[vecinet] N. 1.220 - 20 de marzo de 2026

vecinet.noticias vecinet.noticias en gmail.com
Jue Mar 19 18:55:35 UYT 2026


*veci**net** N. 1.220 - 20 de marzo de 2026*


*............................................ Desde el 18 de mayo de 1996*

*Comunicación alternativa independiente para la organización y la
participación vecinal*


*............................................ *Para recibir nuestra
información enviar un correo-e a vecinet.noticias en gmail.com
escribiendo en el asunto SUSCRIBIR.
Para dejar de recibir el Boletín por correo electrónico, escribir en el
asunto BORRAR

*............................................*

*Cierre del Carnaval en marzo de 1984:*

*Memoria de una noche en la que el silencio se volvió resistencia*

     "*La Mueca desfiló… en silencio*" se estrenó en el 2do. Congreso
Académico Interdisciplinario sobre Carnaval Uruguayo, apoyado por el Museo
del Carnaval. "*Fue una instancia muy emotiva y con mucha gente, siempre en
la línea de recuperación de la Memoria*..."

     Se trata de un documental testimonial sobre una situación vivida por
la Murga durante el desfile de cierre del Carnaval en marzo de 1984.

     En el documental, se revive el histórico gesto de la Murga que
recorrió 18 de Julio sin cantar ni tocar como protesta frente a la
represión en las Llamadas y la detención de una de sus integrantes.

     Mario Ipuche y Dionel Scariato reconstruyen la memoria de una noche en
la que el silencio se volvió resistencia.

     Un desfile mudo, un país bajo los últimos estertores de la dictadura y
una murga que decidió transformar un desfile en acto político. A partir de
testimonios, archivos y recuerdos de sus protagonistas, el film recupera el
impacto simbólico de aquello que todavía hoy emociona: el día en que La
Mueca eligió callar para hablar más fuerte.

*https://youtu.be/RT7GaY-Giyo <https://youtu.be/RT7GaY-Giyo>*


*===================*

*SUMARIO*

*1 – Preocupación por convenio entre UdelaR y ANCAP en torno a la
exploración de hidrocarburos*

*2 – Proteger los mares de Uruguay ante las incoherencias de la política*

*3 – ¿Información de interés público sobre el mar supeditada a autorización
de ANCAP?*

*4 – Coordinadora de la Sub-200 lidera acuerdo con ANCAP que decreta
investigación como "confidencial"*

*5 – La INDDHH interpuso acción de amparo para detener la prospección
sísmica offshore y proteger el ecosistema marino*

*6 - Mariana Mota sobre rechazo al amparo para frenar búsqueda de petróleo:
“Hubiera sido deseable que se discutiera el tema de fondo”*



*1 – La Ciencia no es neutra: preocupación por convenio entre Facultad de
Ciencias y ANCAP en torno a la exploración de hidrocarburos*

*Red Unión de la Costa, Marzo de 2026*

     La Red Unión de la Costa (RUC) expresa su profunda preocupación por el
Convenio*[¹]* firmado entre la Facultad de Ciencias y ANCAP [Administración
Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland] con el objeto de generar
conocimiento previo a la construcción de un pozo exploratorio petrolero en
la Zona Económica Exclusiva de Uruguay (Bloque OFF-6). Los motivos
principales que fundan nuestra preocupación y rechazo son los siguientes:

     1- La información generada en el marco del Convenio corre riesgo de
ser de difícil acceso para la población y de tener sesgos por tener que
pasar por el filtro de ANCAP antes de ser publicada.

     2- Las contrataciones que se están haciendo en el marco del Convenio
son precarias y llevan a la perpetuación de un sistema perverso que tiende
a silenciar a las voces expertas.

     3- La falta de transparencia en el manejo del dinero que ANCAP
transfiere a la Universidad.

     1- Como es de público conocimiento, gracias a una nota publicada por
Víctor Bachetta en el Zumbido, el 23 de enero de este año la Facultad de
Ciencias, representada por su Decano Juan Cristina, firmó un Convenio con
ANCAP el cual establece las condiciones del suministro al ente estatal de
una información disponible en la academia sobre el ecosistema en la zona
del mar territorial donde la empresa extranjera APA propone construir un
pozo exploratorio de petróleo. En el marco del Convenio no se generarán
datos nuevos pero se recopilará y sistematizará información existente,
parte de la cual surge de la reciente *expedición Uruguay SUB200: Viaje a
lo desconocido*, aunque eso no está dicho explícitamente en el Convenio.
Como bien explica Bachetta en su nota, el convenio incluye cláusulas de
confidencialidad y de propiedad intelectual, que según nuestro entender
contradicen lo que está establecido en la Ley Orgánica de la Universidad
(Nro. 12.549) y ponen en riesgo la rigurosidad del conocimiento generado y
el acceso público al mismo.

    Dicha Ley establece en su Artículo 2 que uno de los fines de la
Universidad es contribuir al estudio de los problemas de interés general y
propender a su comprensión pública. En el Convenio firmado está mencionado
lateralmente dicho artículo pero, al mismo tiempo, queda explícito que toda
información que se genere en el marco del convenio deberá contar con la
autorización de ANCAP antes de ser divulgada (inciso Sexto). Es claro que
todo lo relativo al fondo marino es de interés general y que la información
referida a la exploración y explotación de hidrocarburos debe ser
considerada de interés público. Es por eso que no comprendemos que se
introduzcan cláusulas de confidencialidad y condicionamientos al
conocimiento que se genera en el Convenio. De hecho, nos resulta amenazante
que la ANCAP (empresa pública interesada en la explotación de
hidrocarburos) sea la que tenga que autorizar qué información se divulga y
cuál no. Por lo tanto exigimos que se revise el Convenio firmado y que, en
el caso que se mantenga como está, la información generada sea publicada
por la Facultad de Ciencias antes de pasar por el filtro de ANCAP. No
debemos olvidar que estamos hablando de dineros públicos, tanto los
aportados por ANCAP como los recursos aportados por la UdelaR [Universidad
de la República].

