Colombia/ La ley de amnistía se aplicará a medias, por ahora [Tatiana Duque]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Jue Dic 29 17:01:07 UYT 2016


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Correspondencia de Prensa

29 de diciembre 2016

Boletín Informativo

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Colombia

La ley de amnistía se aplicará a medias (por ahora)

Tatiana Duque

La Silla Vacía, 29-12-2016

http://lasillavacia.com/

La ley de amnistía aprobada hoy es la primera de un paquete de al menos 40
normas que sacará el Congreso durante los próximos seis meses para
reglamentar el Acuerdo con las Farc. Sin embargo, hasta que no esté lista la
Justicia Especial para la Paz (JEP), no se podrá aplicar en su totalidad.

Y esto porque la ley depende de la JEP para la creación de varias salas que
estudiarán las amnistías e indultos para guerrilleros de las Farc, y los
beneficios judiciales para los agentes del Estado. Y la JEP solo estará
lista una vez sea aprobada en cuatro debates en el Congreso, lo que ocurrirá
en febrero.

No obstante, la aprobación de esta ley permite que los guerrilleros tengan
las garantías que solicitaban para que concluyan el tránsito hacia las zonas
veredales, en un plazo que culmina, según el Gobierno, este 30 de diciembre,
al cumplirse el D+30.

El Trámite

Durante la mañana las plenarias de Senado y Cámara sesionaron
simultáneamente para aprobar en último debate esta ley.

En tiempo récord de dos horas, la Cámara aprobó todo el articulado. Senado
se demoró más, en parte porque su presidente, Mauricio Lizcano, dio 20
minutos a cada una de las diez bancadas para hablar del proyecto, lo que
hizo que el debate se extendiera siete horas.

Teniendo en cuenta que hoy era el último día hábil en que los congresistas
trabajarían (escuchamos a algunos decir que ya tenían tiquetes listos y
tenían sus maletas en los carros, e incluso se rumoró de un vuelo de la
fuerza aérea para llevarlos a sus regiones), el Gobierno ejecutó la misma
estrategia para mantener el quórum en ambas plenarias, a través de la
asistencia masiva de miembros del gabinete.

Asistieron los ministros de Interior, Juan Fernando Cristo, de Defensa, Luis
Carlos Villegas, de Justicia, Jorge Londoño, de Vivienda, Elsa Noguera, de
Minas, Germán Arce, de TIC, David Luna; el comandante de las fuerzas
militares, general Juan Pablo Rodríguez; el alto comisionado Sergio
Jaramillo; los consejeros presidenciales Rafael Pardo, Luis Miguel Pico y
Carlos Correa; el secretario general de la Presidencia, Luis Guillermo Vélez
y los viceministros de Interior, Luis Ernesto Vargas y Guillermo Rivera, y
el de Agricultura, Juan Pablo Díazgranados.

Los miembros de Voces de Paz, la agrupación en la que aterrizarán las Farc
cuando puedan hacer política, llevaron a la plenaria a Enrique Santiago,
quien fue el principal asesor jurídico de la guerrilla durante las
negociaciones de La Habana, a quien Álvaro Uribe le dijo que no viniera a
“dar cátedra” al Senado.

Aunque había diez proposiciones en Senado para adjuntar al proyecto, el
Gobierno no las aprobó, en parte porque ya la Cámara había aprobado un
articulado (el mismo que fue votado en primer debate) y si lo hacía, el
texto debía ir a conciliación, un trámite que a estas alturas del año,
obligaba a que la ley solo fuera aprobada a mediados de enero, cuando el
Congreso regresará a sesiones.

Esto no quiere decir que el debate no tuviera polémicas.

Una de ellas, a causa de lo que dijo Judith Maldonado, de Voces de Paz,
quien dijo que el Congreso “hacía poco por mejorar su conexión con la
opinión pública”, en referencia a que no podían explicar la ley de amnistía.

“No está ayudando con su discurso en una difícil y apretada votación”, le
replicó Roy Barreras, negociador plenipotenciario, y senador de La U.

También el conservatismo dilucidó sus diferencias. Mientras el recién
elegido director del Partido, senador Hernán Andrade, dijo que los azules
darían su aval a la ley; inmediatamente después su copartidario Eduardo
Enríquez alertó de las amnistías que le entregaría a los guerrilleros y que
quedarían impunes.

