Imperialismo/ La "seguridad colectiva" y el conflicto de Ucrania. [Gustavo Buster]
Ernesto Herrera
germain5 en chasque.net
Lun Ene 31 21:20:56 UYT 2022
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Correspondencia de Prensa
31 de enero 2022
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Imperialismo
La “seguridad colectiva” y el conflicto de Ucrania
Gustavo Buster *
Sin Permiso, 29-1-2022
https://www.sinpermiso.info/
Además de la verdad, el concepto de seguridad colectiva puede ser una de las
primeras víctimas del conflicto de Ucrania. Frente a la pretensión de la
Federación Rusa, expresada por escrito, de que la OTAN no se amplíe a
Ucrania y Georgia, o a cualquier otra república exsoviética, la respuesta de
EEUU y de la OTAN es que los estados soberanos tienen el derecho absoluto a
definir según sus intereses su política de seguridad y sus alianzas. Se
alega, además, que la segunda pretensión de la Federación Rusa, que la OTAN
retroceda en el tiempo y reduzca sus miembros a los que no formaron parte en
su día del Pacto de Varsovia, no solo es irreal sino que implicaría aceptar
de nuevo la división de Europa en zonas de influencia.
El debate sobre este punto, que ya ha hecho correr ríos de tinta, provocado
una multitud de indignadas declaraciones y todo tipo de alegaciones sobre el
derecho internacional va, evidentemente, mucho más allá de la cuestión
concreta del conflicto ucraniano. Este se arrastra a nivel internacional
desde 2014-2015 con la revolución de EuroMaidán, la posterior anexión de
Crimea por Rusia y la guerra civil en el Donbass, con la constitución de las
llamadas repúblicas populares de Donetsk (RPD) y Luhansk (RPL) y las
negociaciones que terminaron en el acuerdo de alto el fuego fracasado de
Minsk y el posterior de Minsk II, mediado por Francia y Alemania, del que se
sigue reclamando la Federación Rusa pero no Ucrania.
El motivo declarado de la actual crisis geopolítica -“inusitada” según el
secretario general de la OTAN, el ex primer ministro noruego Jens
Stoltenberg, “habitual” según el presidente de Ucrania, Volodimir Zelenski
-es el despliegue en territorio ruso y bieloruso alrededor de la frontera
con Ucrania de unos 100.000 efectivos, que podrían convertirse en una fuerza
invasora, a pesar de las reiteradas declaraciones y garantías en sentido
contrario de Putin y Lavrov, que han convencido al menos al secretario
general de NNUU Guterres, según su portavoz. Recuérdese que en el frente del
Donbass, en el momento del alto el fuego, llegó a haber unos 40.000
combatientes de cada lado en una guerra de trincheras de escasa movilidad.
Este despliegue ruso es la base de la acusación de que Putin está violando
el art. 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas, que prohíbe a los estados
miembros recurrir “a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad
territorial o la independencia política de cualquier estado”. Cómo se
conjuga este juicio de intenciones y la pretensión de limitar la política de
defensa rusa en su territorio con la afirmación de la soberanía absoluta de
cualquier estado para decidir su política de seguridad, como se pide para
Ucrania, es cuanto menos incoherente. Hasta el punto que ha obligado al
gobierno británico de Boris Johnson a concretar en un acto de fe la
existencia de comandos de sabotaje rusos en territorio ucraniano para
provocar un falso incidente que justificase la intervención de Moscú. Sin
presentar ninguna prueba, como ya ocurrió en su día con las “armas de
destrucción masiva” de Irak.
Pero ese derecho absoluto de soberanía que se exige para la política de
seguridad ucraniana no se aplica, desde luego, al caso de la política
nuclear defensiva de Corea del Norte o de Irán, por poner dos ejemplos
extremos de "estados canallas" que no por ello dejan de ser soberanos y
miembros de NNUU. En nombre de la “seguridad colectiva” se les impone
sanciones y bloqueos. Tomada en serio, semejante pretensión de soberanía
absoluta de la política de seguridad de los estados llegaría al absurdo de
la inseguridad colectiva permanente y está en contradicción abierta con todo
el desarrollo del derecho internacional desde la Paz de Westfalia de 1648
hasta la Carta de las Naciones Unidas de 1945.
El concepto de “seguridad colectiva”
La filosofía política de la Ilustración, tanto en su versión “realista”
(Hobbes) como “romántica” (Abbé de Saint-Pierre, Rousseau), justifican la
soberanía del estado en nombre de la seguridad colectiva de quienes ceden
parte de su libertad y voluntad absoluta en un contrato social que evite la
violencia permanente. La paz, la justicia y la seguridad son las funciones
centrales de la soberanía colectiva delegada en el estado.
Los efectos catastróficos de la Guerra de los Treinta Años en la Europa del
siglo XVII, que enfrentaron hasta la extenuación a los estados absolutos y
sus bloques de alianzas defensivas, trasladaron a las relaciones
inter-estatales en la Paz de Westfalia la misma necesidad de poner límite a
la soberanía absoluta de las políticas de seguridad de las repúblicas,
príncipes y monarcas de la época, estableciendo límites en cuanto al
tratamiento de sus poblaciones, los cambios dinásticos, de fronteras y
alianzas para evitar la ruptura hegemónica del régimen de seguridad
colectiva acordado y gestionar el “equilibrio de poderes”.