     2- No solamente consideramos que el Convenio es un error de la
Facultad de Ciencias, y de toda la UdelaR, sino que nos preocupan las
condiciones en que el mismo se está llevando a cabo. Es de nuestro
conocimiento que se están renovando cargos en el marco de este Convenio en
Facultad de Ciencias, que se votaron el lunes 9 de marzo en el Consejo de
dicha Facultad. Las contrataciones originales no sabemos por cuál sesión
del Consejo pasaron. Se trata de cinco renovaciones de grados 1 de 20 horas
cada uno. Mirando la escala de sueldos de la Universidad para 2026
encontramos que dichas personas recibirán una remuneración nominal mensual
de $ 23.462. Haciendo cuentas, los sueldos de las cinco personas por seis
meses (que es lo que dura el Convenio) no llegan a ser un quinto de todo el
dinero que la Universidad recibe por este trabajo. Considerando que la
responsable del Convenio, la Dra. Leticia Burone (co-coordinadora de la
expedición Uruguay Sub200) tiene un grado 3 con dedicación total ($ 183.584
mensuales de base) y no debería recibir una compensación extra en el
Convenio, nos preguntamos: ¿Es justo que se realicen estas contrataciones
con sueldos mínimos cuando el dinero que hay comprometido en el Convenio es
mucho mayor? ¿No será que el sistema se aprovecha de la falta de oferta
laboral para licenciados en Ciencias Biológicas y otras carreras de la
Facultad de Ciencias para hacer estas contrataciones vergonzosas? ¿Cómo nos
aseguramos que va a haber profesionales imparciales que van a poder
contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su
comprensión pública?

    3- Por último, y vinculado al punto anterior, nos preguntamos: ¿En qué
se va a gastar el resto del dinero del Convenio? Ya que no se van a generar
datos nuevos y que no se va a destinar este dinero a ninguna campaña, en
qué se van a gastar los restantes 80.000 dólares que no se destinan a
contrataciones? Ya que en el Convenio no está el desglose de los gastos,
¿dónde se puede encontrar esa información?

     Asimismo, corresponde recordar que Uruguay es parte del Acuerdo de
Escazú*[²]*, tratado internacional que establece obligaciones en materia de
acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la
justicia temas ambientales.

     La Red Unión de la Costa reconoce la importancia de la cooperación
entre organismos públicos, empresas estatales y la academia. Sin embargo,
entiende que los convenios de investigación no deberían imponer
restricciones incompatibles con la naturaleza de la investigación
científica ni con el carácter público de la universidad.

     El conocimiento científico sobre el ambiente marino, especialmente
cuando se genera en instituciones públicas, debe estar al servicio de la
sociedad. Cuando ese conocimiento queda sujeto a cláusulas de
confidencialidad y de revisión por parte de una empresa, se debilita uno de
los pilares fundamentales de la ciencia: su carácter abierto, público y
verificable.

*______________________________*

*[¹]* *LEER* *Convenio ANCAP - Facultad de Ciencias*

https://www.scribd.com/document/1013046847/Convenio-
Ancap-Facultad-de-Ciencias

*[²] Acuerdo de Escazú*

*https://acuerdodeescazu.org/ <https://acuerdodeescazu.org/>*





*2 – Proteger los mares de Uruguay ante las incoherencias de la política*

*por Omar Defeo* (Laboratorio de Ciencias del Mar UNDECIMAR e Instituto de
Ciencias Oceánicas, Universidad de la República, Montevideo, Uruguay) *y
Nelson Rangel-Buitrago* (Programa de Física, Universidad del Atlántico,
Barranquilla, Atlántico, Colombia)

*[Carta de los científicos publicada originalmente en inglés en la edición
de la revista Science del 23.10.25]*

     En 2025, Uruguay reconoció la importancia de los océanos al crear el
Instituto de Ciencias Oceánicas (ICO)[¹], cuyo objetivo es fomentar una
gobernanza ambiental basada en datos empíricos, y al realizar el primer
relevamiento científico sistemático que abarcó profundidades entre 200 y
3500 metros[²]. Sin embargo, mientras se fortalecen la ciencia y la
conservación, otras decisiones van en la dirección opuesta. La exploración
offshore de hidrocarburos en curso y la urbanización costera socavan las
metas de conservación marina del país[³,⁵].

     Uruguay ha autorizado exploraciones sísmicas para evaluar el potencial
de recursos hidrocarburíferos en zonas que estaban propuestas como áreas
marinas protegidas[⁶], poniendo en peligro cañones submarinos y zonas
críticas para la biodiversidad. Aunque a menudo se justifican por sus
supuestos beneficios económicos, estas actividades contradicen los
compromisos climáticos de Uruguay alineados con el Acuerdo de París y
pueden aumentar las emisiones. La exploración offshore también afecta a las
pesquerías –que ya sufren las consecuencias del calentamiento oceánico[⁷]–,
al desplazar las especies buscadas por los pescadores, reducir las tasas de
captura e interferir con las zonas de desove, además de degradar la vida
marina mediante perturbaciones acústicas, alteración de hábitats y
contaminación[⁸]. Estos planes de exploración agravan las vulnerabilidades
ecológicas y socioeconómicas existentes, particularmente dentro de la zona
crítica de calentamiento del Atlántico Sudoccidental[⁹], y entran en
conflicto con la matriz energética diversificada del país y sus compromisos
históricos en materia de sostenibilidad[¹⁰].

     En la zona costera, los problemas también son evidentes. La débil
aplicación de las normas que rigen el uso del suelo, junto con el
desarrollo costero[³] y la agricultura intensiva, continúa degradando las
costas, estuarios, playas y dunas de Uruguay, contribuyendo a la
eutrofización y las floraciones algales nocivas[¹¹,¹²]. Estas floraciones
han erosionado las pesquerías artesanales[⁹] y deteriorado la calidad del
agua[¹²]. Las respuestas gubernamentales –como el barrido mecánico de
playas y la geoingeniería– abordan los síntomas en lugar de las causas de
fondo[¹,⁹]. Además, el desarrollo costero mal regulado, especialmente la
construcción de complejos turísticos y segundas residencias, ha destruido
dunas, modificado las líneas de costa e incrementado el vertido de aguas
residuales, acelerando así la erosión[³,⁴]. Las soluciones efectivas
requieren intervenciones sistémicas a escala de cuenca[⁵,¹²].

