Argentina/ el "Partido Judicial" y el tarifazo eléctrico [Fernando Rosso]

Ernesto Herrera germain5 en chasque.net
Mar Sep 6 23:16:44 UYT 2016


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Correspondencia de Prensa

6 de setiembre 2016

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Argentina

El "Partido Judicial" y el tarifazo eléctrico

La Corte Suprema: una de cal y una de arena. Luego de la resolución sobre el
gas, falló autorizando el tarifazo a la luz.

Fernando Rosso

La Izquierda Diario, Buenos Aires, 6-9-2016

http://www.laizquierdadiario.com/

Luego del golpe que recibió el Gobierno con el freno parcial del tarifazo al
gas, la máxima conducción del “Partido Judicial” decidió tomar una
resolución a favor del macrismo.

Los Supremos emitieron un fallo mediante el cual habilitan el tarifazo
eléctrico en la provincia de Buenos Aires.

La Sala 11 de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había hecho lugar
a una medida cautelar solicitada por un grupo de diputados y referentes del
Partido Justicialista bonaerense; por quien de hecho ejerce el cargo de
Defensor del Pueblo de la provincia y por un club social y deportivo de
Quilmes (“12 de Octubre”). El tarifazo dispuesto a fines de enero y que
debía regir desde febrero estaba suspendido.

La Corte Suprema se erige en un Bonaparte que reparte y se quiere quedar con
la mejor parte.

Como sucedió con el fallo sobre las tarifas del gas, el máximo Tribunal que
conduce Ricardo Lorenzetti tomó, en primer lugar, una determinación política
y luego fue en busca de los argumentos jurídicos.

Primero debió encontrar un fundamento para involucrarse en la causa, ya que
no es recurrente que la Corte intervenga en casos que están en instancias de
medidas cautelares por no tratarse de sentencias definitivas. Sin embargo,
“cabe hacer excepción a dicho principio cuando tales medidas exceden el
interés individual de las partes y afectan de manera directa el de la
comunidad”, explica el fallo de nuestra “comunitaria” Corte Suprema de
Justicia.

En segundo lugar, la resolución desautoriza a los demandantes: a los
diputados del justicialismo porque no pueden presentarse como una
“asociación” civil, al Secretario General de la Defensoría del Pueblo de la
Provincia porque es “interino” y al club social y deportivo porque no está
garantizado que pueda ser representativo de un colectivo más amplio.

En este último caso, ordena al juez de primera instancia que “verifique si
el Club Social y Deportivo ‘12 de Octubre’ representa alguna categoría
determinada de clubes” (sic). Imaginamos al juez visitando las
instalaciones, chequeando la cancha, las camisetas y los pantaloncitos y
comparando si son más o menos parecidos a los del “Cedi los 15” de
Berazategui o a los de “Deportivo Bernal”.

Sobre el carácter interino de quien ocupa la Defensoría del Pueblo de la
provincia, luego de una extensa disquisición, el fallo llega a la conclusión
de que tienen que nombrar a uno “de adeveras”.

Es curioso, en la sentencia que frenó parcialmente el tarifazo al gas, la
Corte ordenó que se nombre al Defensor del Pueblo de la Nación (un cargo que
está vacante) pero, en el caso de provincia de Buenos Aires, tienen uno y no
les gusta.

Para impugnar a los diputados y referentes del PJ, el argumento no es menos
llamativo. La Corte explica que “los partidos políticos existen por y para
el régimen representativo, y en ese alto propósito no deben distraer sus
fuerzas ni recursos en la continua misión que les asiste para profundizar
los derechos políticos de los ciudadanos y la calidad institucional dentro
de una sociedad democrática”. Con el fallo al gas, la Corte ofrecía su
“razonabilidad” al programa económico. En esta sentencia eléctrica dictamina
el límite entre la sociedad civil y la sociedad política y ordena a los
partidos en general a no distraerse de la rosca política por nimiedades como
un tarifazo en la luz.

El problema que tienen los referentes del PJ es que su partido y los
sindicatos que le son afines están avalando de hecho los tarifazos. Pero que
una casta reducida de magistrados privilegiados se adjudique la facultad de
otorgar legitimidad o no al reclamo de un grupo de legisladores, es un caso
de “leso bonapartismo” judicial.

Están completamente ausentes los argumentos que dio la Corte para frenar el
tarifazo al gas, como el incumplimiento de los artículos 42 y 43 de la
Constitución que imponen el llamado a audiencias públicas o los criterios de
razonabilidad y gradualismo invocados en la sentencia anterior que deberían
ser válidos para aumentos en la luz que llegarán al 500% o 700%. Claro,
deberían ser válidos si no fuera que todo fallo es político.

Como la resolución anterior, esta nueva sentencia jurídica de los supremos
no resuelve un problema de estricta naturaleza política: si la orden que
inhabilitó parcialmente el aumento del gas le genera al Gobierno un problema
en sus objetivos fiscales, la autorización del tarifazo eléctrico tensará la
cuestión social (y hay que ver cuánto afecta a la inflación). Además, las
facturas comenzarán a llegar con aumentos en territorio bonaerense,
justamente donde más está cayendo la imagen de Mauricio Macri.

La resolución sólo muestra el lugar de árbitro bonapartista en que quedaron
Lorenzetti y su Corte, en esas situaciones de “empate” en las que -como
explicó Marx-, hasta un pequeño personaje puede ser elevado a grande por la
astucia de la historia.

Por último, para demostrar su poder impune, unas horas antes, la Corte
resolvió por unanimidad que no tiene porqué mostrar las declaraciones
juradas de sus integrantes a nadie. O mejor dicho, estarán a disposición en
su página web para quien lo reclame, pero el “solicitante deberá
identificarse y quedará sometido las disposiciones y sanciones previstas en
las leyes 25.188 y 25.326”.

Cinco privilegiados enriquecidos, después de dictaminar al saqueo al
bolsillo de millones de personas, dejan constancia “legal” de una amenaza a
cualquiera que solicite conocer sus patrimonios.

La transparente impunidad del Partido Judicial: un tarifazo eléctrico con
pleno conocimiento público y sus declaraciones juradas patrimoniales en el
máximo de los secretos.

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