Todo el derecho internacional desde entonces ha girado alrededor de este
concepto de seguridad colectiva, extendiéndose a los territorios
conquistados de las colonias, al mar océano y a cualquier espacio real o
virtual de proyección de la soberanía de los estados. La idea misma de que
un estado pueda existir fuera del reconocimiento mutuo de la “comunidad de
estados”, lo relega a la barbarie y le priva de cualquier seguridad frente a
la violencia de otros estados. La pretensión de la existencia de un estado
de “anarquía” de soberanías estatales absolutas es un mito narrativo que
tiene tan poco fundamento real histórico como la supervivencia de individuos
fuera de algún tipo de sociedad.
La necesidad de una “comunidad de estados” basada en la seguridad colectiva
ha sido afirmada una y otra vez a pesar de las diferencias de regímenes
políticos y económicos que puedan existir entre los estados. La crítica
ilustrada al “hegemonismo” -que pretendía reducir la “comunidad de estados”
a una alianza o bloque de estados iguales y someter a los restantes a
sanciones y la violencia colectiva hasta su asimilación al “derecho
internacional” de la alianza dominante-, fue la cuestión principal del
“cosmopolitismo” ilustrado que, tras el debate entre Anarcharsis Cloots y
Immanuel Kant, de ha decantado hasta nuestros días por la legitimidad de la
pluralidad de estados, la asociación voluntaria de estos y la seguridad
colectiva como valores del derecho internacional.
Así surgió el “Concierto de Europa” tras la derrota del hegemonismo
napoleónico y el derecho humanitario internacional, con sus reglas sobre la
guerra y la solución pacífica de controversias, a partir de las Convenciones
de La Haya de 1899 y 1907. Pero el choque de bloques imperialistas en la I
Guerra Mundial, -con la publicación por los nuevos gobiernos revolucionarios
de la diplomacia secreta y la carrera armamentística que caracterizó la
competencia imperialista-, la exclusión y las condiciones impuestas a los
estados que habían pertenecido a los Imperios derrotados pesaron de tal
manera que no pudieron evitar el fracaso del sistema de seguridad colectiva
parcial que intentó implementar la Sociedad de Naciones frente a la nueva
competencia imperialista y el ascenso de los regímenes nazi-fascistas.
Por “seguridad colectiva” se puede entender, por lo tanto, un régimen de
seguridad universal en el que todos los estados cooperan para asegurar la
paz y la seguridad internacionales contra aquellos estados que lo cuestionen
por la fuerza.
Cuando se creó Naciones Unidas en 1945, tras la II Guerra Mundial, su Carta
estableció en sus Capítulo VII y VIII un régimen universal de seguridad
colectiva gestionado con carácter exclusivo por el Consejo de Seguridad, que
puede establecer sanciones, imponer bloqueos militares y mantener o
restablecer por la fuerza la paz entre los estados miembros. En su art. 52
subordina la existencia de “acuerdos u organismos regionales” relacionados
con la paz y la seguridad internacionales a su compatibilidad con los
propósitos y principios de la Carta y en su art. 53 especifica que “no
aplicarán medidas coercitivas sin autorización del Consejo de Seguridad”.
La crisis actual del régimen de seguridad colectiva
Es obviamente discutible hasta que punto la estructura oligárquica actual
del Consejo de Seguridad -con cinco potencias nucleares permanentes con
poder de veto y diez estados sin él electos por la Asamblea general de
NNUU-, es capaz de cumplir con el mandato de la Carta. El balance desde su
creación es cuanto menos discutible, pero no existe otra alternativa por el
momento, incluso cuando su bloqueo por la formación de bloques regionales
alrededor de los miembros permanentes ha derivado en la bilateralización de
los conflictos internacionales entre EEUU, la potencia hegemónica tras la II
Guerra Mundial, y la URSS hasta 1991 y posteriormente la Federación Rusa y
la República Popular China.
El principal problema de este régimen de seguridad colectiva ha sido desde
1991, tras el derrumbe de la URSS y la I Guerra del Golfo, la proclamación
de la hegemonía unilateral de EEUU -escenificada por George W. Bush en su
discurso en el acorazado Missouri- y la imposibilidad de mantenerla fuera
del régimen de seguridad colectiva existente, hasta el estrepitoso fracaso
de la guerra en Afganistán en 2021. La retirada paulatina de los distintos
conflictos regionales en los que EEUU, y sus aliados occidentales, actuaban
para imponer sus intereses ha dado paso a una multipolaridad de equilibrios
de poder de potencias regionales, que defienden no solo sus particulares
intereses sino que actúan como apoderadas. Y ello ha supuesto un acicate
fundamental para la industria de armamentos, que tanto en sus sectores de
alta tecnología como de menor valor añadido no ha sido deslocalizada a pesar
de la desindustrialización de buena parte de las economías mas
desarrolladas.