     La protección de los mares de Uruguay requiere una gobernanza
participativa, un monitoreo riguroso y una rendición de cuentas genuina. En
lugar de políticas que priorizan las ganancias económicas a corto plazo
sobre la salud ambiental a largo plazo, el país debe implementar una
gestión oceánica duradera[³,⁵]. Uruguay debe hacer cumplir las normas que
rigen el uso del suelo y las cuencas, detener la construcción en las dunas
y planificar un desarrollo costero sostenible. Una moratoria permanente
sobre nuevos proyectos petroleros offshore –junto con inversiones en
energías renovables y en ciencia marina– constituiría el pilar fundamental
para una resiliencia oceánica de base comunitaria a largo plazo.

*REFERENCIAS Y NOTAS*

[¹]O. Defeo et al., “Propuesta para la creación del Instituto de Ciencias
Oceánicas (ICO), Universidad de la República, Uruguay,” documento de
propuesta, UdelaR. (2024).

[²]A. Carranza et al., “Visualizing the Deep off Uruguay,” Schmidt Ocean
Institute Expedition report, 22 de agosto a 19 de setiembre de 2025.

[³]O. Defeo et al., Ocean Coast. Manag. 259, 107468 (2024).

[⁴]L. Orlando, L. Ortega, O. Defeo, Ecol. Indic. 111, 106036 (2020).

[⁵]G. Jorge-Romero, M. Elliott, O. Defeo, Ocean Coast. Manag. 262, 107551
(2025).

[⁶]Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP),
“Actualización de la exploración de hidrocarburos offshore Uruguay,”
(ANCAP, 2025).

[⁷]I. Gianelli et al., Reg. Environ. Change 23, 49 (2023).

[⁸]C. M. Duarte et al., Science 371, eaba4658 (2021).

[⁹]O. Defeo et al., Mar. Policy 173, 106584 (2025).

[¹⁰]B. Fornillo, J. M. Kariuki, “Energy transition in Uruguay: The most
promising case in Latin America,” in Energia Progresiva: An Intertemporal
Analysis of Latin America and the Caribbean’s Energy Landscape in the
Industrial Age (Springer Nature, 2025), pp. 225–248.

[¹¹]C. Kruk et al., Glob. Change Biol. 29, 1774 (2023).

[¹²]A. L. Ciganda et al., Ocean Coast. Manage. 258, 107387 (2024).

*........................*

*LEER TAMBIÉN:*

*Áreas Marinas Protegidas en Uruguay*

Libro sobre el proyecto titulado “*Hacia una implementación de áreas
marinas protegidas como herramientas para el manejo y conservación de la
fauna marina costera en Uruguay*”, *Omar Defeo y otros* (2009)

https://www.fao.org/4/as251s/as251s.pdf





*3 – ¿Información de interés público sobre el mar supeditada a autorización
de ANCAP?*

*por Víctor L. Bacchetta (El zumbido, 24.02.26)*

     Un convenio entre la Facultad de Ciencias y ANCAP bajó los requisitos
de confidencialidad y propiedad intelectual, deja en manos del ente estatal
la decisión sobre el uso futuro de información sobre el ecosistema marino,
en la zona donde se proyectan nuevas perforaciones petroleras.

     El Convenio firmado, el 23 de enero pasado, por el Decano de la
Facultad de Ciencias, Juan Cristina, por la Universidad de la República
(UdelaR), y Andrea Rivoir, Gerente de Medio Ambiente, Seguridad, Salud y
Calidad de ANCAP, establece las condiciones del suministro al ente estatal
de una información disponible en la academia sobre el ecosistema en la zona
del mar territorial donde la empresa extranjera APA propone construir un
pozo exploratorio de petróleo.

     La propuesta de APA Exploration forma parte del Contrato firmado con
ANCAP, en la Ronda Uruguay Abierta de 2023, en el Bloque 6, de unos 3.500
kilómetros cuadrados, en la Zona Económica Exclusiva de Uruguay, entre 2
mil y 3 mil metros de profundidad. APA presentó el proyecto de perforación
al Ministerio de Ambiente en agosto de 2025, que lo clasificó  en la
Categoría "C", y no ha presentado aún el Estudio de Impacto Ambiental
requerido.

     El nuevo Convenio se inscribe en el convenio marco de Cooperación
Técnica y Científica firmado por ANCAP y la UdelaR en 1994. Sería un
convenio más entre otros similares si no tuviera unas características
peculiares que ya generaron debate al ser presentado en la Facultad de
Ciencias y que, en la aprobación por el Consejo Directivo Central de la
UdelaR, el 18 de diciembre de 2025, transfiere a ANCAP la autoridad del uso
de una información de alto interés público.

     Como veremos más adelante, el convenio incluye cláusulas de
confidencialidad y de propiedad intelectual, que son habituales en los
contratos de asesoramiento técnico firmados por la UdelaR con otras
instituciones o empresas donde el que paga es propietario de la información
generada. Pero este Convenio no genera nuevas informaciones, sino que el
resultado es una recopilación del amplio acervo de información existente
sobre el ecosistema marino uruguayo.

     Este acervo está constituido por toda la información recogida en los
estudios e investigaciones científicas sobre el mar de la UdelaR y otras
instituciones académicas del país a lo largo de los años. Información
enriquecida por la expedición Uruguay SUB200: Viaje a lo desconocido, entre
agosto y septiembre de 2025, considerada el hito más importante en la
historia de la oceanografía uruguaya por el volumen y la novedad de la
información recolectada.



*Hallazgos de la expedición Uruguay SUB200*

     ¿Cuál es la relevancia especial de esas informaciones en el momento
actual? Que son la mayor y mejor evidencia disponible sobre el ecosistema
marino uruguayo cuando se están reiniciando las exploraciones petroleras,
como el propio Convenio menciona. Son la información necesaria para medir
en el futuro los impactos ambientales generados, son la Línea de Base que
permite comparar el estado actual del ecosistema con las consecuencias de
esas actividades.



*Contenidos del Convenio*

     El Objeto del Contrato es explicitado en el artículo SEGUNDO de la
siguiente manera:

     a- Relevar el conocimiento existente, mediante la recopilación de la
información relevante disponible correspondiente a la zona donde se estudia
la construcción de un pozo exploratorio petrolero y el entorno relevante
(Bloque OFF-6).

     b- El diseño de una campaña oceanográfica para cubrir vacíos de
información relativa a la hidrodinámica local y regional, la morfología del
fondo y su composición sedimentar, incluyendo organismos micro y
meiofaunales (relevantes como indicadores de condiciones ambientales), los
diferentes componentes de la biodiversidad, haciendo especial énfasis en
ecosistemas vulnerables, comunidades o especies de fondo, demersales y
pelágicas entendido como tales, especies de la columna de agua), que
cumplan servicios ecosistémicos importantes, que sean de interés para la
conservación o de interés pesquero, entre otros criterios a considerar.