A su turno, los senadores y representantes del Centro Democrático aplicaron
su propia estrategia: permanecer en el debate, criticar la ley y la
negociación, proponer medidas que el Gobierno no aprobó, y salir en la
votación final.

“Todo el procedimiento es ilegítimo”, dijo José Obdulio Gaviria; “Estamos
graduando al Congreso de notario”, dijo Alfredo Rangel; “Es un festín de
impunidad”, dijo Jaime Amín.

“Nos quedan grandes dudas sobre cuáles delitos serán amnistiados, cuáles
serán los de la libertad condicional de los militares. La verdad se queda a
medias, no se garantiza el derecho a la no repetición”, dijo Uribe.

Además, a los senadores Claudia López (Verde), Viviane Morales (liberal) y
Carlos Fernando Galán (Cambio Radical) les molestó que no pudieran radicar
proposiciones al proyecto.

Así las cosas, la ley fue aprobada por 69 votos en Senado y 117 votos en la
Cámara.

La ley entra vigencia apenas sea firmada por el presidente Juan Manuel
Santos lo que ocurrirá en cualquier momento a partir de hoy.

Toque va ya y lo que queda en pausa

La ley de amnistía contiene medidas que permiten dos tipos de beneficios
para los guerrilleros: las amnistías de iure (o automáticas) y la que la
misma ley llama de ‘caso a caso’.

La primera se aplicará inmediatamente para quienes hayan cometido delitos
políticos (rebelión, sedición) y los llamados conexos, en los cuales no
están incluidos los de lesa humanidad, violaciones, secuestros,
narcotráfico, etcétera.

La segunda tendrá que esperar la Sala de Amnistía e Indulto que contiene la
JEP.

La amnistía automática, que permite que, según las Farc, cinco mil
guerrilleros estén beneficiados, la podrá aplicar el presidente Santos
mediante un decreto en diez días o menos después de que el mandatario firme
la ley.

Esa será la medida más inmediata y la que seguramente estará lista en los
primeros días del próximo año.

Las personas que sean beneficiarias de esta amnistía inmediata vendrán de
listados que las Farc entregó al Gobierno y que serán verificados en un
procedimiento establecido en el Acuerdo final.

A quienes estén en las zonas veredales y sean beneficiados, la amnistía se
concederá una vez hayan dejado las armas. Quienes no estén en las zonas
veredales y tengan procesos pendientes, la Fiscalía solicitara la
preclusión.

Quienes ya tengan condena, un juez de ejecución de penas aplicará la
amnistía.

Los indultos ‘caso a caso’, los aplicará la Sala de Amnistía e Indulto de la
JEP, que resolverá las solicitudes en tres meses, siempre y cuando el
guerrillero deje las armas.

Bajo esta figura podrían aplicar los miembros del secretariado (excepto
alias Jesús Santrich, quien es el único que no tiene cargos por delitos de
lesa humanidad), mandos medios y demás que no aplique la amnistía iure.

Ellos deberán esperar a que sean creadas y entren en funcionamiento la Sala
de Amnistía e Indulto y el Tribunal Especial para la Paz para que el
beneficio sea estudiado por los magistrados.

Los posibles beneficiarios podrán pedir este indulto, y además las Farc
podrán presentar listados.

Estas amnistías se aplicarán también a los delitos políticos y los conexos
(como las de iure), dependiendo de los criterios establecidos en la ley:
delitos relacionados con el desarrollo de la rebelión, con ocasión del
conflicto armado, dirigidas a facilitar u ocultar el desarrollo de la
rebelión.

En cada caso, la Sala de Amnistía determinará la conexidad al delito
político.

La misma ley asegura que serán los magistrados de esta Sala los que
definirán si delitos de lesa humanidad, secuestros, desaparición y rebelión
son amnistiables si tienen relación con la rebelión, y que negarán el
beneficio si los delitos fueron cometidos por “motivaciones de beneficio
personal”.

Es en este punto en el que surgen críticas como las del Centro Democrático,
que a través de sus senadores dijeron hoy que “es la puerta de la
impunidad”, según Alfredo Rangel.

“Hay una cantidad de artículos en esta ley donde se colará la impunidad,
como en la categoría de ‘graves crímenes de guerra’, que no existen en el
DIH”, dijo.

