
de derechos humanos e interseccional. ¿En qué condiciones viven estas
mujeres? ¿Tienen acceso a una atención integral de la salud? ¿Se contemplan
programas de uso problemático de sustancias? ¿Se enfrentan a alguna forma de
violencia de género? ¿Están garantizadas las necesidades específicas de
aquellas con hijas e hijos a cargo? ¿Es posible que el sistema de Justicia
pueda optar por medidas alternativas al encierro? ¿Hay propuestas
sociolaborales y educativas para que, ya en libertad, las mujeres puedan
construir una trayectoria de vida lejos de las redes delictivas?

 

Una apuesta a la alternativa

 

Las estadísticas del INR no permiten conocer en detalle cuál es la acusación
o condena de cada una de las mujeres privadas de libertad por delitos de
drogas, pero las penas mínimas que establece la Ley 14.294, de
estupefacientes, son de tres años de cárcel. Estas penas son
desproporcionadas, asegura la guía, si se considera que generalmente las
mujeres son el último eslabón de la cadena del narcotráfico: la mayoría
están presas por delitos no violentos y microtráfico o narcomenudeo. Su
castigo no suele repercutir sobre las redes de narcotráfico, y tampoco
derivan en el encarcelamiento de quienes tienen el control.

 

Esto resulta en un “encarcelamiento masivo” de mujeres, según dice Diego
Olivera, secretario general de la JND, en el prólogo del libro, e influye
directamente en la sobrepoblación y el hacinamiento en las cárceles.

 

“Hoy uno de los dramas que tiene el sistema penitenciario es que hay una
enorme cantidad de personas que podrían no estar presas”, dijo el
comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, durante la
presentación del informe. “¿Cómo hacen entonces con los actos que
cometieron? ¿Dejan de ser responsables? No. Pero la cárcel no es la única
manera de rendir cuentas. La persona puede rendir cuentas con la sociedad,
reparar y repararse de muchas otras maneras”, aseguró Petit.

 

La promoción de medidas alternativas a la privación de libertad para mujeres
vinculadas a delitos de drogas no violentos es justamente una de las
principales recomendaciones de la guía. En particular, se habla de
“sensibilizar al Poder Judicial” en este sentido, para que pueda decidir
según el caso y no distinga la pena según el tipo de sustancia. “Que la
gravedad del hecho no pase por el tipo de sustancia sino por si el delito ha
sido violento o no”, dice el texto. En la misma línea, se recomienda que se
destinen más recursos a los sistemas de penas alternativas a la privación de
libertad y se diversifiquen las opciones de libertad asistida que brinden
inserción sociolaboral.

 

Según datos del INR relevados en la guía, en febrero de 2017 sólo 119
personas contaban con medidas diferentes a la privación de libertad, lo cual
en su momento representaba 1% de la población carcelaria. La mayoría (68
personas) estaban en régimen de prisión domiciliaria. El resto se dividía
entre arrestos domiciliarios nocturnos y durante los fines de semana,
arrestos domiciliarios y tobilleras electrónicas. Ese año la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos recomendó que la vigilancia electrónica
se amplíe “con especial énfasis en mujeres procesadas por delitos de drogas
y en mujeres madres o con personas dependientes a cargo”.

 

Brechas y violencias

 

Más de la mitad de las mujeres privadas de libertad en Uruguay son
“primarias” –es decir que es su primera vez en el sistema penal–, madres
solteras y jefas de hogar, de acuerdo con datos del Observatorio Uruguayo de
Drogas. Una de cada cinco tiene menos de 23 años. Son mujeres que no suelen
tener apoyos ni redes de contención: las cifras muestran que reciben la
mitad de las visitas que reciben los varones.

 

En cuanto a las condiciones de reclusión, la guía señala que “las mujeres
ocupan un lugar residual en el sistema carcelario”. El informe asegura que
con excepción de las unidades penitenciarias de Montevideo, en el resto de
los departamentos del país las mujeres “se encuentran en alas o sectores
dentro de cárceles mayoritariamente ocupadas por hombres y con malas
condiciones de infraestructura”. Un informe de la organización Servicio Paz
y Justicia citado en la guía concluyó en 2015, después de visitas a cinco
cárceles con población femenina, que “las reclusas fueron pensadas
marginalmente en la reestructuración del sistema”. En este sentido, señala
que no se realizaron nuevas construcciones específicas para ellas, sino que
se reacondicionaron viejos lugares que quedaron disponibles por traspasos de
reclusos a otros establecimientos. A esto se suman otros factores de
habitabilidad, como “falta de higiene, insuficiencia de acceso al agua,
alimentación insuficiente y de mala calidad, carencia de proyectos
socioeducativos y laborales”, de acuerdo con el “Informe anual 2018” de la
Institución Nacional de Derechos Humanos.