     El Contrato prosigue con un listado exhaustivo de los componentes de
la biodiversidad marina a ser incluidos en el diseño de la campaña
oceanográfica que organizaría ANCAP, incluyendo los indicadores del estado
de conservación, para los monitoreos en el tiempo del "eventual Programa de
Seguimiento Ambiental asociado al Proyecto de Pozo Exploratorio Petrolero"
(sic).

     En la sección de las obligaciones de los firmantes, se establece
taxativamente que las de la Facultad de Ciencias son realizar la
recopilación de información y el diseño del muestreo de la campaña para
generar la información definida, mientras que las de ANCAP serán abonar a
la Facultad, en carácter de contraprestación, 100 mil dólares
estadounidenses contra la entrega del producto final. La campaña no tiene
lugar en este Convenio, sino que será organizada eventualmente más adelante.

     El artículo SEXTO del Convenio configura el traspaso de la información
de interés público preexistente a la propiedad de ANCAP, que decidirá su
uso de ahora en adelante. "La Facultad de Ciencias podrá realizar
comunicaciones y/o publicaciones científicas previa autorización de ANCAP"
(sic). Y agrega que los autores de dichos trabajos deberán mencionar la
participación de ANCAP en los mismos y "dicha divulgación deberá contar con
el aval de la Jefatura de Medio Ambiente de ANCAP".

     Para que no queden dudas al respecto, el Convenio expone a
continuación que "desde la Facultad de Ciencias se remitirá a la Jefatura
de Medio Ambiente de ANCAP el borrador que será difundido o publicado" para
que el ente formule observaciones en salvaguarda de la confidencialidad.

     En cuanto a la confidencialidad, en el artículo SÉPTIMO se establece
que "Las partes se obligan a guardar la más absoluta confidencialidad
respecto de cualquier información considerada e identificada como tal
claramente al momento de la divulgación, como sensible y/o de potencial
importancia estratégica para ANCAP". ¿Qué información puede ser sensible
y/o de potencial importancia estratégica para ANCAP, si se  trata de
información previamente disponible y de interés público?

*........................*

*LEER TAMBIÉN:*

*Solicitan la anulación del convenio entre la Udelar y ANCAP por petroleras
(10.03.26)*

     Presentaron un recurso de revocación y jerárquico contra el convenio
entre la Facultad de Ciencias, en nombre de la Universidad de la República
(UdelaR), y ANCAP que declaró confidencial información sobre la situación
del mar uruguayo en la zona de operación de empresas petroleras...

https://elzumbido.uy/2026/03/10/piden-la-anulacion-del-convenio-entre-la-udelar-y-ancap-por-petroleras/





*4 – Coordinadora de la Sub-200 lidera acuerdo con ANCAP que decreta
investigación como "confidencial", donde la petrolera estadounidense Apache
pretende realizar un pozo exploratorio*

*por Rosario Touriño (Brecha, 13.03.26)*

     La oceanógrafa que lideró la expedición Sub-200 es la impulsora de un
convenio por el que se le entregará a ANCAP información relevante sobre el
bloque oceánico en el que perforará la petrolera APA y que quedará sujeta a
cláusulas de "confidencialidad". El acuerdo provocó grandes discrepancias
en la Facultad de Ciencias y no fue avalado por el servicio de la docente:
el Instituto de Ecología. A pesar de las advertencias sobre la afectación
de la "independencia" de la facultad, la UdelaR avaló el convenio a cambio
de 100 mil dólares.

     En noviembre del año pasado la entrada del borrador de un convenio en
la Facultad de Ciencias (FCIEN) presagió un fin de año complejo. La doctora
en Oceanografía y profesora adjunta del Instituto de Ecología y Ciencias
Ambientales (IECA) Leticia Burone, también coordinadora de la expedición
"Uruguay Sub-200. Viaje a lo desconocido", introdujo a consideración de la
facultad un posible acuerdo con ANCAP que caería como un balde de agua fría
en algunos ámbitos universitarios. El proyecto irrumpía en medio de un
caldeado escenario instalado por la inminente autorización ambiental de las
prospecciones sísmicas de hidrocarburos en las aguas oceánicas uruguayas.

     El eventual convenio, aprobado por el directorio de ANCAP en octubre,
apuntaba a obtener una recopilación de información científica relevante en
el bloque OFF-6, donde la petrolera estadounidense Apache (APA Corporation)
pretende realizar un pozo exploratorio en busca de petróleo y gas. Además,
el acuerdo prevé "cubrir vacíos de información" y diseñar muestreos
destinados al monitoreo de la hidrodinámica local y regional, la morfología
del fondo marino y su composición sedimentar, incluidos organismos micro y
meiofaunales, y los diferentes componentes de la biodiversidad, con énfasis
en "los ecosistemas vulnerables" prioritarios para la conservación o por su
interés pesquero. La contraparte por el lado de ANCAP sería la gerenta de
Medio Ambiente, Seguridad Social y Calidad, la ingeniera Andrea Rivoir. El
contrato del ente con la FCIEN, con la intermediación de la científica, que
lideró junto con su colega Alvar Carranza la expedición en el Falkor (Too),
también se argumenta en la necesidad de concretar la ejecución de una
campaña oceanográfica para construir "una línea de base ambiental" que
permita realizar una evaluación de impacto y posterior seguimiento de la
actividad perforatoria. Más allá de la pregunta por la pertinencia de que
la contraparte en este convenio sea la petrolera estatal –es decir, el
organismo interesado en explotar el recurso natural– y no la autoridad de
referencia en el control de la actividad productiva –el Ministerio de
Ambiente (MA)–, serían otras cláusulas del convenio las que causarían
división en la FCIEN.