En ese mismo sentido ya había criticado la ley la ONG Human Rights Watch, a
través de su director, José Miguel Vivanco.

En carta enviada esta semana al presidente Santos, Vivanco asegura que la
ley no precisa los delitos amnistiables, y que solo excluye explícitamente
de amnistías a ciertos crímenes de guerra, lo que, para Vivanco, abre la
puerta para que delitos de guerra sean amnistiados si el acusado “demuestra
que no se cometieron de forma sistemática”.

En respuesta, el Gobierno, a través del ministro Cristo, dijo hoy que la
amnistía depende de cada caso y serán los mismos magistrados los que definan
si el beneficio se aplica o no y que la conexidad de la rebelión con el
narcotráfico la determinará la Sala de Amnistía.

Este es un escenario posible. En la primera votación de esta ley, el ponente
Armando Benedetti citó una decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de
Justicia del magistrado Eugenio Fernández, en un caso contra el jefe de
finanzas del frente décimo de las Farc, alias Isidro Carvajal.

En la decisión, el magistrado dice que el cobro de vacunas por parte de las
Farc a productores de coca en zonas donde controlaban “evidencia conexidad
del tráfico de estupefacientes con la rebelión”.

En este sentido, sería probable que en los casos que lleguen a la Sala de
Amnistías, el Tribunal de Paz y en general la JEP, los beneficios sean
otorgados en casos específicos.

Beneficios a militares, hasta marzo

Para los agentes de Estado, es decir, militares y policías que hayan
cometido delitos en ocasión del conflicto, se aplicarán dos beneficios
judiciales: libertad condicional y renuncia a la persecución penal. En ambos
casos, la condena final a los uniformados la dará el Tribunal Especial para
la Paz. O sea que tampoco se aplicará inmediatamente.

Los uniformados tendrán una Sala de definición de situaciones jurídicas que
creará la JEP. A ellos, si es el caso, aplicará la renuncia a la persecución
penal.

Esa renuncia no procederá, según la ley, cuando cometan delitos de lesa
humanidad, los que no fueron cometidos por causa del conflicto armado, y los
delitos contra el servicio.

Los agentes del Estado que lleven presos cinco años tendrán la posibilidad
de tener libertad condicional, hasta que vayan a la Justicia Especial. Los
que no hayan cumplido este tiempo estarán en guarniciones militares.

“Para la renuncia sólo aplicarán los delitos más graves. Para la libertad
condicional son todos los delitos relacionados directa o indirectamente con
ocasión del conflicto”, dijo, sin dar detalles de cuáles son estos delitos,
el ministro Villegas en la plenaria del Senado.

Dijo también que máximo mil 200 uniformados tendrán estos beneficios de
renuncia y libertad condicional. Y que entre la última semana de febrero y
la primera de marzo serán aplicados.

Al igual que para los guerrilleros y la amnistía, el tratamiento especial
para los policías y militares no exime al Estado y a los agentes del deber
de contribuir a la verdad, y al cumplimiento de la reparación.

Si los beneficiarios de estos mecanismos no cumplen los requerimientos del
tribunal especial para participar en los programas de contribución de
reparación y esclarecimiento a la verdad, perderán derecho a los beneficios
aplicados.

En este tratamiento también Vivanco hizo críticas. Dijo en su carta a Santos
que el proyecto hacía referencia a delitos que no están en el código penal
(como los falsos positivos, según dijo hoy Vivanco en La W) y no está de
acuerdo con la libertad condicional de agentes del estado investigados por
presuntos delitos de lesa humanidad.

De acuerdo con Vivanco, no hay garantías para las víctimas si el uniformado
en libertad condicional cometa nuevos delitos y dice que la ley es vaga al
no aclarar cuándo arranca el compromiso de no repetición, si cuando la ley
entra en vigencia o cuando comience a operar la JEP.

A pesar de las críticas que hubo por parte de la ONG, del Centro
Democrático, de un sector conservador, del Polo (que no estaba de acuerdo
con los beneficios a agentes del Estado), la aplanadora santista, que ha
funcionado aceitada en lo que tiene que ver con el Fast Track, sacó adelante
la ley. Ahora dependerá de la capacidad del Estado y del alto Gobierno para
que ejecutar antes de terminar las zonas veredales.

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