 

Otro eje que pone en contraste las condiciones de vulnerabilidad específicas
de esta población tiene que ver con el acceso a la salud y a los derechos
sexuales y reproductivos. En este sentido, la guía recuerda que la
Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda impulsar una
“estrategia de atención con enfoque en promoción de salud y prevención, a
efectos de lograr la detección precoz y el tratamiento oportuno de
diferentes patologías, así como la continuidad y el seguimiento longitudinal
de pacientes”. Este es todavía un “desafío”, dice el documento, para el
sector que brinda cobertura sanitaria a las personas privadas de libertad,
particularmente la Administración de los Servicios de Salud del Estado y el
Departamento de Sanidad Policial del Ministerio del Interior.

 

Por otro lado, según la OPS, los derechos sexuales y reproductivos de las
mujeres privadas de libertad en Uruguay “no están asegurados”. La guía
menciona el “limitado acceso a la visita íntima” y asegura que las reclusas
“reportaron haber sufrido prácticas de violencia sexual”. También fueron
identificadas situaciones de violencia obstétrica y dificultades para
acceder a un aborto.

 

Las Reglas de Bangkok, creadas por la Organización de las Naciones Unidas
para el tratamiento de las medidas privativas de libertad de las mujeres,
señalan que es necesario abordar con una perspectiva de género la atención
de la salud sexual y reproductiva, la salud mental, el tratamiento de
enfermedades como el VIH y el uso problemático de drogas. Acerca de este
último punto, la guía ahonda en la importancia de que el personal
penitenciario esté capacitado para identificar si hay situaciones de consumo
problemático desde el momento en que una persona ingresa a la cárcel.
Además, da pautas de atención ante la imposibilidad de que la persona pueda
acceder a un tratamiento de rehabilitación, como una “medida primaria de
desintoxicación” y una “mínima orientación al respecto”.

 

El abanico de recomendaciones para revertir las problemáticas que atraviesan
las mujeres privadas de libertad por delitos de drogas es amplio e incluye
varias propuestas sociolaborales y de formación para que, una vez en
libertad, tengan alternativas a los negocios ilegales que se tejen en el
barrio o en el seno de sus propias familias. Muchas de las sugerencias están
hechas pensando en la preparación para el egreso: instar a que el Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente facilite el acceso a
planes de vivienda, subsidios y alquileres para mujeres en situaciones de
vulnerabilidad, o reactivar proyectos de centros penitenciarios “de medio
camino”.

 

Otras, en cambio, tienen un carácter de prevención, como la que propone
diseñar estrategias de intervención territorial entre las oficinas
territoriales y los servicios de orientación, consulta y articulación
territorial del Ministerio de Desarrollo Social para detectar situaciones de
riesgo de microtráfico antes de la privación de libertad. “Me parece que hay
que poner un énfasis muy importante en tratar de evitar que lleguen a la
cárcel”, dijo la directora del Instituto Nacional de las Mujeres, Mariella
Mazzotti, durante la presentación, “porque sabemos que las mujeres cuando
llegan a cárceles de adultos ya han vivido una enorme vulneración cuando
fueron niñas y adolescentes. Por lo tanto, hay que cortar desde antes esos
círculos viciosos de reproducción de estas trayectorias de vida”.

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El impacto del encierro en la niñez

 

En uno de sus capítulos, la guía identifica algunas de las consecuencias que
afectan a niñas y niños que viven en las cárceles con sus madres privadas de
libertad, en base a un estudio de la organización Gurises Unidos:

 

•A nivel afectivo y emocional. Frente al encarcelamiento de la madre,
manifiestan emociones como tristeza, miedo, vergüenza, y también odio, que
determinan “comportamientos y sistema de creencia y valores sobre la
Policía, la Justicia y la sociedad”.

 

•En la vida familiar. Quedan expuestos a “situaciones de desamparo
afectivo”, sobre todo si la familia es monoparental.

 

•En la economía del hogar. El encarcelamiento de quien muchas veces era la
única fuente de ingresos provoca en ocasiones que las niñas y los niños
tengan que salir a trabajar para sobrevivir, con lo que quedan expuestos a
distintos riesgos.

 

•En la educación. Hijas e hijos de mujeres presas tienen más tendencia a
faltar a la escuela o directamente abandonar los estudios, en muchos casos
por miedo a las burlas y el estigma.

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