     El texto establece que "las partes se obligan a mantener la más
absoluta confidencialidad" sobre cualquier información definida como
"sensible" o "estratégica" por ANCAP a la que se acceda durante o después
de la ejecución del convenio. Tal como informó el periodista Víctor
Bacchetta en el portal El Zumbido (24-II-26), los datos obtenidos con fines
académicos o considerados sensibles no podrán divulgarse salvo autorización
expresa del ente. Como esos párrafos contienen elementos también sensibles,
pero para la autonomía del conocimiento, el borrador se envió a la Unidad
de Propiedad Intelectual de la Universidad de la República (UdelaR), que
mejoró la redacción de las cláusulas en cuestión (contenidas en los
apartados sexto y séptimo), aunque no eliminó totalmente los
condicionamientos: en el texto final vuelve a leerse que ANCAP debe
autorizar todo uso académico de la investigación científica producida y
mantiene el derecho al veto de la divulgación de los datos que considere
estratégicos.

     Sin embargo, en su momento, cuando el proyecto del convenio salió de
los cauces burocráticos y desembarcó en los ámbitos académicos, cundió la
sorpresa. Varios profesores grado 5 de diversas disciplinas pertenecientes
a las ciencias ambientales se mostraron contrarios a la firma del acuerdo,
no solo por considerarlo inoportuno en el contexto de la movilización
social contra la exploración petrolera en el país, sino por las cuestiones
éticas subyacentes. Esto es: la entrega a la petrolera estatal de datos
científicos sobre los ecosistemas marinos a cambio de un monto económico
supondría un profundo perjuicio para la independencia académica de la
FCIEN, considerando, además, que se trata de una práctica de altísimo
riesgo ambiental, tal como determina la propia categorización de la
actividad adjudicada por el MA. Todo esto agravado por el carácter
"confidencial" con el que podría quedar embargada la información –que
incluso podría llegar a comprender insumos recogidos por la propia
Sub-200–, de espaldas a la sociedad y sin una apertura democrática del
conocimiento producido por la UdelaR. Entre los investigadores disidentes
hubo varios catedráticos y uno de ellos es Marcel Achkar, el director del
IECA, la unidad académica a la que pertenece Burone, quien sería designada
como la docente responsable del convenio.

     Achkar plasmó en una carta la opinión contraria de la comisión
directiva del instituto a que la FCIEN firmase institucionalmente un
convenio de esta naturaleza y, sobre todo, sin que en la UdelaR se diera un
debate profundo sobre este tipo de actividades extractivas de gran impacto
ecológico, social, económico y cultural. Si bien en la misiva se resalta la
importancia de la cooperación técnica y científica entre la UdelaR y ANCAP,
se argumenta que las dimensiones ambientales acarreadas por la exploración
en busca de recursos energéticos en la zona económica exclusiva (ZEE) de
Uruguay debería demandar "un amplio debate nacional" con participación
diversa, en el que la universidad debería ser un actor importante en la
discusión estratégica: "Consideramos que este proceso no se ha dado
internamente ni en la UdelaR ni en la FCIEN". Luego se establece que la
facultad "no puede ni debe" asumir actividades orientadas a la intervención
en la prospección de hidrocarburos en la ZEE, más aun si se considera que
"investigadores con reconocida trayectoria han manifestado los
inconvenientes del desarrollo de estas actividades".

     El responsable del IECA también consideró en su nota que dentro del
principio de la "libertad de cátedra" cada docente puede construir sus
líneas de investigación y establecer acuerdos de cooperación orientados por
este principio, "pero sin comprometer a la institución". En este sentido,
dejó consignado, después de recabar información con diversos actores y
especialistas en la temática, que el proyecto de convenio es una propuesta
construida por una docente de la FCIEN con ANCAP "sin consultas
institucionales sobre su pertinencia, contenidos y alcances". Y que "no
corresponde al IECA, como instituto académico, pronunciarse sobre dicho
acuerdo de trabajo, ya que se trata de una propuesta personal de la
docente".

     Por tanto, consignó el director: "a) la FCIEN no es contraparte del
acuerdo de trabajo; b) el IECA considera que se debe continuar trabajando
de forma independiente en la generación de conocimiento sobre la ZEE; c)
las propuestas de intervención en la ZEE que se plantean implican riesgos
multidimensionales que deben ser considerados, y d) la FCIEN debe ser muy
cuidadosa en su política institucional, prestando especial atención a la
transparencia en la gestión de los acuerdos". Finalmente, se recomienda que
este convenio "no sea considerado un acuerdo institucional" de la FCIEN y
se sugiere realizar un acuerdo de trabajo de la docente Burone, en
ejercicio de su libertad de cátedra como docente del IECA, concluyó Achkar.

     Sin embargo, a pesar de esta importante advertencia institucional y
bajo el criterio de que no existía ninguna ilegalidad, la postura del IECA
no sería la mayoritaria. El convenio sería avalado por la facultad y no se
reduciría a una asesoría técnica individual.



*Entre gallos y mediasnoches*

     El borrador del convenio llegó a los órganos de decisión
universitarios no solo en una fecha muy especial del año, sino también en
un momento de transición en la propia facultad. La decana Mónica Marín se
encontraba de licencia, ya en el tramo final de su gestión, y estaba en
funciones interinas Ana Denicola. Muy pocos días faltaban para el último
Consejo Directivo Central (CDC) de 2025 (el máximo organismo universitario
también debía aprobar el convenio) y para que asumiera el futuro decano,
Juan Cristina (que ya supo estar al frente de la FCIEN entre 2010 y 2018),
quien, a la postre, firmaría el convenio con ANCAP a nombre de la casa
universitaria.

     En esos tiempos urgidos por el calendario se echó a rodar, entonces,
un proyecto que venía siendo negociado desde bastante antes por la docente.
Avalada por el consejo de la facultad, el mismo día en que se elevó la
carta de Achkar, la decana interina aprobó el proyecto de convenio "bajo
responsabilidad de la doctora Leticia Burone". En el punto 2, aclaró que la
resolución "no implica un posicionamiento de la FCIEN respecto a la
prospección de hidrocarburos".