En el fondo, cuando se repite una y otra vez como argumento el carácter
absoluto de la soberanía de los estados para decidir su política de
seguridad y militar, a lo que se esta aludiendo es a la contradicción
geopolítica de nuestra época: entre la declaración de hegemonismo unilateral
de EEUU -del que la OTAN es un mecanismo de subordinación de intereses de la
Unión Europea y de otros estados europeos- y el surgimiento de los sistemas
regionales de equilibrios de poderes. Esta contradicción es la expresión del
bloqueo del sistema de seguridad colectivo gestionado por el Consejo de
Seguridad por la competencia inter-imperialista entre EEUU (y sus aliados) y
la República Popular de China, como potencia global, y la Federación Rusa,
como potencia regional. Pero ese soberanismo absoluto es un mito que crea
una erosión interesada del sistema de seguridad colectiva y aumenta el
peligro de conflictos en una época de agudización de la crisis económica,
social y geopolítica por la Gran Recesión de 2007-2008 y la Crisis del Covid
19.
Ucrania y los ucranianos como victimas
La transición del socialismo irreal al capitalismo existente en Ucrania tras
el colapso de la URSS dio paso a un proceso de saqueo de la propiedad
estatal por una serie de oligarcas regionales, la desindustrialización y la
caída en la pobreza, a niveles solo comparables con la II Guerra Mundial,
que la han convertido en la práctica en un “estado fallido” tras la Gran
Recesión de 2007-8 y la Crisis del Covid-19. Adam Tooze hace un relato
pormenorizado en este número de SP de este desplome. De la misma manera que
Volodymyr Ishchenko ha descrito en el número anterior la crisis social y
política desde EuroMaidán en 2014, que ha dividido y enfrentado internamente
a los oligarcas que actúan de apoderados de las distintas potencias externas
y sumido a la población desesperada que no puede emigrar (véase la curva de
población) en la apatía o la radicalización nacionalista, de uno u otro
signo, sin alternativas.
La única posibilidad de escapar a la polarización impuesta externamente por
las grandes potencias en su competencia inter-imperialista, de desarrollar
un proyecto de país plural que tenga en cuenta como ciudadanos a las
distintas comunidades culturales y minorías nacionales, es un estatuto
internacional de neutralidad que permita, con la aplicación de los Acuerdos
Minsk II, el desarme paulatino del país, el fin de la guerra civil, y las
reformas constitucionales democráticas que aseguren el derecho de ciudadanía
y una independencia nacional inclusiva frente a los nacionalismos
excluyentes. Eso supone no el rearme y la sumisión mediante la deuda
externa, que van acompañadas de políticas de austeridad y desigualdad, sino
la recuperación de las condiciones vitales mínimas que permitan una
participación democrática de toda su población, incluyendo un referéndum
sobre sus opciones de seguridad y defensa.
El principio de soberanía absoluta de seguridad y militar de Ucrania se ha
convertido en realidad en la excusa. Una excusa para mantener la
funcionalidad de la OTAN y situarla en su contexto regional europeo bajo
hegemonía de EEUU tras su fracaso en Afganistán. Todo ello sobre la base de
mantener la frase de su declaración de Bucarest de 2007 de que Ucrania y
Georgia “serán miembros de la OTAN”. Ni siquiera su secretario general
Stoltenberg -que ha contribuido significativamente con sus declaraciones a
esta crisis geopolítica- está dispuesto a extender la garantía de seguridad
del art. 5 del Tratado atlántico, con su doctrina estratégica de disuasión
nuclear, a un estado fallido como Ucrania.
Frente al mandato universal de desarme nuclear, los incumplimientos del TNP
por las potencias nucleares y la entrada en vigor del TPAN, la funcionalidad
declarada y la inconfesable (jerarquización de los intereses europeos a la
hegemonía de EEUU) de la OTAN se basan en el paraguas de la disuasión
militar nuclear de EEUU. Todos los argumentos del movimiento por el desarme,
contra la instalación de misiles nucleares tácticos en Europa de los años
60-70, están hoy vigentes frente a la nueva carrera armamentística, la
modernización de los arsenales “disuasorios” y la denuncia de los tratados
de control de armas existentes.
El conflicto regional ucraniano, parte del fracaso de la transición al
capitalismo real de las oligarquías extractivas y depredadoras surgidas de
la nomenklatura estalinista, -como han puesto de manifiesto las crisis de
Bielorusia y Kazajastán-, exige volver a tomar en serio el concepto de
“seguridad colectiva” y la propia idea de Europa del “Atlántico a los
Urales” como un espacio de paz democrático, social y económico compartido.
Porque la alternativa es el bloqueo de la transición ecológica, la
inestabilidad permanente de la competencia interimperialista en el
continente europeo con la disuasión nuclear heredada del pasado. Es dejar el
futuro en manos de los Trump, Johnson, Biden, Putin, Stoltenberg de turno y
sus socios. Eso si sería volver al pasado.
* Gustavo Buster es co-editor de Sin Permiso.
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