     Trece días después, en el último CDC del año, en una sesión de más de
cinco horas, el acuerdo sería aprobado, por 16 votos en 19, sin demasiada
discusión. Los estudiantes levantaron la mano con el argumento de que si no
se votaba en esa jornada se perdían los fondos. Solo una integrante del
orden docente en esa sesión, Mariana Achugar, hizo algunas advertencias
sobre la protección de los derechos ambientales, el interés público que
subyace a los resultados de esta investigación y las cláusulas de
confidencialidad: recordó que Uruguay firmó el Acuerdo de Escazú, nada
menos que el que consagra los derechos de acceso a la información ambiental
y la participación pública en procesos de toma de decisiones, así como el
acceso a la justicia en el entorno ambiental (ley 19.773)[¹]. La también
coordinadora de la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos lamentó la urgencia
con la que hubo que tramitar el asunto. A pesar de esto, todos los
presentes consideraron que las modificaciones realizadas por la Unidad de
Propiedad Intelectual salvaban las contradicciones y el convenio quedó
aprobado en no más de 15 minutos. Con todo, el orden docente no lo
suscribió porque entendía que era mejor que el proyecto regresara al
consejo de la FCIEN para que se ratificara quién sería la contraparte: la
institución o la docente. Más allá de esto, Achugar comentó en diálogo con
el semanario Brecha que la nueva redacción del convenio asegura el interés
público de la información y que los agregados remiten a toda una serie de
leyes aprobadas en Uruguay que avalan a la UdelaR a publicar los
resultados. "Nosotros hicimos notar que la ley de acceso a la información
pública deja por fuera las cuestiones de derechos humanos" –ponderó la
docente–, y "el Acuerdo de Escazú establece que la información ambiental
debe ser entregada sin necesidad de justificación". "Entonces es claro que
no aplican las cláusulas de confidencialidad y así mismo lo dejó
establecido el rector [Héctor Cancela]." De todas formas, cree que de cara
al futuro la UdelaR debería ajustar la forma de redacción de este tipo de
convenios, "ya que no queda del todo clara", y profundizar en cuestiones
como los conflictos de interés.

     Finalmente, Cristina, por la FCIEN, y Rivoir, por ANCAP, sellaron el
acuerdo el 23 de enero. Los 100 mil dólares se pagarán en tres cuotas. El
primer pago del 50 por ciento ya se remitía con la mera firma del acuerdo.

     Más allá del resultado de la discusión institucional, Achkar declaró a
Brecha que "a título personal" considera "inaceptables" en el contexto
actual las cláusulas de confidencialidad asumidas por la facultad. Según su
punto de vista, la UdelaR no puede comprometer de esta forma la
democratización del conocimiento producido y el acceso de la sociedad a
información de interés público en un asunto de esta relevancia.

     En un reportaje publicado por el portal de la FCIEN[²], Burone
resaltaba así otro de los aportes de la Sub-200: "Cumplimos uno de los
objetivos, que era la democratización de la información, la alfabetización
científica y oceanográfica". Durante todo el año pasado, ni Burone ni el
oceanógrafo Carranza –el otro coordinador– se manifestaron públicamente
sobre los impactos potenciales de la prospección sísmica de altos decibeles
ni sobre los posibles efectos del modelo petrolero offshore en los
ecosistemas marinos.

     Otros científicos consultados advierten sobre una eventual cooptación
de la ciencia por parte de intereses privados, considerando, además, que en
este caso ANCAP está asociada con multinacionales para realizar una
actividad extractiva de altísimo impacto en la plataforma marina, a cambio
de un porcentaje de las ganancias. El caso, para distintos docentes, revela
un dilema más profundo: las dificultades para lograr recursos genuinos en
la UdelaR y la recurrencia a este tipo de cuestionables convenios "de los
que se firman cientos por año" como forma de crear cargos signados por la
precariedad. Pero, más allá de estas contradicciones en la universidad,
vuelve a quedar en evidencia la vulnerabilidad en la protección de los
ecosistemas. Las exploraciones petroleras vienen siendo efectuadas por
todos los gobiernos sin la construcción de la famosa "línea de base". Este
punto de partida riguroso –que permitiría conocer el antes y el después de
la plataforma marina– debería estar disponible antes de las autorizaciones
de las actividades productivas y debería ser de acceso público. Tampoco se
ha avanzado, a pesar de los discursos, en la aprobación previa de ningún
área protegida marina.

     La Red Unión de la Costa expresó su "profunda preocupación" por el
convenio, que, además, ya fue recurrido por la organización Derechos con
Voz a través de la vía administrativa: "El conocimiento científico sobre el
ambiente marino, especialmente cuando se genera en instituciones públicas,
debe estar al servicio de la sociedad. Cuando ese conocimiento queda sujeto
a cláusulas de confidencialidad y de revisión por parte de una empresa, se
debilita uno de los pilares fundamentales de la ciencia: su carácter
abierto, público y verificable". La red también cuestionó, en un duro
comunicado, la transparencia del convenio, haciendo hincapié en las
contrataciones "precarias" de los cargos grado 1 que participarán en la
ejecución, e incluso cuestionó la falta de rendición de cuentas de los
gastos totales del proyecto.

*....................*

*[¹]Ley 19.773*

https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19773-2019

*[²]Leticia Burone: "Hubo varios hitos en mi vida profesional y Uruguay
Sub200 es la frutilla de la torta"*

https://www.fcien.edu.uy/noticias/3563-leticia-burone-hubo-varios-hitos-en-mi-vida-profesional-y-uruguay-sub200-es-la-frutilla-de-la-torta

………………..

*Expedición **en el mar uruguayo **"Uruguay Sub-200. Viaje a lo
desconocido":*

*¿El petróleo es el cangrejo debajo de la piedra Sub200?*

* - Distribución de los cañones submarinos en el espacio marino de Uruguay*

https://www.ambiente.gub.uy/metadatos/index.php/metadata/md_iframe/261

* - Primer día de la expedición Uruguay Sub200: ¿Qué encontraron?*

     23.08.2025 En la primera bajada del robot SuBastian, se encontraron
las siguientes especies: cangrejo ermitaño, ofiuros, rayas y un tiburón lija

https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Primer-dia-de-la-expedicion-Uruguay-Sub200--Que-encontraron--uc934159

* - Comenzó la expedición científica del Falkor hacia el fondo del mar
uruguayo: cómo ver transmisión*

     El buque en el que 37 investigadores explorarán los secretos del
océano del país viajará hasta el 10 de setiembre...

https://www.montevideo.com.uy/Ciencia-y-Tecnologia/Asi-comenzo-la-expedicion-del-Falkor-hacia-el-fondo-del-mar-uruguayo-como-ver-transmision-uc934058

* - El área que recorrerá el Falkor (Too), buque de la expedición Uruguay
Sub200*

     Los investigadores subieron a Google Maps cada uno de los puntos en
los que se detendrá durante estas dos semanas para analizar...

https://www.montevideo.com.uy/Ciencia-y-Tecnologia/Mira-el-area-que-recorrera-el-Falkor-Too--buque-de-la-expedicion-Uruguay-Sub200-uc934130

* - Uruguay SUB200 (profundidad por debajo de 200 mts en el fondo del mar
uruguayo, entre 200 y 4.000 mts)*

     Científicos de Universidad de la República UdelaR en el fondo del mar
uruguayo...

https://uruguaysub200.udelar.edu.uy/nosotros/

*- Así es SuBastian, el poderoso vehículo que buceará el fondo marino
uruguayo*

     Con cámaras, sensores y brazos robóticos, puede operar a 4.500 metros
de profundidad sin tripulación...

https://www.elobservador.com.uy/ciencia-y-tecnologia/asi-es-subastian-el-poderoso-vehiculo-que-buceara-el-fondo-marino-uruguayo-n6013795/

* - Terminó el primer stream de Uruguay Sub200 del fondo del mar; ¿a qué
hora será el próximo?*

     Científicos uruguayos y de otros varios países están a bordo del buque
Falkor (Too) para investigar las profundidades de la costa uruguaya...

https://www.montevideo.com.uy/Ciencia-y-Tecnologia/Termino-el-primer-stream-de-Uruguay-Sub200-del-fondo-del-mar--a-que-hora-sera-el-proximo--uc934119

* - MAPA ÁREA DE ESTUDIO:*

https://earth.google.com/earth/d/1NG76wjsTFDOdvlPAEt4UyDRKR57gTE7t





*5 – La INDDHH interpuso acción de amparo para detener la prospección
sísmica offshore y proteger el ecosistema marino*

*(11.02.26)*

     La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo
(INDDHH) presentó ante la Justicia una acción de amparo con el objetivo de
detener de forma inmediata las actividades de prospección sísmica
destinadas a la búsqueda de hidrocarburos en el mar territorial uruguayo.
Esta medida judicial busca frenar los efectos nocivos e irreversibles que
esta actividad genera sobre el medio ambiente y, en consecuencia, sobre la
vida y los derechos fundamentales de las personas.



*Presentación del recurso de amparo en el juzgado*

     La decisión de recurrir a la vía del amparo responde a la extrema
urgencia de la situación. A pesar de que la INDDHH viene estudiando el tema
desde abril de 2025 y recomendó medidas provisionales para suspender las
autorizaciones, el Ministerio de Ambiente otorgó los permisos el pasado 5
de diciembre. El riesgo es inminente: el 2 de febrero arribaron los buques
al puerto de Montevideo y está anunciado el inicio de las actividades para
lo que resta del mes.

     La Institución fundamenta su reclamo en la magnitud de los daños que
la prospección sísmica genera, los cuales han sido advertidos por diversos
académicos y científicos nacionales e internacionales:

     - Impacto acústico extremo: Se utilizan cañones de aire que emiten
detonaciones de entre 250 y 300 decibeles cada 6 a 20 segundos las 24 horas
del día. El umbral de dolor para la vida marina comienza a los 120
decibeles y el de muerte a los 180.

     Además, el peligro es alto para la vida humana, ya que el sonido se
torna dañino a los 75 decibeles y doloroso alrededor de los 120. El oído
humano necesita algo más de 16 horas de reposo para compensar 2 horas de
exposición a 100 decibeles y superando los 180 decibeles, se entra en el
umbral de muerte.

     - Afectación a la biodiversidad: El ruido puede expandirse por más de
300.000 km², afectando gravemente a cetáceos, peces y zooplancton: genera
confusión, problemas reproductivos y la muerte.

     - Crisis climática: El impulso a la industria petrolera contradice los
esfuerzos contra el calentamiento global y la reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero.

     - Daño económico: Se advierte una grave afectación a la industria
pesquera nacional debido a la perturbación de los ecosistemas y la
destrucción de hábitats.

     La INDDHH destaca que estas actividades se proyectan sobre su zona
económica exclusiva, de alta sensibilidad biológica, razón por la cual
muchas son áreas protegidas. Se trata de zonas que funcionan como puntos
críticos de biodiversidad y santuarios de especies migratorias, como las
ballenas y los delfines. Realizar estas prospecciones en lugares de tal
relevancia ecológica constituye una violación al marco normativo vigente.

     Todo esto denota una profunda contradicción en el accionar del Estado
uruguayo. Mientras el país se posiciona a nivel internacional con una
matriz energética basada casi totalmente en energías renovables y promueve
la marca "Uruguay Natural", la autorización de exploraciones petroleras
supone un retroceso en los derechos humanos ambientales y un incumplimiento
de los compromisos internacionales asumidos.

     Con esta acción, la INDDHH reafirma que la protección del medio
ambiente sano es un derecho humano inalienable y que el Estado no puede ser
el generador de la desprotección que está obligado a combatir.



*PDF: Acción de amparo presentada para detener la prospección sísmica
offshore*

*     La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo
promueve acción de amparo contra el Estado Uruguayo -Poder Ejecutivo- en la
persona del Ministerio de Ambiente (MA), la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) y el Ministerio de Industria,
Minería y Energía, APA Exploration LDC, CGG Services (US) INC, PGS
EXPLORATION (UK) LIMITED, y SEARCHER GEODATA UK LIMITED, en mérito a las
siguientes circunstancias de hechos y fundamentos de derecho...*

*https://www.gub.uy/institucion-nacional-derechos-humanos-uruguay/sites/institucion-nacional-derechos-humanos-uruguay/files/documentos/noticias/ACCION%20DE%20AMPARO%20PETROLERAS_Censurado.pdf
<https://www.gub.uy/institucion-nacional-derechos-humanos-uruguay/sites/institucion-nacional-derechos-humanos-uruguay/files/documentos/noticias/ACCION%20DE%20AMPARO%20PETROLERAS_Censurado.pdf>*





*6 – Mariana Mota sobre rechazo al amparo para frenar búsqueda de petróleo:
“Hubiera sido deseable que se discutiera el tema de fondo”*

*por Camila Méndez (la diaria, 03.03.26)*

     Tras la desestimación por parte del Tribunal de Apelaciones del
recurso presentado por la Institución de Derechos Humanos, la presidenta
del organismo manifestó que la actividad sísmica tendrá “impacto fuerte” y
planteó la necesidad de que exista la justicia especializada en temáticas
ambientales.

     El Ministerio de Ambiente autorizó este viernes a la empresa CGG
Services a que pueda comenzar su actividad sísmica en nuestra plataforma
marina, con el objetivo de saber si existen o no hidrocarburos. La medida
generó rápidamente repercusiones. Sin ir más lejos, organizaciones
convocanron a una marcha en Montevideo. El lema seguirá la misma línea que
otras instancias recientes: exigir “un mar libre de petroleras”. Por su
parte, la Cámara de Industrias Pesqueras del Uruguay y la Cámara de
Armadores Pesqueros del Uruguay pidieron al gobierno que “suspenda en forma
inmediata las actividades de prospección sísmica”. En un comunicado
difundido en las últimas horas a través de sus redes sociales, solicitaron
que se “sancione a la empresa CGG Services por haber iniciado sus
operaciones antes de contar con la autorización correspondiente, como se
desprende de las comunicaciones del propio capitán del barco”.

     Por si fuera poco, el lunes el Tribunal de Apelaciones en lo civil de
6° turno rechazó por mayoría la acción de amparo presentada en febrero por
la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo
(INDDHH). La herramienta legal tenía como objetivo detener los proyectos de
prospección sísmica. Sin embargo, fue desestimada por considerar que se
presentó fuera del plazo establecido en la normativa. En este contexto,
Mariana Mota, presidenta de la INDDHH, conversó con la diaria. Recordó que
las compañías petroleras presentaron las iniciativas en 2024 y que a
mediados de 2025, antes de que ella retornara a su cargo, el organismo le
exigió al Poder Ejecutivo la “suspensión inmediata” de las autorizaciones
vinculadas a la exploración de hidrocarburos tras haber analizado denuncias
de organizaciones socioambientales. El Ministerio de Ambiente respondió en
aquel momento que no había otorgado permisos. Sin embargo, el panorama
cambió y las compañías petroleras obtuvieron parte de las habilitaciones en
diciembre de 2025.

     Mota destacó que “hay una cosa que es inevitable: estos trabajos
tienen un impacto fuerte en el ambiente” y alertó que “no es
suficientemente claro” que los organismos competentes tengan los “medios
necesarios” para hacer una correcta fiscalización. Expresó que “se abren un
montón de preguntas que no parecen claramente respondidas, por lo menos en
lo que refiere a los condicionamientos que establece el Estado para que se
desarrolle este proyecto”.

     “La inminencia del inicio de las actividades nos planteó la
posibilidad de presentar un recurso de amparo. Chocamos con la
consideración que tiene la jurisprudencia en cuanto al cómputo de los
plazos que establece la ley que regula el recurso de amparo”, lamentó.
Enseguida, esgrimió que esta herramienta está “prevista a nivel
internacional y también a nivel de la normativa interna como una garantía
específica de protección de los derechos humanos”. “Tiene un trámite muy
rápido porque se tiene que acreditar la inminencia del peligro de lesión o
frustración de un derecho. Tiene un mecanismo excepcional. Se utiliza
habitualmente en el trabajo judicial, lo invocan abogados generalmente con
otras temáticas, como actos médicos o por acceso a medicamentos de alto
costo. Tiene justamente la mirada de tratar de proteger un derecho que, si
no se actúa rápidamente, puede ser gravemente lesionado. Transitamos por
este recurso porque se venía el inicio de actividades de las petroleras que
van a tener un impacto fuerte en el ambiente”, señaló.

     Afirmó que en la interpretación de los plazos “coexisten” posturas y
que la INDDHH fue al Tribunal de Apelaciones a “discutir que lo cierto y lo
concreto es que el daño que se va a empezar a producir es inminente, porque
ya empiezan los buques a trabajar”. Planteó que “hubiera sido deseable y
necesario que se discutiera el tema de fondo”, es decir, la exploración y
posible explotación de hidrocarburos, junto con los daños que podría
ocasionar, y valoró el voto discorde de la ministra Mónica Bórtoli.
“Debería haberse habilitado la discusión del tema de fondo, que ahora se ha
cerrado justamente por una mirada formal en cuanto al cómputo de plazo”,
acotó.

     Al ser consultada sobre si los actores jurídicos deberían recibir
formación específica vinculada a temáticas ambientales, Mota respondió:
“Sin duda. El Acuerdo de Escazú, del cual Uruguay forma parte, es un
acuerdo regional ambiental que tiene varios principios, como la
participación ciudadana, el acceso a la información. El Estado tiene que
comprometerse a dar la información de manera adecuada, veraz, accesible
para que la población pueda participar. Otro principio del acuerdo es la
existencia de una justicia especializada, justamente porque el tema
ambiental es complejo, tiene aristas científicas, muy específicas. Es
necesario que exista una justicia especializada en esta temática para poder
abordarla y hacer una consideración cuando el derecho ambiental se
encuentra vulnerado o cuando se reclama su protección. Esto demuestra una
vez más que es necesario”, subrayó.

     La presidenta de la INDDHH manifestó que, además, es “un derecho en
constante cambio”. “La acción humana impacta en la naturaleza. Es una cosa
que debemos conocer, ver cómo actuamos y observar de qué manera los
diferentes elementos de la naturaleza necesitan protección. La ONU está
tomando el tema hace muchos años y considera que son parte de los derechos
humanos, y también se está hablando en otros organismos internacionales del
derecho de la naturaleza. Estamos hablando de algo más allá del derecho
humano; estamos hablando del derecho a la naturaleza”, contó. Enseguida,
agregó que “hay una serie de términos y de conceptos que se han ido
desarrollando” en las últimas décadas. Insistió en que “es necesario que la
Justicia esté especializada, considere y tome estos temas, que sepa
tramitar en forma adecuada recursos como estos y darles la debida atención”
porque, “en definitiva, tiene que ver con una adecuada defensa de los
derechos ambientales”.

     Finalmente, dijo que la INDDHH “va a seguir mirando con cercanía cómo
se desarrolla” la búsqueda de petróleo, va a “verificar” cómo el Estado
cumple con los compromisos que asumió en las autorizaciones ambientales
previas, “además de seguir insistiendo en que los daños ambientales que se
produzcan tienen que verse con los principios de derecho ambiental que ha
ratificado Uruguay en diferentes convenciones”.


------------ prxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: http://listas.chasque.net/pipermail/vecinet/attachments/20260319/72655e72/attachment.htm


Ms informacin sobre la lista de distribucin vecinet